Libertad de expresi¨®n
Declara el art¨ªculo 24.2 de la Constituci¨®n que todo ciudadano tiene derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial e independiente, y a que se le reconozca el derecho a la presunci¨®n de inocencia. Traigo esta cita constitucional a este comentario con motivo de las opiniones que sobre el buen hacer, o no, del juez Tirado y su responsabilidad como consecuencia de la no ejecutividad -durante diecisiete meses- de la sentencia por la que se condenaba al presunto asesino de la peque?a Mari Luz. Tambi¨¦n puede recordarse, como no ser¨ªa menos, que de haber ingresado en prisi¨®n este asesinato -si se declarase judicialmente la autor¨ªa de Santiago Del Valle- no se hubiera cometido. No ser¨¦ yo quien ponga en tela de juicio la honradez y decencia del juez Tirado. No por el hecho de ser juez sino, sencillamente, por ser un ciudadano que tiene derecho a la presunci¨®n de inocencia. S¨ª, en cambio, he puesto en tela de juicio m¨¢s de una actuaci¨®n de la familia, v¨ªctima del delito, como consecuencia de algunas de las actuaciones que, desde su dolor, han realizado -establecimiento de la cadena perpetua, en contra del principio de constitucional de reinserci¨®n, y manifestaciones a las puertas del juzgado, donde se han escuchado frases totalmente injustas contra este juez-.
Sin embargo, y a¨²n cuando no era mi intenci¨®n volver sobre este tema, las recientes manifestaciones del decano del Colegio de Abogados de Sevilla me invitan a hacerlo. No es entendible que, por un lado, se critiquen posicionamientos sobre la fijaci¨®n de una sanci¨®n porque algunas opiniones estimen que ha existido alg¨²n grado de responsabilidad en el juez y, de otro, se pronuncie abiertamente a favor de su irresponsabilidad, para atribuir a la escasez de medios las causas de lo que llama "un desafortunado suceso".
Son opiniones que, respetando la condici¨®n de quien las da y su representatividad, enturbian a¨²n m¨¢s el panorama en relaci¨®n a este tema. Estamos en un Estado de Derecho en el que uno de los derechos b¨¢sicos de los ciudadanos es el de obtener informaci¨®n y opini¨®n. El juez Rafael Tirado no es una excepci¨®n, puede ser criticado como titular de uno de los poderes del Estado y por actos realizados en el ejercicio de su cargo. Tiene las garant¨ªas de independencia e inamovilidad y las cr¨ªticas, como dec¨ªa otro juez con motivo de las que en su d¨ªa le hizo Jes¨²s Gil, van en el sueldo. Se debe entender que en un Estado de Derecho la libertad de expresi¨®n legitima y autoriza a realizar comentarios. M¨¢s a¨²n. Si resulta, y las p¨¢ginas de los peri¨®dicos y otros medios as¨ª lo atestiguan, que los titulares del poder legislativo, que encarnan la soberan¨ªa popular, est¨¢n sujetos constantemente a cr¨ªticas no hay raz¨®n alguna para que este juez no pueda serlo. Es una manifestaci¨®n de la libertad de expresi¨®n. No hay m¨¢s. No hay tampoco, como se afirma, juicios paralelos ni campa?as medi¨¢ticas. No los hay porque los juicios paralelos, tal como se definen por el Tribunal de Derechos Humanos, consisten en la realizaci¨®n de comentarios que pongan en duda la inocencia de personas sometidas a un proceso; afecta esta prohibici¨®n a jueces y autoridades y exige una declaraci¨®n expresa de culpabilidad.
Al d¨ªa de hoy no hay ning¨²n proceso abierto, s¨®lo diligencias administrativas. En cuanto a la campa?a medi¨¢tica, no parece que la libertad de expresi¨®n tenga que limitarse en el caso de actuaciones judiciales. En cualquier caso, desde la m¨¢s estricta l¨®gica, tan juicio es decir que este juez es responsable como que no lo es, bas¨¢ndose en la escasez de medios personales y profesionales para responsabilizar -juicio paralelo a?adido- al poder auton¨®mico.
Dejemos que el CGPJ, alejado de corporativismos y mayor¨ªas, decida en justicia. Mientras, seguiremos haciendo uso de la libertad de expresi¨®n y de nuestras cr¨ªticas. Este asunto, por todas las circunstancias que se han dado y se dan, tiene inter¨¦s p¨²blico y existe el derecho constitucional de hacer y difundir libremente informaci¨®n y opini¨®n, sin que est¨¦n exentas las actuaciones judiciales.
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