"Se debe aceptar cualquier direcci¨®n"
Una orden de 1997 fija las condiciones para decidir los empadronamientos
La Abogac¨ªa General del Estado, en su respuesta al Ayuntamiento de Vic (Barcelona) en enero dej¨® claro que "la inscripci¨®n de los extranjeros procede con independencia de que los mismos tengan o no residencia legal en territorio espa?ol".
En el informe se cita la Resoluci¨®n del 4 de julio de 1997, del Instituto Nacional de Estad¨ªstica y de la Director General de Cooperaci¨®n Territorial, "de vigencia indiscutida". Esta normativa indica c¨®mo proceder en cuanto a empadronamientos y se?ala, literalmente, que "se debe aceptar como domicilio cualquier direcci¨®n donde efectivamente vivan los vecinos".
Se debe, incluso, "recurrir a una direcci¨®n ficticia en los supuestos en que una persona que carece de techo reside habitualmente en el municipio y sea conocida por los Servicios Sociales correspondientes".
Sobre la necesidad de tener localizado al inmigrante para hacerle llegar cualquier notificaci¨®n, la norma incluye "que los Servicios Sociales indiquen la direcci¨®n en la inscripci¨®n padronal, y se comprometan a intentar la pr¨¢ctica de la notificaci¨®n cuando se reciba en esa direcci¨®n una comunicaci¨®n procedente de alguna Administraci¨®n p¨²blica".
En el ep¨ªgrafe 5, Empadronamiento de extranjeros, se recoge respecto a los ayuntamientos que su obligaci¨®n es "reflejar en un registro, el padr¨®n, el domicilio y circunstancias de todas las personas que habitan en su t¨¦rmino municipal". Y a?ade a continuaci¨®n: "Una vez m¨¢s debe reiterarse que la misi¨®n del padr¨®n es constatar el hecho de la residencia, y no controlar los derechos de los residentes".
Las infraviviendas y los asentamientos ilegales, en la realidad, representan el domicilio habitual de muchas personas, sobre todo tras la crisis econ¨®mica y en los municipios cercanos a zonas de recolecci¨®n agr¨ªcola, donde se puede encontrar trabajo. Esos domicilios tambi¨¦n deben incluirse en el padr¨®n."En estas condiciones, la direcci¨®n del empadronamiento ser¨¢ la que se?alen los Servicios Sociales: la direcci¨®n del propio servicio, la del albergue municipal, la del punto geogr¨¢fico concreto donde ese vecino suela pernoctar, etc".
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