Un mal viaje de ida y vuelta
La Sala de lo Penal niega competencia a Garz¨®n sobre hechos de la guerra
A la espera de los razonamientos jur¨ªdicos del auto dictado la semana pasada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (que acord¨® por 14 votos contra tres la falta de competencia de su juzgado de instrucci¨®n n? 5 para conocer las denuncias de 114.000 desapariciones ocurridas en la Espa?a de Franco entre 1936 y 1951), ser¨ªa conveniente analizar varios factores extraprocesales que han contribuido a calentar el apasionamiento de los debates y a embarrar el terreno de la discusi¨®n pol¨ªtica.
1. El lenguaje jur¨ªdico-penal suele bautizar los tipos delictivos con t¨¦rminos que son tomados del habla ordinaria; algunas conductas reci¨¦n introducidas en el numerus clausus del C¨®digo Penal reciben el nombre de comportamientos inmemoriales. Tal es el caso de los delitos de genocidio, incorporado al C¨®digo Penal de 1995 (art¨ªculo 607), y de lesa humanidad, a?adido en 2003 (art¨ªculo 607 bis), que se inscriben dentro de una sanguinaria historia cuyo origen se pierde en la noche de los tiempos.
2. A los legos en materia jur¨ªdica les parece una insoportable paradoja que la irretroactividad, la prescripci¨®n y la legalidad de los delitos propias de un Estado de derecho impidan la perseguibilidad por los tribunales de pr¨¢cticas de lesa humanidad perpetradas antes de que ese tipo penal hubiese sido incorporado al ordenamiento en el a?o 2003. Lo mismo ocurre con la Ley de Amnist¨ªa de 1977, cuya validez se halla fuera de cualquier duda razonable. Esas contradicciones entre el derecho y la historia ocupan el lugar central de la pol¨¦mica creada en torno al eventual enjuiciamiento de los cr¨ªmenes del franquismo.
3. Otra fuente de confusi¨®n es la interesada equiparaci¨®n entre la Guerra Civil de 1936 y la II Guerra Mundial a fin de de aplicar al caso espa?ol el Derecho Penal Internacional de car¨¢cter consuetudinario o estatutario. Las diferencias son evidentes. El Tribunal de Nuremberg fue integrado por magistrados de las cuatro potencias vencedoras para someter a juicio a los responsables de la derrotada Alemania. Aunque en 1945 se alzaran voces para sentar a Franco en el banquillo como aliado de Hitler, el r¨¦gimen espa?ol ingresar¨ªa 10 a?os despu¨¦s en Naciones Unidas y el general Eisenhower -jefe de la invasi¨®n de Normand¨ªa- visitar¨ªa oficialmente Madrid en diciembre de 1959 como presidente de Estados Unidos.
4. El mal viaje de ida y vuelta entre las dos orillas atl¨¢nticas recorrido por la transici¨®n espa?ola alimenta -de buena fe o de forma maliciosa- otros notables equ¨ªvocos. El ¨¦xito de la empresa contribuy¨® a que la experiencia espa?ola, irrepetible y azarosa, fuese presentada como un arquetipo universal y atemporal. Ese artilugio de ingenier¨ªa pol¨ªtica, sin embargo, fue exportado a Latinoam¨¦rica sin muchas de sus piezas originales: desde la continuidad como jefe de Estado y jefe de las Fuerzas Armadas del heredero de Franco transformado en Rey de una monarqu¨ªa parlamentaria, hasta la presi¨®n a favor de la democracia de la Uni¨®n Europea, pasando por el Concilio Vaticano, el agotamiento de la dictadura y los cambios econ¨®micos, demogr¨¢ficos y culturales de la sociedad espa?ola durante 40 a?os. La Ley de Amnist¨ªa de 1977 tuvo un respaldo casi un¨¢nime: s¨®lo la abstenci¨®n parlamentaria de la derecha popular de Fraga, el terrorismo del nacionalismo vasco radical y la violencia golpista del 23-F se marginaron de esa hist¨®rica reconciliaci¨®n entre los vencedores y los vencidos en la contienda de 1936.
5. Ni Chile ni Argentina hab¨ªan sufrido una larga guerra civil. La duraci¨®n de los dos reg¨ªmenes fue mucho menor que las cuatro d¨¦cadas de Franco: sus cr¨ªmenes estaban vivos en el recuerdo cuando perdieron el poder. En Chile la amnist¨ªa fue un disfraz de la dictadura para autoconcederse la inmunidad; en Argentina, la ley de punto final fue arrancada al poder civil por un levantamiento militar.
Los ecos de las transiciones latinoamericanas tambi¨¦n han reobrado sobre la experiencia espa?ola con falsos paralelismos. Los desaparecidos del Cono Sur y los beb¨¦s nacidos en los chupaderos que fueron secuestrados por los torturadores de sus madres han dado nuevos nombres a los paseados en la Guerra Civil espa?ola y a los hijos de los republicanos muertos, encarcelados o exiliados entregados en adopci¨®n. Y Garz¨®n ha aprendido probablemente las argucias de los juicios de la verdad por la v¨ªa penal usados en Argentina como atajo de las exhumaciones.
6. Finalmente, tras la II Guerra Mundial la causa de los derechos humanos ha ganado batallas decisivas en el campo del Derecho Internacional; un recomendable libro de Alicia Gil -La justicia de transici¨®n en Espa?a. De la amnist¨ªa a la memoria hist¨®rica (Atelier, 2008)- ofrece un excelente resumen de esos grandes cambios parcialmente reflejados ya en el ordenamiento espa?ol, que ha incorporado el genocidio y los cr¨ªmenes de lesa humanidad al C¨®digo Penal y les ha conferido la condici¨®n de delitos imprescriptibles.
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