Nuevas cr¨ªticas a los ERE
La debacle que est¨¢ sufriendo el empleo ha provocado que se alcen numerosas voces, proponiendo las m¨¢s variadas soluciones. El mercado de trabajo no parece estar respondiendo a la crisis y se hace patente la necesidad de su reforma. Por supuesto, patronal y sindicatos no se ponen de acuerdo sobre los cambios.
Los empresarios creen que es necesario dotar de "flexibilidad" al mercado laboral, muy r¨ªgido, heredero del proteccionismo franquista. Los sindicatos se muestran reacios a perder derechos adquiridos. Pero la recesi¨®n puede hacer que m¨¢s de uno rehaga sus planteamientos.
Viejas discusiones saltan a la palestra como, por ejemplo, el "abaratamiento" del despido. Otro de los temas que est¨¢ suscitando abundantes cr¨ªticas son los expedientes de regulaci¨®n de empleo (ERE), en especial, la necesidad de su autorizaci¨®n por la autoridad laboral.
Se trata de una antigua reivindicaci¨®n. Hay quienes entienden que la intervenci¨®n de la Administraci¨®n, en estos casos, es contraria al derecho de libertad de empresa que reconoce la Constituci¨®n. Algunos juristas abogan por la eliminaci¨®n de los ERE. Pero los sindicatos defienden la garant¨ªa que supone para el trabajador.
En nuestro ordenamiento, el despido colectivo (tambi¨¦n la suspensi¨®n) debe tramitarse a trav¨¦s de un expediente de regulaci¨®n de empleo, que debe ser autorizado por la Administraci¨®n competente.
En este sentido, hay que se?alar que la legislaci¨®n europea impone la intervenci¨®n de la autoridad laboral en los despidos colectivos, pero no exige que los autorice. S¨®lo requiere que le sean notificados, pudiendo la Administraci¨®n proponer alternativas, menos lesivas de los derechos de los trabajadores. A estos efectos, la mayor¨ªa de los pa¨ªses europeos otorga a la Administraci¨®n un papel de vigilancia, control y mediaci¨®n, no de autorizaci¨®n.
En Espa?a, la intervenci¨®n de la Administraci¨®n en los ERE provoca que el control de su legalidad se atribuya a los tribunales de lo contencioso-administrativo, lo que puede suponer alargar el proceso a?os y a?os. Por ello se propugna un procedimiento m¨¢s ¨¢gil que, garantizando en lo posible el interes de los trabajadores, permita una adaptaci¨®n m¨¢s flexible de los recursos de la empresa a los vaivenes del mercado.
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