Los frutos del ¨¢rbol envenenado
Hay que reconocer que la presidencia de George W. Bush ha tenido una cosa positiva: ha sido tan mala en todos los aspectos que, a partir de ahora, s¨®lo podemos mejorar.
La guinda del pastel la ha puesto, cuatro d¨ªas antes de dejar el cargo, la condecoraci¨®n al ex primer ministro brit¨¢nico Tony Blair y a su colega australiano John Howard por colaborar con ¨¦l en la guerra de Irak en 2003. De esa operaci¨®n ha quedado al margen -no se sabe si porque a Bush se le acabaron las medallas o por su particular concepto de la retribuci¨®n de la fidelidad- el amigo espa?ol de la foto de las Azores, Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar.
Sin embargo, el ¨²ltimo acto de gran repercusi¨®n del mandato de Bush no ha sido una decisi¨®n presidencial, sino del Tribunal Supremo, de mayor¨ªa conservadora, con dos de los nueve magistrados -incluido el presidente de la Corte, John Roberts- nombrados por el propio George.
Estados Unidos abre la puerta a la validez de las pruebas obtenidas il¨ªcitamente
El caso es que en una apretad¨ªsima decisi¨®n de cinco votos frente a cuatro, el Tribunal Supremo estadounidense ha abierto una puerta por la que pueden salir algunas garant¨ªas y derechos de los ciudadanos avalando las malas pr¨¢cticas policiales.
De acuerdo con la Cuarta Enmienda de la Constituci¨®n, los estadounidenses tienen derecho a que sus personas, domicilios y documentos no sean registrados ni incautados de forma arbitraria y los jueces no expidan ¨®rdenes de registro que no est¨¦n basadas en una causa probable.
En Espa?a existe un r¨¦gimen de garant¨ªas parecido. Seguro que recuerdan la famosa Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como la de la patada en la puerta y cuya declaraci¨®n de inconstitucionalidad de alg¨²n art¨ªculo supuso la dimisi¨®n del entonces ministro del Interior, el socialista Jos¨¦ Luis Corcuera.
Para proteger esos derechos de los ciudadanos, el Supremo estadounidense estableci¨® all¨¢ por 1920 la teor¨ªa de los frutos del ¨¢rbol envenenado, que viene a decir que el veneno de la ra¨ªz contamina hasta la ¨²ltima hoja y que, por tanto, una prueba obtenida por medios il¨ªcitos es tambi¨¦n il¨ªcita y no puede tener validez en el proceso. Esa doctrina fue asumida tanto por el Supremo como por el Constitucional espa?ol.
El art¨ªculo 11 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial -"No surtir¨¢n efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales"- recoge ese principio de exclusi¨®n en el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol desde 1985, y as¨ª hemos visto c¨®mo se han anulado pruebas obtenidas por medio de torturas a los acusados o por escuchas telef¨®nicas ilegales. Uno de los casos m¨¢s recientes ha sido la absoluci¨®n del llamado talib¨¢n espa?ol, porque las pruebas obtenidas en el limbo jur¨ªdico de Guant¨¢namo, donde el acusado hab¨ªa permanecido en condiciones infrahumanas durante tres a?os, no pod¨ªan ser tenidas en cuenta en ning¨²n proceso penal justo.
"La prohibici¨®n de la prueba constitucionalmente il¨ªcita y de su efecto reflejo pretende otorgar el m¨¢ximo de protecci¨®n a los derechos fundamentales constitucionalmente garantizados y, al mismo tiempo, ejercer un efecto disuasor de conductas anticonstitucionales en los agentes encargados de la investigaci¨®n criminal", dec¨ªa el Supremo espa?ol en 1999.
Y ahora, esa construcci¨®n jur¨ªdica de a?os se resquebraja en Estados Unidos. Con un punto de vista extremadamente conservador, el Supremo ha considerado que la exclusi¨®n de las pruebas obtenidas il¨ªcitamente por la polic¨ªa no es autom¨¢tica, sino que debe ser el ¨²ltimo recurso y que los jueces deben utilizar una escala flexible para valorar si la irregularidad policial invalida la prueba o no. Es decir, que el ¨¢rbol envenenado ya no lo est¨¢ tanto.
El presidente Roberts, que ha actuado como ponente, ha se?alado que para que las pruebas obtenidas il¨ªcitamente queden excluidas del proceso "la conducta de la polic¨ªa debe ser lo suficientemente deliberada para que la exclusi¨®n pueda disuadirla y suficientemente culpable para que la disuasi¨®n valga la pena frente al precio pagado por el sistema judicial". Ese precio, ha a?adido, "es, desde luego, el dejar en libertad a individuos culpables y potencialmente peligrosos".
La magistrada Ruth Bader Ginsburg, representando a los disidentes, ha precisado que la regla de exclusi¨®n de pruebas debe requerir algo m¨¢s que un c¨¢lculo del coste-beneficio para determinar si compensa la irregularidad de la conducta policial.
En fin, como puede apreciarse, un avance hacia el abismo en contra de las libertades, las garant¨ªas y los derechos fundamentales.
Como cuando Estados Unidos estornuda, Europa se acatarra, habr¨¢ que ver cu¨¢nto tiempo tardamos en importarlo.
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