Un tribunal de todos... para unos pocos
Los partidos mediatizan el Constitucional gracias a la pr¨®rroga del mandato de sus jueces y a las cuotas en su renovaci¨®n - Expertos proponen f¨®rmulas para recortar el poder de los pol¨ªticos
Tres magistrados del Tribunal Constitucional dimitieron el pasado lunes -sin que su renuncia fuera aceptada- para provocar su renovaci¨®n. Y la pol¨¦mica sobre el sistema de nombramiento de los miembros del alto tribunal y su instrumentalizaci¨®n por los partidos para colocar a sus afines volvi¨® a estallar. La pr¨®rroga del mandato de los jueces mientras se elige a sus sustitutos y la mayor¨ªa de tres quintos necesaria en el Congreso de los Diputados y en el Senado para su designaci¨®n deja en manos de las principales formaciones -que se reparten los cargos en funci¨®n de su representaci¨®n- la elecci¨®n del momento de la renovaci¨®n.
Y esa prerrogativa no es balad¨ª. Permite al PSOE y al PP, los grupos que dominan ambas c¨¢maras, aplazar la renovaci¨®n en funci¨®n del juego de mayor¨ªas en las instituciones y sus intereses partidistas. Un ejemplo: la ¨²ltima renovaci¨®n, correspondiente al tercio de magistrados que nombra el Senado, lleg¨® el pasado noviembre, casi tres a?os despu¨¦s del fin del mandato de los magistrados a sustituir, que concluy¨® en diciembre de 2007. En esa renovaci¨®n, seg¨²n las cuotas pactadas por los partidos, correspond¨ªa proponer dos nombres al PSOE y otros dos al PP, pero de los cuatro magistrados salientes, tres eran conservadores propuestos por el PP en la anterior renovaci¨®n.
"No estaba en nuestra cabeza la utilizaci¨®n pol¨ªtica", dice Peces-Barba
La elecci¨®n de los magistrados del Supremo de EE UU es vitalicia
El proceso de nombramientos, pues, perjudicaba los intereses de ese ¨²ltimo partido, ya que, si se entienden los magistrados como correa de transmisi¨®n de los pol¨ªticos que los proponen, perder¨ªa influencia en el tribunal en favor del PSOE. Sobre la mesa, adem¨¢s, hab¨ªa varios asuntos clave para los populares, como el recurso presentado contra el Estatuto catal¨¢n. Cuando la renovaci¨®n, finalmente, sali¨® adelante tras la resoluci¨®n de ese caso, el empate entre conservadores y progresistas -escorado hacia estos ¨²ltimos gracias al voto de calidad de la entonces presidenta, Mar¨ªa Emilia Casas, propuesta por el PSOE- deriv¨® en mayor¨ªa de progresistas, que ahora tienen un magistrado m¨¢s.
Parte del origen de esta utilizaci¨®n partidista del tribunal se debe a la redacci¨®n que se dio a su regulaci¨®n en la Constituci¨®n, que se limita a regular su composici¨®n, sistema de nombramiento y duraci¨®n del mandato, pero no establece el cese autom¨¢tico de los magistrados que hayan llegado a su fin.
"Fue una cuesti¨®n que se dej¨® poco atada", recuerda Gregorio Peces-Barba, exdiputado del PSOE, expresidente del Congreso, ponente de la norma fundamental y catedr¨¢tico de Filosof¨ªa del Derecho de la Universidad Carlos III. "No estaba en nuestra cabeza que esa utilizaci¨®n pol¨ªtica de los nombramientos se pudiera producir", a?ade. Peces-Barba pone como ejemplo su participaci¨®n como diputado del PSOE en los primeros nombramientos, en enero de 1980. "Todo se produjo de forma muy amistosa y se lleg¨® r¨¢pidamente a un acuerdo entre nosotros y la UCD. Me reun¨ª con el entonces ministro de la Presidencia, Jos¨¦ Pedro P¨¦rez Llorca, y Francisco Rubio Llorente, secretario general de las Cortes Constituyentes, y elegimos cuatro nombres entre juristas muy competentes", relata el catedr¨¢tico. Como an¨¦cdota que refleja la falta de tensi¨®n entre partidos, recuerda la manera en que surgi¨® el nombre del propio Rubio Llorente, presente en la reuni¨®n. "En mitad de las conversaciones le dije '?y por qu¨¦ t¨² no?', eres presidente del Centro de Estudios Constitucionales". A P¨¦rez Llorca le pareci¨® bien y Rubio Llorente fue el magistrado que m¨¢s votos obtuvo en el Pleno, 255.
El expresidente del Congreso afirma que los nombramientos siguientes se produjeron con normalidad. Incluso en el per¨ªodo en que Manuel Fraga -entonces l¨ªder de AP y tambi¨¦n ponente de la norma fundamental- era l¨ªder de la oposici¨®n en el primer Gobierno de Felipe Gonz¨¢lez. "La cosa cambi¨® con el nuevo PP y Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar", prosigue Peces-Barba. "Mantener una equidistancia en este asunto es absolutamente injusto. Fueron ellos los que pervirtieron el sistema de designaci¨®n de magistrados. Antes parec¨ªa algo inconcebible".
Visto el resultado 34 a?os despu¨¦s, el profesor considera que debi¨® incluirse en la Constituci¨®n el cese autom¨¢tico de los magistrados al t¨¦rmino de sus mandatos para impedir su pr¨®rroga, recogida en la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional (LOTC). "Hace falta buscar una soluci¨®n alternativa para casos como estos en los que los partidos no llegan a un acuerdo. Hay que disminuir su capacidad de boicoteo", contin¨²a. "El nombramiento de magistrados provisionales por los presidentes del Congreso y del Senado ser¨ªa una buena idea", sostiene.
Sin embargo, la idea de Peces-Barba obligar¨ªa a reformar la Constituci¨®n, que establece que la propuesta de ocho de 12 magistrados del tribunal corresponde a las C¨¢maras, como explica el catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad del Pa¨ªs Vasco Eduardo V¨ªrgala. "Dejar en manos de sus presidentes la designaci¨®n de jueces suplentes ser¨ªa poco factible", sostiene. El cese autom¨¢tico de los magistrados al final del mandato s¨ª podr¨ªa contemplarse, seg¨²n V¨ªrgala, ya que para establecerlo bastar¨ªa una reforma de la LOTC. "El problema es que, si no hubiera acuerdo de los partidos, sucesivos ceses podr¨ªan dejar al tribunal sin el n¨²mero necesario de magistrados y afectar a su funcionamiento", contin¨²a. V¨ªrgala subraya otro factor que ha retrasado las ¨²ltimas renovaciones, la propuesta de candidatos sin el reconocido prestigio. En la concluida por el Senado el pasado noviembre con tres a?os de retraso, el PP se empe?¨® en presentar como candidato al magistrado de la Audiencia Nacional Enrique L¨®pez, exvocal a propuesta de ese partido en el Consejo General del Poder Judicial y considerado muy af¨ªn a sus tesis, a pesar de que un informe de la C¨¢mara aseguraba que no contaba con los 15 a?os de ejercicio profesional necesarios que exige la Constituci¨®n para formar parte del tribunal, lo que demor¨® el acuerdo. Para la pr¨®xima renovaci¨®n, la de los magistrados del Congreso, ha vuelto a presentar al mismo magistrado.
Con el fin de evitar que la cercan¨ªa a los partidos se imponga sobre la capacidad de los candidatos, el catedr¨¢tico sugiere una reforma para que otras instituciones -como el Consejo de Universidades o los colegios de abogados, por ejemplo- sean las que propongan nombres al Congreso dejando siempre a los diputados la ¨²ltima palabra, como exige la Constituci¨®n y la ley. "Podr¨ªan elegir entre ellos a progresistas o a conservadores, pero siempre de reconocido prestigio y con mayor apariencia de independencia", afirma. "Un sistema parecido se ha articulado en el Senado al permitir proponer candidatos a los Parlamentos aut¨®nomos", a?ade.
En medio de la nueva pol¨¦mica, los partidos han vuelto a lanzar propuestas te¨®ricamente encaminadas a acabar con la politizaci¨®n del ¨®rgano. La ¨²ltima proviene del PP, que aboga por un mandato de los magistrados vitalicio, como en el Tribunal Supremo de Estados Unidos. Se trata de una apuesta de futuro incierto, por cuanto obligar¨ªa tambi¨¦n a reformar la Constituci¨®n.
"El hecho de que los magistrados del Tribunal Supremo norteamericano sean vitalicios es cierto que genera independencia. Algunos jueces, una vez nombrados, han demostrado tener una trayectoria diferente de la ideolog¨ªa del presidente que los nombr¨®", explica Alejandro M. Garro, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Columbia. "Pero tambi¨¦n genera din¨¢micas poco deseables", prosigue Garro. "A veces, el tribunal ha estado enquistado a derecha o izquierda durante per¨ªodos de hasta 30 a?os", a?ade.
El profesor de la universidad americana pone el acento, sin embargo, en el sistema de selecci¨®n. Tras la designaci¨®n por el presidente, los candidatos a formar parte de la Corte tienen que pasar un duro examen en la Comisi¨®n de Justicia del Senado y enfrentarse al voto del pleno de sus miembros, que puede vetarlos. Adem¨¢s de las preguntas de los senadores, los nominados deben presentar un enorme cuestionario en el que no solo se detalla su curr¨ªculo y trayectoria profesional; tambi¨¦n las asociaciones a las que han pertenecido, todos los premios recibidos y las entidades que los proporcionaron, las conferencias y cursos a los que asistieron y qui¨¦n los financi¨® y sus casos m¨¢s importantes para despejar la existencia de cualquier conflicto de inter¨¦s, algo impensable en Espa?a.
"En Espa?a basta con ser un jurista de reconocido prestigio con 15 a?os de ejercicio, pero en EE UU, los senadores no solo preguntan a los candidatos sobre su trayectoria profesional anterior sino sobre episodios de su vida privada, sus creencias o su ideolog¨ªa. Y los interrogatorios, que duran hasta dos o tres d¨ªas, se transmiten por televisi¨®n. Los medios los despedazan", prosigue Garro. "Aqu¨ª se entiende que cumplir con el requisito de ser un buen jurista no garantiza la integridad moral del futuro juez".
Ese proceso fue el que impidi¨® a la abogada y consejera del presidente George W. Bush, Harriet Miers, formar parte del alto tribunal. Los senadores, tanto republicanos como dem¨®cratas, reclamaron documentos internos sobre su asesor¨ªa al entonces presidente, que la Casa Blanca se neg¨® a hacer p¨²blicos, lo que oblig¨® a retirar su candidatura.
?Aprobar¨ªa Enrique L¨®pez, eterno candidato del PP al Constitucional, un examen como ese?
Lo que dice la Constituci¨®n y la ley
- Art¨ªculo 159 de la Constituci¨®n. 1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayor¨ªa de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con id¨¦ntica mayor¨ªa; dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
2. Los miembros del Tribunal Constitucional deber¨¢n ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios p¨²blicos y abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con m¨¢s de 15 a?os de ejercicio profesional.
3. Los miembros del Tribunal Constitucional ser¨¢n designados por un periodo de nueve a?os y se renovaran por terceras partes cada tres.
- Art¨ªculo 16.5 de la Ley Org¨¢nica del tribunal. Las vacantes producidas por causas distintas a la de la expiraci¨®n del periodo para el que se hicieron los nombramientos ser¨¢n cubiertas con arreglo al mismo procedimiento utilizado para la designaci¨®n del magistrado que hubiese causado vacante y por el tiempo que a este restase. Si hubiese retraso en la renovaci¨®n por tercios de los magistrados, a los nuevos que fuesen designados se les restar¨¢ del mandato el tiempo de retraso en la renovaci¨®n.
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