El Supremo aclara que cabe recurrir la p¨¦rdida de puntos tras el 'pronto pago'
La sentencia se da a conocer el mismo d¨ªa que el Congreso aprueba la Ley de Seguridad Vial, que establece el nuevo sistema de multas 'expr¨¦s'
Los conductores pueden beneficiarse del descuento por pronto pago de las multas de tr¨¢fico y al mismo tiempo recurrir la retirada de puntos del carn¨¦ de conducir. Lo ha avalado el Tribunal Supremo en una sentencia, en la que rechaza el recurso presentado en junio de 2006 por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) contra el nuevo permiso. Aunque el alto tribunal s¨®lo cuestiona dos aspectos del sistema de puntos, asegura que la normativa que lo introdujo "no es precisamente un modelo de t¨¦cnica legislativa".
La sentencia establece que el conductor sancionado puede impugnar no s¨®lo la p¨¦rdida total sino tambi¨¦n la p¨¦rdida parcial de puntos, y que puede recurrir la multa pese a haberla pagado para obtener la reducci¨®n del 30% de su importe.
En lo que se refiere a la p¨¦rdida parcial de puntos, el Supremo considera "indudable" que el sancionado tiene a su alcance "todos los medios de alegaci¨®n y de prueba", por lo que podr¨¢ hacer uso de ellos frente a la sanci¨®n y a la p¨¦rdida parcial de puntos que ¨¦sta lleve aparejada cuando sea firme.
En otro apartado dice que la sanci¨®n podr¨¢ impugnarse "en los casos en que el interesado hubiese obtenido una reducci¨®n del 30% sobre la cuant¨ªa de la multa, por haber realizado el pago de su importe durante los 30 d¨ªas naturales siguientes al de la notificaci¨®n del bolet¨ªn de denuncia".
Seg¨²n el subdirector de Normativa de la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico, Ram¨®n Ledesma, los conductores "actualmente ya pod¨ªan recurrir las sanciones y la p¨¦rdida de puntos, aunque se hubiesen acogido al pronto pago [30% de descuento]". Por lo que, en su opini¨®n, la sentencia del Supremo no supone ninguna novedad.
En cambio, la opci¨®n de aprovecharse del pago r¨¢pido y al mismo tiempo presentar alegaciones podr¨ªa tener los d¨ªas contados con la reforma de la Ley de Seguridad Vial, que se aprob¨® precisamente ayer en el Congreso con 193 votos a favor, dos en contra y la abstenci¨®n del PP (137 votos). La norma, que inicia ahora el tr¨¢mite en el Senado, podr¨ªa entrar en vigor la pr¨®xima primavera.
En el art¨ªculo 80 del proyecto aprobado se establece que quienes paguen la sanci¨®n en un plazo de 15 d¨ªas naturales obtendr¨¢n la reducci¨®n del 50% del importe de la sanci¨®n, a cambio de renunciar a presentar alegaciones y, por tanto, se da por terminado el procedimiento administrativo "sin necesidad de dictar resoluci¨®n expresa". A partir de ah¨ª queda abierta la posibilidad de presentar un recurso ante la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa.
Seg¨²n Ledesma, la sentencia del alto tribunal no tendr¨¢ ning¨²n efecto en la nueva Ley de Seguridad Vial, porque ahora "se ha pronunciado sobre un reglamento y no sobre la futura norma, algo que corresponder¨ªa al Constitucional".
El Gobierno espera que cuando entre en vigor el nuevo texto se puedan cobrar todas las multas, ya que actualmente cerca del 30% no se paga, y en los ayuntamientos ese porcentaje puede llegar al 70%.
Las medidas contra los conductores con multas pendientes se endurecer¨¢n, ya que quien tenga dos o m¨¢s multas firmes pendientes por infracciones graves o muy graves no podr¨¢n hacer gestiones en Tr¨¢fico relacionadas con los veh¨ªculos de los que es titular. Incluso se contempla la inmovilizaci¨®n del veh¨ªculo cuando los agentes comprueben estas deudas pendientes. No identificar al conductor que ha cometido una infracci¨®n y utilizar inhibidores de radar tambi¨¦n ser¨¢n conductas m¨¢s castigadas. De hecho, los conductores cazados con esos sistemas para eludir los radares ser¨¢n castigados con una multa de 6.000 euros. Tampoco se podr¨¢ pasar la ITV si no se acredita el pago del seguro. Adem¨¢s, se elimina el margen de permisividad de 10 kil¨®metros por hora en multas de velocidad. Se pagar¨¢n 100 euros desde el primer kil¨®metro de exceso.
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