El Supremo anula el decreto antitabaco descafeinado de Aguirre
La sentencia ya no tiene efecto pr¨¢ctico porque la nueva ley derog¨® la anterior
Han hecho falta casi cuatro a?os y medio, pero finalmente el Tribunal Supremo ha puesto fin al culebr¨®n que protagonizaron Esperanza Aguirre y el Ministerio de Sanidad a cuenta de la aplicaci¨®n en Madrid de la primera ley antitabaco, la que el Gobierno aprob¨® a finales de 2005. El Supremo, en una sentencia del 6 de abril, anula el decreto que desarrollaba en la regi¨®n la ley estatal. Un texto, aprobado en 2006 y mucho m¨¢s permisivo con los fumadores, con el que Aguirre desafi¨® abiertamente al Gobierno. No fue la ¨²nica. Las comunidades del PP y el Ministerio se enzarzaron en una batalla legal casi desde el primer momento. El Gobierno central recurri¨®, adem¨¢s de la normativa madrile?a, las de la Comunidad Valenciana, La Rioja y Castilla y Le¨®n.
Madrid permit¨ªa fumar en muchos m¨¢s sitios que la normativa estatal
El Supremo da carpetazo a la controversia, pero su decisi¨®n ya no tiene m¨¢s efecto que el de dar la raz¨®n al Ministerio, la asociaci¨®n Nofumadores.org y la Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios (OCU), que emprendieron acciones judiciales contra el decreto madrile?o. El pasado 2 de enero entr¨® en vigor una nueva ley antitabaco, m¨¢s restrictiva que la anterior y que el Gobierno de Aguirre no ha desarrollado mediante ning¨²n decreto propio. El efecto pr¨¢ctico de la sentencia es, pues, cero. Los magistrados del Supremo declaran la nulidad de la norma madrile?a "por entender que falta el informe preceptivo del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, por lo que incurre en nulidad de pleno derecho". Es decir, por una cuesti¨®n de forma y no de fondo.
La escalada judicial empez¨® cuando el Gobierno de Aguirre public¨® un decreto antitabaco mucho m¨¢s descafeinado que la ley estatal. Inclu¨ªa tantas excepciones que, al final, se pod¨ªa fumar casi en cualquier sitio. A la hora de computar si un local ten¨ªa m¨¢s de 100 metros -en cuyo caso estar¨ªa obligado a habilitar zona de fumadores-, el decreto madrile?o permit¨ªa contar solo los espacios a los que acced¨ªan los clientes y no la totalidad del establecimiento. Tambi¨¦n permit¨ªa fumar en los bares de los centros de trabajo de m¨¢s de 100 metros, cuando la ley prohib¨ªa el tabaco en las empresas. Aguirre tambi¨¦n dejaba fumar en celebraciones privadas y reservados de restaurantes y exim¨ªa a los empresarios de separar f¨ªsicamente las zonas de fumadores. Les exig¨ªa ¨²nicamente "sistemas de extracci¨®n o eliminaci¨®n" de humos.
El Ministerio, junto con las dos asociaciones, present¨® un recurso contencioso-administrativo. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dio la raz¨®n en diciembre de 2008 y anul¨® el decreto auton¨®mico, que Elena Salgado, entonces ministra del ramo, calific¨® de "flagrante violaci¨®n" de la norma estatal. Pero Aguirre recurri¨® y, mientras tanto, su decreto sigui¨® en vigor. "Acatamos la sentencia", asegur¨® ayer una portavoz de la Consejer¨ªa de Sanidad, pese a su nulo efecto pr¨¢ctico. Record¨®, eso s¨ª, que se basa ¨²nicamente en un defecto de forma. La Comunidad de Madrid no ha aprobado ning¨²n reglamento para la nueva ley antitabaco. "Es tan restrictiva que no deja margen para desarrollarla", se?al¨® la consejer¨ªa.
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