La UE aprueba la liberalizaci¨®n del mercado automovil¨ªstico
El nuevo Reglamento de Distribuci¨®n de autom¨®viles entrar¨¢ en vigor el 1 de octubre
La Comisi¨®n Europea ha aprobado el texto definitivo del nuevo reglamento comunitario para la distribuci¨®n de autom¨®viles, que entrar¨¢ en vigor el pr¨®ximo 1 de octubre. El Ejecutivo comunitario ha afirmado que la reforma aprobada es "radical pero equilibrada" y el presidente de la Comisi¨®n, Romano Prodi, ha asegurado que se han tenido en cuenta las opiniones del sector para el dise?o final de las propuestas.
Bruselas permitir¨¢ que uno de los elementos m¨¢s pol¨¦micos de las reformas, la eliminaci¨®n de la cl¨¢usula de establecimiento de concesionarios, que permite a un fabricante conceder a estos la exclusividad en una zona geogr¨¢fica determinada, se retrase hasta octubre de 2005, un a?o m¨¢s tarde de lo que inicialmente quer¨ªa.
La aprobaci¨®n del reglamento, que sustituir¨¢ al actualmente vigente, permitir¨¢ acabar con la exclusi¨®n del sector de la distribuci¨®n de autom¨®viles de las reglas de libre competencia. Los propietarios de veh¨ªculos tendr¨¢n "un acceso m¨¢s sencillo a los servicios posventa, posiblemente a precios m¨¢s bajos", ha sostenido la Comisi¨®n, que ha agregado que la reforma har¨¢ que se mantengan "plenamente la calidad de esos servicios y de las reparaciones". "Llevar¨¢ a una mayor competencia entre distribuidores, facilitar¨¢ en gran medida las compras transfronterizas de veh¨ªculos nuevos y propiciar¨¢ una mayor competencia en materia de precios", ha insistido Bruselas.
En cuanto al retraso de la prohibici¨®n de la cl¨¢usula de establecimiento hasta 2005, el comisario europeo de Competencia, Mario Monti, ha declarado que es "una soluci¨®n equilibrada y pr¨¢ctica en un ¨¢mbito en el que hab¨ªa opiniones divididas".
Las nuevas normas permitir¨¢n que los fabricantes de autom¨®viles puedan optar por un sistema de distribuci¨®n de sus veh¨ªculos exclusiva o selectiva. Seg¨²n la primera f¨®rmula, cada distribuidor autorizado tiene asignado un territorio de ventas por parte del fabricante, pero con la libertad de vender a operadores que no sean miembros de la red oficial establecida por el fabricante.
Con la distribuci¨®n selectiva, los distribuidores tambi¨¦n son seleccionados sobre la base de una serie de criterios pero no se les asigna un territorio de ventas ni tienen autorizaci¨®n para vender a operadores que no sean miembros de la red oficial creada por el fabricante.
Distintas marcas en un mismo concesionario
Los concesionarios podr¨¢n vender m¨¢s de una marca de autom¨®viles, seg¨²n el sistema multimarca, si as¨ª lo eligen, y los fabricantes s¨®lo podr¨¢n imponer el requisito de que sus veh¨ªculos sean expuestos en zonas espec¨ªficas para su marca dentro de la sala de exposici¨®n.
Entre otras medidas, el nuevo reglamento permitir¨¢ que los distribuidores establezcan un punto de venta secundario o un centro de entrega en otra zona de su territorio nacional o en otro Estado miembro de la Uni¨®n Europea.
Eso significar¨¢ que los fabricantes "no podr¨¢n restringir la libertad de los distribuidores existentes para expandir sus actividades estableciendo puntos de venta secundarios", que ha sido hasta ahora la consecuencia de la aplicaci¨®n de la cl¨¢usula de establecimiento que ser¨¢ derogada.
En cuanto a los servicios posventa, mientras que con el reglamento todav¨ªa en vigor cualquier distribuidor est¨¢ obligado a prestar servicios de reparaci¨®n, con el nuevo podr¨¢ elegir entre hacer las reparaciones en sus propias instalaciones o subcontratar estas con otro miembro autorizado de la red del fabricante.
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