La necesaria racionalizaci¨®n del despido
La vigente crisis econ¨®mica y, particularmente en el caso espa?ol, tambi¨¦n de empleo est¨¢ originando un debate sobre el despido excesivamente marcado por posiciones ideol¨®gicas maximalistas. Unas que abogan, de manera imprecisa, por abaratar sus costes, y otras, por mantener sin matices la regulaci¨®n actual, desvinculando esta variable laboral con la del desempleo.
Mientras tanto, lo cierto es que, como ha quedado demostrado en estos ¨²ltimos meses, nuestro mercado laboral tiene una alta capacidad de destrucci¨®n silenciosa de puestos de trabajo con bajo coste econ¨®mico y, a la vez, un sistema de despido percibido empresarialmente como caro, lo que obliga a reconducir el debate a posiciones intermedias con diagn¨®sticos claros y acciones bien definidas. El debate sobre el despido, inevitable en tiempos de alto desempleo, debe situarse no en el trazo grueso de su abaratamiento, sino en el de las l¨ªneas finas de su racionalizaci¨®n, con la intenci¨®n de crear mejores condiciones futuras para la creaci¨®n y consolidaci¨®n del empleo en un nuevo modelo productivo m¨¢s din¨¢mico y competitivo sustentado en el valioso capital humano que representan los trabajadores.
Crear empleo de baja calidad y precario es una inversi¨®n futura en poca productividad y m¨¢s paro
El fondo de garant¨ªa salarial podr¨ªa cubrir parte de la indemnizaci¨®n de los despidos
A modo de diagn¨®stico, se puede afirmar que el despido tiene, en Espa?a, tres costes diferentes, id¨¦nticos para la peque?a y gran empresa: a) 8 d¨ªas salario/a?o en la extinci¨®n de empleos temporales por obra o eventuales; b) 20 d¨ªas salario/a?o en despidos por causas empresariales con un margen de negociaci¨®n sindical en los expedientes de regulaci¨®n de empleo; c) 33 o 45 d¨ªas salario/a?o, dependiendo del contrato indefinido, en los despidos libres pagados inaugurados en el a?o 2002. En este marco normativo, los datos desprenden que las empresas, por un lado, utilizan claramente el empleo temporal como f¨®rmula de abaratamiento del despido porque, desde hace 25 a?os, en torno a un 30% de la poblaci¨®n activa tiene trabajos precarios con bajas o inexistentes indemnizaciones, mientras que, por otro lado, acuden a f¨¢ciles despidos libres pagados de 33/45 d¨ªas salario/a?o, quedando sacrificada la v¨ªa intermedia del despido por causas empresariales, salvo en ¨¢mbitos con fuerte presencia sindical, tangible en la negociaci¨®n de expedientes de regulaci¨®n de empleo que abarca s¨®lo, en la actual crisis, el 3,5% de los desempleados.
El resultado de esta oscilaci¨®n entre despidos libres de 8 d¨ªas salario/a?o en empleos precarios y 33/45 d¨ªas salario/a?o en trabajos estables origina una evidente brecha entre trabajadores temporales, que soportan, sin apenas compensaci¨®n econ¨®mica, la destrucci¨®n de empleo, y trabajadores fijos, que generalmente reciben indemnizaciones mediante despidos libres sin participaci¨®n sindical ni control alguno sobre el motivo de la decisi¨®n empresarial, partiendo en dos el mercado laboral y favoreciendo la gesti¨®n individualizada, y en tantas ocasiones arbitraria, de las extinciones de los contratos de trabajo. As¨ª, en tiempos coyunturalmente dif¨ªciles, como los actuales, la destrucci¨®n de empleo puede ser r¨¢pida, silenciosa, con un coste econ¨®mico desigual y sin apenas control sobre las razones empresariales de los despidos, siendo f¨¢cil ajustar las plantillas conforme, m¨¢s que a necesidades productivas, a expectativas de desconfianza y de incertidumbre, lo que puede explicar, en parte, nuestro margen a?adido de desempleo en la crisis respecto a las medias europeas.
Este sistema de despido origina una doble injusticia porque, primero, la destrucci¨®n de empleo es soportada esencialmente sobre los trabajadores m¨¢s d¨¦biles, los precarios, sobre todo los j¨®venes y los poco cualificados, y, segundo, el margen a?adido de encarecimiento del despido en el empleo estable es asumido, en mayor medida, por la peque?a empresa, frente a la grande, m¨¢s indiferente a estos costes extintivos. Un sistema que castiga simult¨¢neamente a los trabajadores m¨¢s d¨¦biles y a las peque?as empresas debe ser revisado, tanto desde planteamientos igualitarios como de apoyo al aut¨®nomo emprendedor.
Este escenario obliga a reflexionar no sobre el abaratamiento del despido, porque el empleo temporal, el m¨¢s alto de la Uni¨®n Europea, ya lo abarata con exceso, ni sobre el despido libre (el despido improcedente pagado sin juicio), que ya existe con extraordinaria flexibilidad, sino sobre nuestro singular modelo de despido y la especial vulnerabilidad de nuestro mercado de trabajo ante las crisis econ¨®micas. Resulta imprescindible centrar este debate en sus aspectos sustanciales con el objetivo de reaccionar ante las altas tasas de desempleo y refundar unas nuevas bases de nuestro mercado laboral. Por ello, las l¨ªneas de acci¨®n, en el marco conveniente del di¨¢logo social como f¨®rmula de entendimiento entre las partes implicadas, deber¨ªan ir encaminadas con claridad a superar la doble injusticia anteriormente enunciada.
En primer lugar, hay que partir de los perniciosos y evidentes efectos que ha supuesto canalizar esencialmente la flexibilidad laboral a trav¨¦s del empleo temporal. Crear empleo de baja calidad y precario es una inversi¨®n futura en poca productividad y en m¨¢s desempleo. Hay que cambiar las bases del modelo y ser¨ªa desolador que la reacci¨®n ante esta crisis originara, de nuevo, medidas sustentadas en favorecer y flexibilizar a¨²n m¨¢s el empleo temporal. Es necesario, por el contrario, mejorar la regulaci¨®n del contrato indefinido, superando la dualidad de contratos (33/45 d¨ªas salario/a?o) con la creaci¨®n de un contrato estable con coste econ¨®mico ¨²nico del vigente despido libre y facilitando la contrataci¨®n indefinida a tiempo parcial en sus diversas modalidades. De igual manera, es necesario racionalizar la regulaci¨®n del despido, mejorando con mayor seguridad jur¨ªdica los procedimientos del despido con causa empresarial, otorgando al sindicato y a la negociaci¨®n colectiva un mayor protagonismo en la gesti¨®n conjunta de las indemnizaciones, articulando un coste diferenciado desconectado de la antig¨¹edad en los trabajos temporales y, en definitiva, dejando de disuadir los despidos causales frente a los libres, teniendo en cuenta siempre el margen diferencial de costes negociados por la leg¨ªtima presi¨®n sindical, que debe ser plenamente asumida y promocionada, lo que obligar¨ªa a reformas profundas de adaptaci¨®n de nuestro modelo de representaci¨®n de los trabajadores a la empresa-red.
En segundo t¨¦rmino, hay que partir de las disfunciones que ocasiona la equiparaci¨®n de reglas y costes extintivos entre la peque?a y la gran empresa. La reorientaci¨®n del modelo debe ser una oportunidad para diferenciar entre ¨¢mbitos empresariales y, m¨¢s que abaratar el despido, reducir sus costes en la peque?a empresa, sin por ello perjudicar a los trabajadores all¨ª contratados. En este sentido, puede ser interesante plantear que el fondo de garant¨ªa salarial, financiado solidariamente por todas las empresas, cubra la mayor parte de la indemnizaci¨®n de los despidos de las peque?as empresas, sin necesidad de insolvencia y con un cobro inmediato del trabajador. Esta medida descargar¨ªa de buena parte de los costes de despido a la peque?a empresa, superando el temor a la contrataci¨®n indefinida, y asegurar¨ªa la compensaci¨®n econ¨®mica de los despedidos.
En conclusi¨®n, el debate sobre el despido debe alejarse de falsos planteamientos, porque el despido es ya injustamente barato, por el impacto del empleo precario, y extraordinariamente flexible, porque ya existe un despido libre, y centrar los objetivos en su racionalizaci¨®n para, de cara al futuro, construir un mercado laboral menos vulnerable a las crisis econ¨®micas y con mejores condiciones para la creaci¨®n de empleo, teniendo en cuenta las diferencias entre la peque?a y gran empresa.
Jes¨²s Lahera Forteza es profesor titular de Derecho del Trabajo en la Universidad Complutense de Madrid
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.