Menos de un mes para cerrar una p¨¢gina
El reglamento de aplicaci¨®n de la llamada ley Sinde establece un m¨¢ximo de 15 pasos para que el organismo competente, la secci¨®n segunda de la Comisi¨®n de la Propiedad Intelectual, llegue al cierre de una web que, sin autorizaci¨®n, albergue o facilite contenidos protegidos por derechos de autor. Desde la admisi¨®n de la solicitud presentada por el due?o de los derechos hasta la interrupcci¨®n del servicio (el cierre de la web), el proceso puede durar menos de 28 d¨ªas.
El plazo m¨¢ximo ser¨ªa de tres meses. No explicita el reglamento el modo de proceder si la web est¨¢ radicada en el extranjero. En ese caso la responsabilidad del bloqueo del acceso desde Espa?a a esas p¨¢ginas recaer¨ªa sobre las operadoras.
Una vez admitida la solicitud de retirada de los contenidos, se identificar¨ªa al supuesto infractor. Si esta identificaci¨®n no fuese posible, se reclamar¨ªan los datos personales, previo auto del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, a los proveedores y operadoras que ofrecen la infraestructura a la web.
El juez tiene cinco d¨ªas para dictar ese primer auto. Las operadoras deber¨¢n entonces facilitar los datos del infractor en 48 horas. En este punto se inicia propiamente el procedimiento, que arranca con la notificaci¨®n de su apertura al infractor.
Esa notificaci¨®n incluye un requerimiento para que en 48 horas sean retirados los contenidos presuntamente il¨ªcitos. Dentro de ese periodo de tiempo el infractor puede retirar los contenidos o presentar alegaciones. El reglamento no fija plazo para responder a las alegaciones.
En cualquier caso, si el infractor no retira los contenidos en esas 48 horas el proceso entra en la fase final: dos d¨ªas para alcanzar una propuesta de resoluci¨®n y cinco para que las partes presenten sus conclusiones. La resoluci¨®n final se dictar¨ªa "en el plazo m¨¢ximo de los tres d¨ªas siguientes" a esas conclusiones.
El infractor debe entonces, en 24 horas, retirar los contenidos o dejar de enlazarlos. Si no lo hace, se requerir¨ªa a las operadoras que corten el servicio a la web o bloqueen su acceso. Dicho requerimiento deber¨¢ contar de nuevo con una autorizaci¨®n del juzgado, que tendr¨¢ cinco d¨ªas para dictar el segundo auto. Las operadoras cuentan entonces con tres d¨ªas para actuar. De no hacerlo, supondr¨ªa una infracci¨®n "muy grave", penada con multas que van de los 150.000 euros a los 600.000, seg¨²n recoge la ley de servicios de la sociedad de la informaci¨®n.
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