La suspensi¨®n, antes del 11 de febrero y sin audiencia
La fiscal¨ªa del Tribunal Supremo ha pedido a la Sala Especial, conocida tambi¨¦n como Sala del art¨ªculo 61, que suspenda todas las actividades del PCTV como partido pol¨ªtico "a la mayor brevedad posible y, en todo caso, antes el 11 de febrero", fecha de la proclamaci¨®n de las candidaturas electorales.
El escrito solicita adem¨¢s al Supremo el cierre provisional de las sedes del PCTV, el embargo de cuentas bancarias y que se le proh¨ªba presentar candidaturas a las elecciones generales del 9-M. Respecto a esta ¨²ltima medida cautelar, el fiscal pide al Supremo que aplique el procedimiento extraordinario previsto en el art¨ªculo 733.2 de la Ley de Enjuiciamiento, es decir, que suspenda el derecho a presentarse a las elecciones "sin el tr¨¢mite de audiencia previa a la parte demandada". El fiscal fundamenta su solicitud en razones de urgencia porque de aplicarse en su integridad el procedimiento general, con toda probabilidad habr¨¢ transcurrido el plazo previsto en la Ley Electoral para la presentaci¨®n de candidaturas y a¨²n para la proclamaci¨®n.
Para el caso de que el Supremo no accediese, el fiscal pide que se siga el procedimiento previsto en el art¨ªculo 734 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con audiencia a las partes para alegaciones y vista en el plazo de 10 d¨ªas siguientes a la notificaci¨®n de la demanda.
El fiscal considera "proporcionada" la prohibici¨®n de presentarse a los comicios y dice que de recaer sentencia despu¨¦s de las elecciones podr¨ªa darse la paradoja de que tendr¨ªan la consideraci¨®n de diputados o senadores los candidatos de una formaci¨®n ilegalizada.
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