Espa?a y el d¨¦ficit de justicia
El proceso sobre los cr¨ªmenes del franquismo que abord¨® Garz¨®n no fue una "ocurrencia" suya, sino una respuesta perfectamente sostenible a las peticiones de v¨ªctimas de graves violaciones de derechos humanos
El 24 de enero comienza el juicio contra el juez Garz¨®n por su actuaci¨®n jurisdiccional tras recibir m¨²ltiples denuncias sobre cr¨ªmenes cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo. Lo expresamos as¨ª porque conviene recordar que el impulso lo dieron v¨ªctimas individuales y asociaciones memorialistas que acudieron a la Audiencia Nacional exigiendo no solo reparaci¨®n sino tambi¨¦n verdad y justicia; o, por utilizar sus propias palabras, que acudieron a la Audiencia Nacional para pedir el "auxilio de la justicia". El proceso pues que el juez Garz¨®n abord¨® no fue una "ocurrencia" suya sino la respuesta que desde el derecho, nacional e internacional, merece cualquier v¨ªctima de graves violaciones a los derechos humanos, como se hizo con las v¨ªctimas de la dictadura argentina, por citar un ejemplo al que luego volveremos.
En vez de responder a cr¨ªmenes cometidos en su territorio, Espa?a persigue a quien lo intenta
Garz¨®n es juzgado por proponer una interpretaci¨®n conforme al Derecho Internacional
Conviene tambi¨¦n recordar que el juez Garz¨®n est¨¢ suspendido en sus funciones por este procedimiento desde mayo de 2010; y que desde julio de 2011 solo estaba ya pendiente fijar fecha de celebraci¨®n del juicio. Llamativo es, no obstante, que el Tribunal Supremo haya decidido que el primer juicio contra Garz¨®n sea el de "las escuchas de G¨¹rtel"; un proceso que, no olvidemos, naci¨® despu¨¦s del que nos ocupa. Recordemos tambi¨¦n que esta demora, que se suma a otras muchas, ha paralizado la resoluci¨®n de dos cuestiones de competencia planteadas por dos de los juzgados a favor de los que se inhibi¨® el Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 5 y cuya resoluci¨®n est¨¢ suspendida a resultas del enjuiciamiento del juez Garz¨®n. Singular soluci¨®n que ha alcanzando tambi¨¦n a otros dos procesos por decisi¨®n de la Audiencia Provincial de Pontevedra. Y as¨ª las cosas, el Tribunal Supremo nos dice que "necesita" pronunciarse primero sobre si el juez Garz¨®n fue o no injusto al intentar investigar, antes de decidir sobre qui¨¦n es competente para conocer de las denuncias de las v¨ªctimas.
No pocos dir¨¢n que resulta ins¨®lito que un juez sea enjuiciado por delito de prevaricaci¨®n en tres procesos a la vez. Pero es un hecho que en Espa?a estas cosas pasan. Si en todo, o en parte, ello tiene que ver con el modelo de juez que se representa -uno que entiende la necesaria evoluci¨®n del derecho para adaptarlo a los tiempos y proteger mejor a las v¨ªctimas-, estar¨ªamos ante una situaci¨®n muy perturbadora para el valor que constituye la independencia judicial como garant¨ªa en un Estado que se proclama de derecho.
No es el juez Garz¨®n el ¨²nico que ha sufrido virulentos ataques tras algunas de sus resoluciones; recordemos, si no, el calvario en su d¨ªa de magistrados de la Secci¨®n 4? de la Audiencia Nacional tras significarse de forma, digamos, pol¨ªticamente incorrecta. Siempre ha habido jueces, y ojal¨¢ siga habi¨¦ndolos, que acuden a una interpretaci¨®n y aplicaci¨®n de las leyes -desde su respeto- innovadora y progresista, buscando una realizaci¨®n del derecho m¨¢s justa, m¨¢s ajustada con el derecho internacional de los derechos humanos, como un todo, que busca por encima de todo proteger a los seres humanos.
?Y qu¨¦ interpretaci¨®n hizo el juez Garz¨®n en la "causa del franquismo", esa que se est¨¢ tachando de injusta sent¨¢ndole por ello en el banquillo? Desde luego una cuya defensa desde el derecho internacional es plenamente sostenible. Leg¨ªtimo ser¨ªa discutirlo, como casi todo en derecho, pero tachar tal interpretaci¨®n de "teorizaci¨®n creativa" y de actuaci¨®n prevaricadora es un exceso sobresaliente, que bien parece partir de la completa ignorancia o desprecio de unas normas y principios de derecho internacional que no tienen otra finalidad que poner fin a situaciones il¨ªcitas, acabar con la impunidad, a trav¨¦s de la materializaci¨®n de los derechos de las v¨ªctimas a justicia, verdad y reparaci¨®n.
Si inquietante result¨® que el Poder Judicial diera paso a la acusaci¨®n frente al juez Garz¨®n, m¨¢s que llamativo es que se le haya abierto juicio oral sobre la base de una acusaci¨®n finalmente formulada al dictado de las orientaciones del instructor. Aunque, ciertamente, que a la defensa del juez Garz¨®n se le hayan denegado medios de prueba tendentes a constatar el respeto de los est¨¢ndares internacionales en la materia por considerar las opiniones de juristas internacionales como "una aprior¨ªstica desconsideraci¨®n" al Tribunal enjuiciador, es el hecho ante el cual las alarmas deben saltar. Pues la pregunta es evidente: ?c¨®mo es posible que un juez tenga que responder penalmente por haber hecho una interpretaci¨®n legal conforme al derecho internacional como confirmar¨ªan m¨²ltiples especialistas? ?Todos ellos formar¨ªan parte de una suerte de conjura de prevaricadores?
Cabe, con todo, una pregunta de mayor calado: ?estamos ante un patr¨®n de acoso a la independencia judicial? Sorprendente resulta que desde el ¨¢mbito de los jueces y desde el sector jur¨ªdico en general, en este punto, no se oigan voces. Ciertamente, reaccionar frente a los cr¨ªmenes de la Guerra Civil y el franquismo es un tema inc¨®modo para los poderes del Estado, tambi¨¦n para una parte de la sociedad espa?ola; pero, como fuere, el Estado espa?ol no puede dejar de dar respuesta a las v¨ªctimas y sus familiares. Las obligaciones de los Estados en relaci¨®n con legados de violaciones graves y masivas de derechos humanos, para ofrecer reparaci¨®n a las v¨ªctimas, prevenir la repetici¨®n en el futuro y erradicar la impunidad, son tan claras como trascendentales.
"Hoy nos toc¨® a nosotros". Este es el mensaje que nos enviaba un amigo argentino tras el anuncio de la condena a cadena perpet¨²a de Astiz y otros represores argentinos por desapariciones forzadas, torturas y homicidios cometidos durante la dictadura militar sufrida por aquel pa¨ªs. Esa justicia debida a las v¨ªctimas nos toca en verdad a toda la humanidad, y con particular afecto hemos podido celebrarlo en Espa?a porque, sin restar protagonismo a la valent¨ªa de la justicia argentina, lo cierto es que los procedimientos que se siguieron en Espa?a en su d¨ªa desde el principio de jurisdicci¨®n universal jugaron entonces un papel crucial para que la Corte Suprema de la Naci¨®n de ese pa¨ªs desterrara las leyes de impunidad que imped¨ªan la investigaci¨®n, el enjuiciamiento y eventual condena de los responsables de los horrendos cr¨ªmenes de su dictadura. Otros pa¨ªses siguieron esa senda.
Y hoy es precisamente la misma justicia argentina la que est¨¢ dando respuesta a v¨ªctimas de la Guerra Civil y el franquismo. El 13 de diciembre de 2011, una juez argentina exhortaba al Gobierno espa?ol a, entre otras cosas, proporcionar los nombres de ministros y altos cargos de las fuerzas de seguridad del Estado durante el periodo 1936-1977; la lista de personas asesinadas, desaparecidas y torturadas por motivos de persecuci¨®n pol¨ªtica, y de ni?os robados a sus familias, as¨ª como informaci¨®n sobre las fosas comunes, los cuerpos de desaparecidos identificados y las empresas beneficiadas del trabajo esclavo de los presos republicanos. Quiere ello decir, tambi¨¦n y sobre todo, que la respuesta inicial del Estado espa?ol a trav¨¦s de la Fiscal¨ªa General del Estado (en orden a saber si hab¨ªa o no investigaci¨®n sobre los cr¨ªmenes denunciados) no ha satisfecho a la juez argentina por no cumplir con los est¨¢ndares internacionales que debe reunir toda investigaci¨®n para ser considerada efectiva, seria, independiente, completa, sin dilaciones indebidas. Tampoco pod¨ªa ser de otra manera porque la realidad es que ning¨²n juzgado espa?ol ha abordado investigaci¨®n alguna sobre estos cr¨ªmenes. Los que han recibido denuncias (fruto o no de la inhibici¨®n de la Audiencia Nacional) han terminado por archivar los procedimientos bas¨¢ndose en un argumento u otro pero, en definitiva, consagrando la imposibilidad de toda investigaci¨®n en Espa?a.
La justicia espa?ola ha estado durante los ¨²ltimos a?os a la vanguardia de la persecuci¨®n de los cr¨ªmenes internacionales, en gran medida gracias a la labor del juez Garz¨®n. Ahora, llegado el momento de dar respuesta a los cr¨ªmenes cometidos en el propio territorio, el Estado no solo est¨¢ propugnando lo contrario que entonces, sino que persigue a aquel que s¨ª lo ha intentado.
Lydia Vicente, Alicia Moreno y Javier Chinch¨®n son expertos en derecho internacional y miembros de Rights International Spain.
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