Los gritos del silencio
La Sala Especial del Supremo ha admitido a tr¨¢mite las demandas presentadas por la Abogac¨ªa y la Fiscal¨ªa General del Estado para impedir la inscripci¨®n en el Registro de partidos de Sortu, una formaci¨®n pol¨ªtica promovida por sectores de la llamada izquierda abertzale subordinada durante m¨¢s de dos d¨¦cadas a ETA. Ambos escritos aprecian la existencia de indicios de continuidad o sucesi¨®n de Sortu respecto a Batasuna, ilegalizada por sentencia del alto tribunal en marzo de 2003 (confirmada por el Constitucional en 2004 y por la Corte de Estrasburgo en 2009) como parte del entramado pol¨ªtico de la organizaci¨®n terrorista. La v¨ªa procesal de las demandas ser¨¢ el tr¨¢mite de ejecuci¨®n de sentencia regulado por el art¨ªculo 12 de la Ley Org¨¢nica de Partidos Pol¨ªticos (LOOP) de 2002, que considera fraudulenta la creaci¨®n de un nuevo partido (o la utilizaci¨®n de otro ya inscrito en el Registro) para proseguir la actividad de un partido disuelto por la resoluci¨®n judicial de referencia.
La Abogac¨ªa y la Fiscal¨ªa del Estado se oponen a la inscripci¨®n de Sortu en el Registro de Partidos
No ser¨ªa la primera vez que la disuelta Batasuna tratase de burlar de manera fraudulenta o con abuso de personalidad jur¨ªdica su ilegalizaci¨®n a trav¨¦s de una marca enmascarada. As¨ª ocurri¨® en las elecciones municipales de 2007 con Abertzale Socialisten Batasuna, cuya inscripci¨®n registral fue denegada en tr¨¢mite de ejecuci¨®n de la sentencia ilegalizadora de marzo de 2003. El mismo fracaso cosecharon las diversas coaliciones o agrupaciones electorales (como Autodeterminaziorako Bilgunea, Herritarren Zerrenda, Aukera Guztiak y Demokracia Hiru Milioi) promovidas por el brazo pol¨ªtico de ETA para los comicios de 2003, 2004, 2005 y 2009, aunque esta vez su invalidaci¨®n fue llevada a cabo mediante el procedimiento previsto por la ley electoral.
A la Sala Especial del Supremo le corresponder¨¢ ahora decidir, previa audiencia de los interesados, si ha surgido alg¨²n elemento nuevo -especialmente referido a la disposici¨®n "de apoyar la violencia o el terrorismo"- en las relaciones entre Batasuna y Sortu que difiera de los casos precedentes. La Abogac¨ªa y la Fiscal¨ªa General del Estado lo niegan; a juicio de los servicios jur¨ªdicos del gobierno, "la subordinaci¨®n del nuevo partido a la estrategia de ETA o, en el mejor de los casos, su coordinaci¨®n con la organizaci¨®n terrorista resulta patente". Por lo dem¨¢s, en el supuesto de que Sortu pasara la prueba en el tr¨¢mite de ejecuci¨®n de la sentencia ilegalizadora de Batasuna y lograra su inscripci¨®n en el Registro, podr¨ªa ser sometida otra vez al escrutinio del Supremo caso de acreditarse comportamientos reiterados y graves incompatibles con la ley de partidos, tal y como ocurri¨® con los procesos dirigidos contra Acci¨®n Nacionalista Vasca (ANV) y Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV), inscritos ambos en el Registro de Partidos.
Dados los abundantes precedentes de doblez de la izquierda abertzale en sus relaciones con el Estado de derecho, las sospechas hacia los patrocinadores de Sortu (la flor y nata de la direcci¨®n de la ilegalizada Batasuna) y sus estatutos no carecen de fundamento. Dentro de la tenaz campa?a del nacionalismo radical vinculado a ETA por recuperar dentro de las instituciones municipales y auton¨®micas el espacio legal que corresponder¨ªa al espacio electoral alcanzado en diferentes etapas (desde el techo de los casi 230.000 votos logrados durante la tregua de ETA de 1998 hasta el suelo de 100.000 sufragios nulos de protesta a partir de 2003) bajo diferentes marcas, la apuesta a favor de Sortu incorpora algunos notables cambios. Los estatutos del nuevo partido no s¨®lo dibujan los planos de una arquitectura institucional democr¨¢tica, sino que adem¨¢s contienen varios pronunciamientos de rechazo a la violencia de ETA.
Es cierto que ese viraje hacia el futuro no va acompa?ado de ninguna autocr¨ªtica de la izquierda abertzale por su apoyo en el pasado a las acciones terroristas; el silencio o las evasivas de los promotores de Sortu ante la detenci¨®n en Vizcaya hace escasos d¨ªas de un comando de ETA, acusado de graves cr¨ªmenes y custodio de un importante almac¨¦n de explosivos preparados para eventuales atentados, acent¨²a la dificultad de trazar una n¨ªtida frontera el ayer, el hoy y el ma?ana.
Ahora bien, ni la LOPP ni la jurisprudencia espa?ola y europea exigen manifestaciones de arrepentimiento por comportamientos pasados para aceptar el retorno a la democracia y al Estado de derecho de quienes antes negaban sus reglas. Tal y como demostraron en su d¨ªa los juicios de la Santa Inquisici¨®n, la sinceridad siempre resulta dif¨ªcil de probar. Y aunque el derecho a elegir y a ser elegido, a participar en los asuntos p¨²blicos y a la asociaci¨®n en ninguna circunstancia pueda justificar la utilizaci¨®n de los partidos como tapaderas de organizaciones terroristas, tampoco cabe olvidar que el pluralismo del Pa¨ªs Vasco requiere para su normalizaci¨®n definitiva una expresi¨®n electoral y representativa completa y pac¨ªfica.
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