Alargar lo inevitable
La pr¨¢ctica m¨¦dica diaria da lugar a no pocos dilemas ¨¦ticos por el conflicto entre lo que el m¨¦dico es capaz de hacer y lo que es l¨ªcito hacer; porque no todo lo que es t¨¦cnicamente posible es ¨¦ticamente admisible. Esto es algo que a veces se nos olvida a los m¨¦dicos.
Ante esos dilemas, es una constante tentaci¨®n llevar los problemas ¨¦ticos -abiertos a la opini¨®n de todos, m¨¦dicos o pacientes- a t¨¦rminos t¨¦cnicos, que nos competen en exclusiva. Si, desde nuestra autoridad cient¨ªfica, sentenciamos que la alimentaci¨®n por medio de un tubo pl¨¢stico a trav¨¦s de la nariz de un paciente es un cuidado b¨¢sico y no un tratamiento m¨¦dico, habremos cerrado falsamente -y abusando de autoridad m¨¦dicocient¨ªfica- el verdadero debate ¨¦tico: si es l¨ªcito mantener en una vida meramente vegetativa, mediante esta alimentaci¨®n artificial, a un paciente cuya demencia avanzada y terminal, imposible de revertir m¨¦dicamente, ha llegado al punto de no permitirle alimentarse.
Si, obviando la respuesta a esta pregunta ¨¦tica, explicamos a los familiares de un paciente en esta situaci¨®n, que suspender la alimentaci¨®n artificial es "matarlo de hambre", como a diario escuchan familiares indefensos de contraargumentos t¨¦cnicos, estaremos abusando de nuestra supremac¨ªa de hecho e imponiendo nuestra ¨¦tica al paciente y a sus representantes legales, cosa que intentaba evitar expresamente la aparentemente malograda ley de derechos al final de la vida.
Seamos sensatos: lo que acaba con la vida de un enfermo de demencia en fase terminal es la demencia que impide la alimentaci¨®n natural, es decir, su enfermedad. Lo que hacemos con una alimentaci¨®n artificial es impedir esa muerte natural que algunos predican con tanta dedicaci¨®n. Este empe?o por alargar lo inevitable prolongando la agon¨ªa, no es que no sea cuidado paliativo, es ensa?amiento terap¨¦utico; una conducta que se rechaza incluso desde posiciones confesionales, pero que es com¨²n en nuestros hospitales y, no digamos, en nuestras residencias de ancianos.
El marco ¨¦tico-legal que debe inspirar todas nuestras actuaciones es la ley de autonom¨ªa del paciente, que establece muy claramente que cualquier actuaci¨®n m¨¦dica, lo mismo sea poner que quitar una sonda de alimentaci¨®n artificial, debe ajustarse minuciosamente al principio de autonom¨ªa del paciente y, en caso de incapacidad, a lo expresado por sus representantes legales.
Lo que de ning¨²n modo debemos hacer los m¨¦dicos es confundir a la ciudadan¨ªa con sofismas: claro que nuestro deber es alimentar a un ni?o peque?o incapaz de alimentarse por s¨ª mismo. La diferencia -que alguno parece no apreciar- es que en ese caso nuestra obligaci¨®n ¨¦tica con el ni?o es facilitar que llegue a tener una vida digna, y en el caso de Carmen, con 91 a?os, y una demencia terminal en estado vegetativo, es permitirle una muerte digna.
Luis Montes y Fernando Soler son m¨¦dicos del hospital Severo Ochoa y miembros de Derecho a Morir Dignamente.
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