Desconfianzas judiciales
El fracaso del sistema de exigencia de responsabilidad en la Administraci¨®n de Justicia se ha mostrado con toda claridad en el caso del asesinato de la peque?a Mari Luz. Un mismo hecho -no ejecuci¨®n de una sentencia firme e ingreso en prisi¨®n del condenado- es conocido por distintas instituciones; se resuelve con diferentes sanciones provocando la desconfianza de los colectivos afectados, de los perjudicados y de los ciudadanos en general.
Unas veces se dice que el corporativismo judicial ha impedido sancionar con proporcionalidad a un juez de lo penal. Otras, en el caso de la secretaria judicial, que pagan justos por pecadores; algunas m¨¢s que los gobiernos central y andaluz no gastan lo suficiente para que a los juzgados no les falte un perejil y que los responsables de los posibles errores judiciales son los pol¨ªticos. Si en este pastel faltaba una guinda, aparece el ministro de Justicia y afirma que "la sanci¨®n a la secretaria judicial est¨¢ justificada, que no es desproporcionada", salvo que se la compare con la que se ha impuesto al juez.
Estoy seguro de que cualquier persona que no conozca el sistema de organizaci¨®n judicial, y desee analizar con un cierto sosiego y objetividad lo que ha ocurrido para conformar su opini¨®n, no puede. Es imposible. Lo es porque si en la vida diaria alguien tiene un accidente por error u otra causa, en el que intervienen personas que puedan resultar responsables, los hechos se analizan conjuntamente; no se hace en funci¨®n de personas, cargos o fueros ni por compa?eros, lo que permite que puedan ser conocidos en toda su realidad y que las respuestas puedan ser coherentes.
En cambio, cuando no es as¨ª, cuando ante los mismos hechos las respuestas surgen en distintos momentos, cuando unos y otros no son escuchados por el mismo ¨®rgano instructor y se analizan de forma distinta, surgen la incoherencia y la desconfianza. Porque, en funci¨®n de unas u otras consideraciones, se consideran que est¨¢n mediatizadas por el corporativismo, el partidismo pol¨ªtico o el oportunismo. Es la consecuencia de esta dispersi¨®n y forma de resolver, que tiene como efecto a?adido una p¨¦rdida de credibilidad de las instituciones. Decisiones a¨²n m¨¢s en entredicho cuando se observa que a los jueces, en caso de exigencia de responsabilidad por actos realizados en el ejercicio de sus funciones, las sanciones se establecen y se imponen por los propios compa?eros, por lo que el corporativismo se hace presente.
Un corporativismo que en la carrera judicial est¨¢ fuertemente arraigado, por lo que nada hace pensar que no se analice las conductas de sus miembros desde el punto de vista del cuerpo judicial, y que se antepongan los intereses corporativos para evitar que se da?e su imagen. Algo que no ocurre con el secretariado judicial; sus conductas son investigadas, instruidas y sancionadas por el Ministerio de Justicia. De ah¨ª que al analizarse un mismo hecho desde instituciones y ¨®pticas distintas; con respuestas en distintos momentos temporales y tan dispares, como resultan de aplicar la mayor sanci¨®n a la secretaria judicial que al titular del juzgado, resulte un guirigay que no se entiende.
Ni los secretarios judiciales -yo tampoco- pueden comprender, por mucho que lo intente el ministro de Justicia, que la secretaria de un juzgado sea responsable de la ejecuci¨®n de las sentencias firmes -la tarea corresponde org¨¢nica y constitucionalmente a los jueces y fiscales- ni los ciudadanos en general, menos a¨²n la familia de la peque?a, que se imponga una sanci¨®n tan grave y se justifique en t¨¦rminos comparativos cuando ni las actuaciones de una y de otro ni su posici¨®n, por distintas, permiten realizar este juicio de valor.
Tal vez, ahora que en las aperturas del a?o judicial, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa y fiscal jefe dicen que es el momento de la modificaci¨®n de las leyes procesales del siglo XIX, tambi¨¦n sea el tiempo de revisar sistemas corporativistas y arbitrar soluciones que no provoquen incoherencias ni desconfianzas en el sistema judicial.
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