La inscripci¨®n la resolver¨¢ la Sala Especial del alto tribunal
Si el Ministerio del Interior aprecia que de los estatutos de Sortu se desprende que la nueva formaci¨®n pretende continuar o suceder la actividad de otro partido declarado ilegal y disuelto, los remitir¨¢ a la Fiscal¨ªa General y a la Abogac¨ªa del Estado para que, en un plazo de 20 d¨ªas puedan instar el incidente de ejecuci¨®n de sentencia previsto en el art¨ªculo 12 de la Ley de Partidos Pol¨ªticos. En ese caso se repetir¨¢ el mismo proceso que en 2007 llev¨® a la Sala Especial del art¨ªculo 61 del Supremo a denegar la inscripci¨®n de Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB) antes de los comicios de aquel 27 de mayo.
El plazo para impugnar la inscripci¨®n es de 20 d¨ªas h¨¢biles (no se cuentan s¨¢bados, domingos ni festivos) a contar desde anteayer, en que fueron presentados los estatutos de Sortu. Interior los remite a la Fiscal¨ªa General y a la Abogac¨ªa del Estado, que confeccionar¨¢n sus demandas a partir de los informes de la Polic¨ªa y Guardia Civil sobre los promotores y las presentar¨¢n ante la Sala Especial. Si se sigue el gui¨®n de ASB, la Sala dar¨¢ a Sortu 10 d¨ªas para presentar alegaciones y pruebas, y despu¨¦s resolver¨¢ sobre la inscripci¨®n.
En el caso de ASB, desde que Interior apreci¨® indicios de ilegalidad, el 27 de marzo de 2007, y los remiti¨® al fiscal y a la Abogac¨ªa del Estado hasta que la Sala Especial deneg¨® la inscripci¨®n, en sentencia de 16 de mayo, transcurri¨® un mes y medio aproximadamente.
La Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa del Estado presentaron sus demandas el 3 de abril para ilegalizar ASB como sucesora de Batasuna. Sin embargo, aquel proceso se vio enturbiado por la irrupci¨®n de agrupaciones de electores bajo la marca Abertzale Sozialistak y candidaturas del partido legal ANV, y ASB pas¨® a segundo plano.
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