Hienas bolcheviques
Ni siquiera la sentencia del Supremo de 17 de mayo, que revoca el sobreseimiento dictado el 1 de agosto de 2009 por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en favor el presidente de la Generalidad valenciana, ha conseguido borrar del rostro de Francisco Camps su mueca pat¨¦tica en forma de sonrisa. Actuando quiz¨¢ como portavoz oficioso, un eurodiputado popular vasco de visita en Valencia ha calificado de hienas bolcheviques a quienes critican a su correligionario. La resoluci¨®n del TSJCV, adoptada en su d¨ªa por mayor¨ªa simple gracias al voto de su presidente ("m¨¢s que un amigo", seg¨²n el propio Camps), ha proporcionado tan s¨®lo un breve respiro al incierto futuro procesal del PP valenciano, imputado por sus oscuras conexiones con la trama G¨¹rtel.
El Supremo mantiene la imputaci¨®n por cohecho contra el presidente de la Generalidad valenciana
La sentencia del Supremo procede de forma minuciosa a la demolici¨®n de los fr¨¢giles fundamentos de ca?as y barro construidos in¨²tilmente por el auto del 1 de agosto para privar de relevancia penal al comportamiento de Camps. El resultado se daba por descontado. Los indicios acumulados por el magistrado instructor de la causa -aceptados por la Sala del TSJCV- muestran que el presidente de la Generalidad no pudo acreditar el pago de varios trajes llovidos desde el cielo hasta su ropero, tal y como el presumido petimetre hab¨ªa afirmado falsamente en sede judicial. El Supremo constata que los regalos de esas prendas de vestir se hicieron "de forma repetida, con aparente opacidad" y sin otra justificaci¨®n que la funci¨®n p¨²blica de Camps. El juicio oral -cuya celebraci¨®n trat¨® in¨²tilmente de impedir el auto de sobreseimiento del pasado mes de agosto- proceder¨¢ a comprobar si Correa encabez¨® efectivamente la cabalgata de los Reyes Magos que colm¨® de regalos horteras a unos cargos p¨²blicos capaces de conceder todo tipo de mercedes desde sus altos puestos.
La sentencia demuestra sin lugar a dudas que los regalos recibidos por Camps encajan -cuando menos- en el marco penal del llamado cohecho impropio, modalidad de soborno que trasciende los comportamientos merecedores ¨²nicamente de sanci¨®n moral o social y que se inscribe de lleno en un continuo criminal subdividido s¨®lo por la cuant¨ªa de las penas. Frente a la disparatada interpretaci¨®n dada por el TSJCV para sobreseer a Camps, el cohecho impropio pasivo -reitera el Supremo- es el delito cometido por autoridades o funcionarios que reciben d¨¢divas o regalos, bien sea "en consideraci¨®n a su funci¨®n" (sin necesidad de que se traduzca en causa directa o inmediata de una medida concreta), bien sea "para la consecuci¨®n de un acto no prohibido legalmente". Si la doctrina del TSJCV no hubiese sido revocada, las autoridades podr¨ªan recibir impunemente de cualquiera -como se?al¨® el fiscal- "un inmueble, un veh¨ªculo o un mill¨®n de euros", en lugar de ajustarse a las normas culturales de una sociedad regida por el Estado de derecho.
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