El Gobierno usa los Presupuestos para sortear el rev¨¦s judicial de los 'moscosos'
Desnaturaliza los seis d¨ªas de asuntos propios al considerarlos "recuperables"
El Gobierno vasco no da su brazo a torcer en su negativa a aplicar en Euskadi los moscosos, los seis d¨ªas por asuntos propios reconocidos en el Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico y que entraron en vigor Espa?a durante el primer gobierno socialista con Javier Moscoso al frente del Ministerio de Administraciones P¨²blicas. Para ello, el Ejecutivo ha decidido usar la puerta de atr¨¢s: uno de los art¨ªculos del proyecto de Ley de Presupuestos de 2009.
Los servicios jur¨ªdicos de Vicepresidencia no paran de cosechar sentencias desfavorables en las primeras instancias de los juzgados de lo contencioso administrativo a su decisi¨®n de no reconocer a determinados funcionarios -los que trabajan en la Administraci¨®n General y en la Ertzaintza- el derecho a disponer de seis d¨ªas libres al a?o para asuntos propios o particulares. Todas estas causas est¨¢n referidas a los ejercicios 2007 y 2008, pero el Gobierno ya est¨¢ pensando en c¨®mo solucionar este asunto a partir del 1 de enero.
La medida afecta a 7.800 'ertzainas' y 6.000 funcionarios de la Administraci¨®n
"Desvirt¨²a" lo reconocido en el Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico
Si se atiende a la letra de uno de los art¨ªculos del proyecto de las Cuentas para 2009, ha optado por pasar por encima de lo que los jueces le est¨¢n diciendo (y obligando) en multitud de resoluciones judiciales: que debe reconocer los seis d¨ªas porque el Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico, aprobado en abril de 2007 por el Gobierno central y donde quedan reconocidos los moscosos, tambi¨¦n es de aplicaci¨®n en Euskadi.
Por contra, el proyecto de ley de Presupuestos considera que los seis d¨ªas por asuntos particulares son, efectivamente, "d¨ªas laborables retribuidos, aunque no de tiempo de trabajo, y, por tanto, de naturaleza recuperable". As¨ª se recoge en el art¨ªculo 22.2 del proyecto aprobado por el Ejecutivo la semana pasada y remitido al Parlamento para su tramitaci¨®n. La medida afecta a los m¨¢s de 6.000 trabajadores de la Administraci¨®n General de la comunidad aut¨®noma, a los m¨¢s de 7.800 agentes de la Ertzaintza y al personal de la Universidad del Pa¨ªs Vasco.
El art¨ªculo excluye expresamente al personal de Osakidetza y al personal de la Administraci¨®n de Justicia, ya que el citado art¨ªculo recoge una excepci¨®n en la aplicaci¨®n de esa restricci¨®n: los funcionarios para los que se "hubiese pactado su car¨¢cter no recuperable" con anterioridad a la entrada en vigor del Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico, en abril de 2007. En efecto, con ese a?adido, el Ejecutivo que preside Juan Jos¨¦ Ibarretxe mantiene este reconocimiento para los funcionarios de Justicia y del Servicio Vasco de Salud, ya que al personal de ambos estamentos les reconocieron antes de esa fecha los moscosos (seis d¨ªas en el caso de Osakidetza y nueve en Justicia).
La jornada anual para todos los funcionarios de la Administraci¨®n vasca es de 1.592 horas (35 horas a la semana).
En el caso de que el citado art¨ªculo salga finalmente aprobado por el Parlamento vasco sin modificaci¨®n alguna, la consecuencia inmediata para ertzainas y funcionarios de los servicios generales es que los seis d¨ªas anuales por moscosos no se considerar¨¢n tiempo de trabajo. Esto abrir¨ªa la puerta a que, si se solicitan, dichas jornadas deber¨ªan ser recuperadas o, en su caso, los funcionarios ser¨¢n penalizados con la reducci¨®n de las respectivas retribuciones. Su aplicaci¨®n supondr¨ªa una clara desnaturalizaci¨®n de lo que se reconoce a los funcionarios en su estatuto b¨¢sico. "Implica una clara pretensi¨®n de desvirtuar, a trav¨¦s de la ley de Presupuestos si finalmente se aprueba as¨ª, el contenido m¨ªnimo de los derechos establecidos en el Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico", a?aden fuentes jur¨ªdicas consultadas por este peri¨®dico.
Las sentencias ya adelantadas por EL PA?S el pasado 29 de septiembre en relaci¨®n con los moscosos apuntaban que ese estatuto b¨¢sico es "una norma b¨¢sica, pues se trata de una regulaci¨®n global, toda vez que su contenido est¨¢ constituido por una regulaci¨®n del inter¨¦s general de la materia de Funci¨®n P¨²blica". Y sin legislaci¨®n aplicable sobre asuntos propios, "el Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico y la propia Ley del Empleado P¨²blico marcan los m¨ªnimos a seguir", indicaba la resoluci¨®n.
"Una nueva tropel¨ªa"
Hasta los propios abogados del Gobierno adscritos a R¨¦gimen Jur¨ªdico, los que defienden las posiciones del Ejecutivo en los juzgados, no ven nada clara la postura del Ejecutivo. De hecho, han recurrido como colectivo la instrucci¨®n del Gobierno en la que se aplicaba el Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico y donde no se recog¨ªan los moscosos.
El sindicato mayoritario en la Ertzaintza, Erne, uno de los cuerpos de funcionarios afectados por este movimiento del Gobierno, ha denunciado esta "vuelta de tuerca del Gobierno, que implicar¨ªa cometer un fraude generalizado y un trato discriminatorio" a los funcionarios afectados, frente al resto de empleados p¨²blicos. Dirigentes de la central policial Erne han iniciado ya una ronda con los partidos con representaci¨®n en la C¨¢mara para evitar que el Gobierno "consume esta nueva tropel¨ªa". "No pueden permitirlo por higiene pol¨ªtica y por respeto tanto a los tribunales como por al Estatuto del Empleado P¨²blico", afirman.
Mientras tanto, los juzgados de lo contencioso administrativo corren el riesgo de colapsarse, porque la batalla judicial contin¨²a. Tras reconocerse los moscosos en la v¨ªa judicial, Erne ya ha empezado a presentar demandas por el contencioso administrativo que se modifique la instrucci¨®n del viceconsejero de Funci¨®n P¨²blica de 7 de mayo de 2007 que negaba el derecho a los seis d¨ªas. En total, las reclamaciones de ertzainas superan ya las 510 y esperan "pasar de las 2.500" en 2008.
Art¨ªculo 22 del proyecto de Presupuestos
"Adecuaci¨®n de las retribuciones y de las jornadas de Trabajo:
- Punto 1. La cantidad total correspondiente al conjunto de conceptos retributivos para un determinado puesto de trabajo constituye la percepci¨®n econ¨®mica aque remunera el cumplimiento efectivo de la jornada anual de trabajo, que es el tiempo durante el cual el empleado p¨²blico debe permanecer en su puesto de trabajo y en el ejercicio de su actividad, o se encuentra disfrutando de permisos computables como tiempo de trabajo. Cuando el tiempo de trabajo resulte inferior al establecido, las retribuciones ser¨¢n reducidas proporcionalmente.
- Punto 2. Se consideran d¨ªas laborables retribuidos, aunque no tiempo de trabajo y, por tanto de naturaleza recuperable, los per¨ªodos de descansos anuales de vacaciones y el permiso por asuntos particulares que ser¨¢, como m¨ªnimo, de 22 [las vacaciones] y 6 d¨ªas [asuntos propios o conocidos tambi¨¦n como moscosos], respectivamente, o del tiempo que corresponda proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el a?o fuese menor. Id¨¦ntica consideraci¨®n tendr¨¢n los permisos de naturaleza an¨¢loga, salvo que, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 2 de abril, del Estatuto B¨¢sico del Empleado Publico, se hubiese pactado su car¨¢cter no recuperable".
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