El Ayuntamiento de Sanxenxo dice "que no est¨¢ ni estar¨¢ en quiebra" por la sentencia
El consistorio responsabiliza directamente a la ley de medidas urgentes en materia de vivienda aprobada por el bipartito
La Alcaldesa de Sanxenxo, Catalina Gonz¨¢lez, ha afirmado que el Ayuntamiento "no est¨¢ en quiebra, ni estar¨¢", a pesar de la sentencia judicial que obliga a esta administraci¨®n a devolver los 3,8 millones de euros que percibi¨® en virtud del convenio urban¨ªstico suscrito con las empresas promotoras de un suelo urbanizable. Gonz¨¢lez asegur¨® que la sentencia "no repercutir¨¢ en los servicios que presta el Ayuntamiento, ni en la aportaci¨®n que los vecinos realizan a trav¨¦s del pago de impuestos". Y aprovech¨® su comparecencia para criticar que esta situaci¨®n "deriva directamente" de la ley de medidas urgentes en materia de vivienda aprobada en al etapa del bipartito, que a su jucio, dej¨® a empresarios y administraci¨®n "con nula seguridad jur¨ªdica".
"Esta sentencia supone un nuevo rev¨¦s del que el Ayuntamiento de Sanxenxo saldr¨¢ airoso, al igual que de todos aquellos que fuimos afrontando en los ¨²ltimos a?os", ha a?adido Gonz¨¢lez, quien ha recalcado que esta administraci¨®n no se encuentra en una situaci¨®n de quiebra t¨¦cnica "ni lo estar¨¢ mientras yo siga al frente de este Gobierno". A pesar de ello la oposici¨®n habla de una situaci¨®n de quiebra y pide la dimisi¨®n de la alcaldesa.
A este respecto, la alcaldesa a?adi¨® que Sanxenxo no est¨¢ entre "los municipios objeto de rescate" por parte de otras administraciones, ya que cumpli¨® "siempre con todos los compromisos adquiridos, a pesar de la dif¨ªcil situaci¨®n que atraviesa el pa¨ªs y a la que esta administraci¨®n no es ajena".
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo n¨²mero 3 de Pontevedra declar¨® firme la sentencia, emitida en el mes de mayo, en la que estimaba el recurso interpuesto por las empresas Emprosal 16 S.A., Llave del A?o S.L. y Lanzagolf S.L., a las que ha de reintegrar la cuant¨ªa de 3.830.692 euros percibida en virtud del convenio urban¨ªstico suscrito subscrito con las citadas promotoras del suelo urbanizable n¨²mero 13, situado en Monte Faro. El Ayuntamiento ha decidido impugnar el fallo despu¨¦s de declararse desierto el recurso de apelaci¨®n por no presentar el escrito de personamiento.
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