Iberia retirar¨¢ 21 sanciones por la invasi¨®n de pistas
El juez anula el castigo de la compa?¨ªa a empleados de El Prat
Iberia tendr¨¢ que "dejar sin efecto" las sanciones que impuso a 21 de sus trabajadores por la invasi¨®n de pistas que paraliz¨® el aeropuerto de El Prat el 28 de julio de 2006. La titular del Juzgado de lo Social n¨²mero 13 de Barcelona ha considerado "improcedentes" los castigos a estos empleados porque "no se ha probado en modo alguno" que los trabajadores sancionados "pudieran ni siquiera incorporarse a su trabajo por cuanto cerraron el tr¨¢fico antes de comenzar su turno de trabajo y no dejaba la Guardia Civil entrar en la terminal".
Adem¨¢s, descarta como prueba un v¨ªdeo de Antena 3 en el que la antigua aerol¨ªnea de bandera bas¨® sus acusaciones.
El fallo establece que no se ha demostrado la falta de estos empleados
Las sanciones, por falta muy grave, ya se aplicaron, seg¨²n Iberia, y consistieron en la suspensi¨®n de empleo y sueldo de 45 d¨ªas para la mayor¨ªa, y de 60 d¨ªas para cuatro, por abandonar sus puestos de trabajo e invadir las pistas y paralizar el aer¨®dromo. La aerol¨ªnea tendr¨¢ ahora que abonar el salario correspondiente a ese periodo a los afectados. Fuentes de Iberia explicaron ayer que no cabe recurso contra este fallo y que a¨²n est¨¢n en los tribunales los recursos contra otra veintena de sanciones. En total, impuso sanciones a 59 empleados.
Ocurri¨® el 28 de julio de 2006. Un grupo de trabajadores de tierra (handling) invadieron las pistas de El Prat como protesta por el temor a perder su empleo o sus condiciones laborales -al perder Iberia el contrato del servicio de tierra de El Prat, situaci¨®n que despu¨¦s revirti¨®- y colapsaron el aeropuerto durante todo ese d¨ªa clave de la operaci¨®n salida de las vacaciones de agosto.
Las incidencias por los 544 vuelos cancelados a lo largo de todo aquel ¨²ltimo viernes de julio colearon durante varios d¨ªas y afectaron a miles de pasajeros.
En su fallo, el juez afirma que "estos graves hechos merecen alg¨²n tipo de reproche, en los ¨®rdenes jurisdiccional o extraprocesal oportunos", por el perjuicio a los viajeros y el peligro que supusieron, pero no ha encontrado probada la falta de los 21 imputados que han recurrido en este caso.
El ¨²nico documento probatorio presentado por la empresa para demostrar la infracci¨®n, seg¨²n la sentencia, es un v¨ªdeo de Antena 3 "que es irrelevante, pues la empresa no aporta como testigo al que elabor¨® el mismo, para que reconozca las circunstancia y el lugar donde se tomaron las im¨¢genes". Adem¨¢s, la prueba pericial de estudio fison¨®micos "s¨®lo encuenta 'similitudes', no certeza", en las im¨¢genes y las fotograf¨ªas de seis imputados, y otros 11 "ni siquiera han sido reconocidos".
El ¨²nico empleado reconocido en el v¨ªdeo, Eduardo R. P., es representante de los trabajadores y miembro del comit¨¦ de empresa. Seg¨²n el juez, en la imagen no queda claro en qu¨¦ parte del aeropuerto se encontraba y, adem¨¢s, fue llamado por la empresa para participar en una reuni¨®n que desbloque¨® el conflicto con un acuerdo que fue a comunicar a los empleados movilizados. As¨ª, "ninguna infracci¨®n cometi¨® el trabajador", ya que ¨¦ste "¨²nicamente llevaba a t¨¦rmino su labor de mediaci¨®n y su trabajo sindical".
En el caso de otros dos empleados, la sentencia se?ala que durante el juicio los guardias civiles que los detuvieron "no parec¨ªan acordarse" de d¨®nde se encontraban ni d¨®nde los arrestaron.
El secretario general de la Federaci¨®n de Comunicaci¨®n y Transporte de CC OO Catalu?a, Jos¨¦ Luis Moure, destac¨® ayer que la sentencia exculpatoria de los trabajadores "demuestra que Iberia impuso dichas sanciones como consecuencia de la tremenda presi¨®n social y pol¨ªtica del momento y de forma poco meditada".
![Ocupaci¨®n del las pistas de El Prat el 28 de julio de 2006.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/G2RSHXJPCY77U4WPKNJGOF7OTA.jpg?auth=6aec8bbf82049ed9f9e22fb55a85784b0619e8c454c70d7c44a16c9226bd8314&width=414)
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