El Supremo sentar¨¢ ma?ana doctrina para 120 impugnaciones
El Supremo decidir¨¢ ma?ana sometido a fuertes presiones desde sectores integristas religiosos que pretenden que declare el derecho a la objeci¨®n de conciencia a la asignatura. La Sala de lo Contencioso del alto tribunal en pleno, integrada por 30 magistrados, estudiar¨¢ a partir de las 10 la ma?ana los cuatro primeros recursos contra otras tantas sentencias de los tribunales superiores de Andaluc¨ªa y Asturias, la primera a favor de la objeci¨®n y las otras tres en contra. La decisi¨®n del Supremo marcar¨¢ el camino a seguir con otros 115 recursos que esperan su turno.
Dada la composici¨®n del Pleno, lo ¨²nico que se da por seguro es que no ser¨¢ una sentencia un¨¢nime. Entre los 30 magistrados los hay de todas las tendencias y algunos significadamente cat¨®licos y el debate puede ser arduo. Tres de las sentencias, dictadas por el Tribunal Superior de Asturias, son en realidad la misma, s¨®lo que aplicadas a tres parejas de padres que ped¨ªan la objeci¨®n de conciencia. Los ponentes de los recursos son el presidente de la Sala, Ram¨®n Trillo, y los magistrados Nicol¨¢s Maurandi y Pablo Lucas Murillo de la Cueva. La otra sentencia, del Tribunal Superior de Andaluc¨ªa, fue la primera en reconocer el derecho a la objeci¨®n a unos padres como parte del derecho a la libertad ideol¨®gica y religiosa (art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n), y del de los padres a educar a sus hijos (27.3) La ponencia correr¨¢ a cargo del magistrado Juan Jos¨¦ Rivas.
Afines al Opus Dei
La sentencia que reconoce el derecho a la objeci¨®n fue dictada por la Secci¨®n Tercera de lo Contencioso, dos de cuyos magistrados son numerarios o afines al Opus Dei. La ponencia fue redactada por Enrique Gabald¨®n Codesido, hijo del ex presidente del Foro de la Familia y ex vicepresidente del Tribunal Constitucional, Jos¨¦ Gabald¨®n, destacado seguidor de la Obra.
Si el Supremo deniega la objeci¨®n de conciencia, los demandantes previsiblemente recurrir¨¢n al Constitucional, y pedir¨¢n que deje en suspenso la sentencia del Supremo hasta que resuelva el recurso. Pero los expertos creen que el Constitucional no acceder¨ªa a la suspensi¨®n y los objetores tendr¨ªan que recuperar las clases.
En el caso de que el Supremo falle a favor de la objeci¨®n, el Estado o las comunidades aut¨®nomas no tiene posibilidades de interponer un recurso de amparo porque dif¨ªcilmente podr¨ªan alegar la vulneraci¨®n de un derecho fundamental. Educaci¨®n tendr¨ªa posiblemente que elaborar otra norma. Al margen de la objeci¨®n de conciencia, los tribunales tendr¨¢n que pronunciarse sobre los contenidos concretos de la asignatura que est¨¢n siendo impugnados.
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