Un sector de los jueces exige un mayor control de su salud mental
La comisi¨®n disciplinaria del Poder Judicial constata las dificultades para jubilar a magistrados con padecimientos ps¨ªquicos que est¨¢n en activo
Un bombero, un polic¨ªa o un piloto, para poder serlo tienen que demostrar que est¨¢n en sus cabales, en pleno uso de sus facultades mentales. Tienen que pasar pruebas psicot¨¦cnicas y de personalidad. Un juez, el encargado de decidir si alguien debe pasar 35 a?os en la c¨¢rcel, no. Tampoco va a ser evaluado durante sus a?os de ejercicio profesional. ?Y si sufre depresiones severas, tiene un trastorno bipolar o esquizofrenia? El procedimiento para jubilar a los jueces por incapacidad es lento y complicado. La comisi¨®n disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, encargada de sancionar a los magistrados, acaba de alertar de una realidad conocida en la judicatura: hay jueces con graves problemas de salud mental que contin¨²an en sus puestos de trabajo y toman decisiones sobre la vida de los ciudadanos.
El caso del juez Ferr¨ªn Calamita reabre la pol¨¦mica de la inhabilitaci¨®n
No existe una 'segunda fila' donde destinar a jueces con patolog¨ªas
El caso del juez de familia Fernando Ferr¨ªn Calamita, recientemente suspendido de su cargo y sancionado por denigrar a los homosexuales en sus resoluciones, ha puesto de nuevo sobre la mesa la necesidad de hacer normas espec¨ªficas para afrontar este problema. Ferr¨ªn ha reconocido que sufre una "depresi¨®n reactiva en fase aguda" y que, al menos desde 1995, padece de "distimia", una alteraci¨®n del estado an¨ªmico, y de "estr¨¦s laboral". Sus problemas de salud mental duran ya m¨¢s de 12 a?os, pero s¨®lo en 2007 el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, decidi¨® practicarle un examen m¨¦dico para decidir sobre su jubilaci¨®n por incapacidad. El procedimiento a¨²n no ha concluido. La comisi¨®n disciplinaria del CGPJ elev¨® un informe al pleno en febrero en el que ped¨ªa que se trataran estos problemas. Este ¨®rgano, al que llegan las quejas y las denuncias, reconoc¨ªa que hab¨ªa "constatado la enfermedad ps¨ªquica de determinados magistrados que siguen realizando sus funciones de manera irregular". Esta situaci¨®n, seg¨²n el informe, supone "un perjuicio para el correcto ejercicio de la funci¨®n jurisdiccional y para la efectiva tutela judicial de los ciudadanos".
El pleno del CGPJ rechaz¨® adoptar medidas al respecto alegando que, planteado as¨ª, el asunto producir¨ªa una alarma social injustificada. Y el portavoz, vocal conservador Enrique L¨®pez, neg¨® que hubiera una preocupaci¨®n especial por estos casos. Sin embargo, la comisi¨®n disciplinaria del Poder Judicial no es la ¨²nica alarmada. Asociaciones como la progresista Jueces para la Democracia tambi¨¦n piden que se articulen medios para que los jueces con graves anomal¨ªas no puedan seguir actuando. Y un informe de octubre de 2006 del Poder Judicial reconoc¨ªa que hab¨ªa en esos momentos unos 30 jueces con "padecimientos ps¨ªquicos".
"Que hay jueces que no deber¨ªan trabajar por problemas ps¨ªquicos lo sabemos todos en la carrera", se?ala Jaime Tapia, portavoz de Jueces para la Democracia. "Formalmente trabajan, pero no ponen sentencias o las que ponen tienen carencias importantes". Tapia afirma que ser¨ªa necesario un control psicol¨®gico previo al acceso a la judicatura, como el que existe en otros pa¨ªses. "Y despu¨¦s, el servicio de inspecci¨®n del Consejo del Poder Judicial tiene que actuar con celeridad en cuanto detecte alg¨²n problema y adoptar medidas cautelares. Estos casos en seguida se saben. Pero a veces el propio Consejo es c¨®mplice y espera a que lleguen denuncias formales ante situaciones que son sobradamente conocidas. Cuando se toma una decisi¨®n, el juzgado suele estar absolutamente colapsado y las decisiones del juez han afectado ya a muchos ciudadanos. Esto no puede ser. Ante todo, debe primar siempre el servicio p¨²blico que es la jurisdicci¨®n", concluye.
?Cu¨¢l es el problema? ?Por qu¨¦ se deja durante a?os actuar a un juez claramente incapaz de ejercer su funci¨®n? Una de las razones principales parece ser econ¨®mica. Los jueces se oponen a ser incapacitados porque la reducci¨®n del sueldo es muy notable. "Casi el 60% del salario son complementos y eso no se tiene en cuenta a la hora de la pensi¨®n, por lo que los jueces jubilados pasan a cobrar menos de la mitad", explica Lorenzo del R¨ªo, portavoz de la asociaci¨®n moderada Francisco de Vitoria. "Por eso, a diferencia de otras profesiones, los miembros de la carrera judicial rechazan sistem¨¢ticamente la jubilaci¨®n ante los tribunales m¨¦dicos", a?ade el vocal progresista del Poder Judicial, Javier Mart¨ªnez L¨¢zaro.
Otro problema es que no hay reglas especiales para jueces y magistrados, que est¨¢n sujetos a las mismas normas que el resto de funcionarios. "No tienen unas causas de incapacidad espec¨ªficas distintas de las de otros funcionarios", explica Mart¨ªnez L¨¢zaro.
Pero el trabajo que desempe?an es muy diferente. Hay patolog¨ªas que en otras profesiones no incapacitar¨ªan a la persona pero que impiden ejercer la funci¨®n jurisdiccional. El trabajo de un juez se basa en la argumentaci¨®n, en la raz¨®n, y cuando est¨¢n en ¨®rganos unipersonales la responsabilidad total y absoluta recae sobre ellos. Pero los m¨¦dicos que eval¨²an la incapacidad no son siempre conscientes de este hecho diferencial.
"En la judicatura no existe una segunda fila donde destinar a jueces con patolog¨ªas que impiden tomar decisiones trascendentes pero no inhabilitan para un trabajo normal", se?ala Mart¨ªnez L¨¢zaro. "Un fiscal, por ejemplo, puede dejar de acudir a juicios y dedicarse ¨²nicamente a hacer informes, pero los jueces y magistrados toman decisiones importantes todos los d¨ªas.
"Hay jueces que tienen problemas para tomar decisiones, son dubitativos y no ponen sentencias", se?ala Lorenzo del R¨ªo, de la Francisco de Vitoria. "Podr¨ªan, a lo mejor, hacer alg¨²n trabajo de apoyo, pero no estar al frente de un juzgado. Quiz¨¢ para estos casos u otros que no sean muy graves podr¨ªa hablarse de una incapacidad parcial y destinos de segunda. Es verdad que hay una laguna en la regulaci¨®n que hay que definir".
Por todas estas razones, el Consejo General del Poder Judicial solicit¨® al Ministerio de Justicia hace unos a?os que se articulara un sistema propio para estos casos controlado por el gobierno de los jueces en lugar de por la Seguridad Social. Ese nuevo sistema incluir¨ªa unas causas de incapacidad propias para magistrados, unidades evaluadoras espec¨ªficas y establecer¨ªa un per¨ªodo transitorio de seis a?os durante el cual el juez tendr¨ªa derecho a cobrar el 80% de su sueldo. As¨ª, el perjuicio econ¨®mico no ser¨ªa tan importante y los jueces se opondr¨ªan menos a dejar sus cargos cuando no pueden ejercerlos. Esta propuesta, que exigir¨ªa una reforma de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, no ha sido escuchada por el momento.
Mientras tanto, no es frecuente, pero s¨ª posible, que los ciudadanos se encuentren a un juez depresivo, con ansiedad, que argumenta de forma absurda sus sentencias o que tarda tres a?os en ponerlas. Son casos contados, pero con una enorme trascendencia. Porque cada juez ejerce, por s¨ª solo y de forma independiente, uno de los tres poderes del Estado. El de impartir justicia.
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