El Supremo condena al Gobierno a pagar 26,4 millones a CSD por imponerle un descodificador
El Alto Tribunal entiende que dicho acuerdo gubernamental provoc¨® retrasos en la captaci¨®n de clientes y la p¨¦rdida de muchos de ellos
El Tribunal Supremo ha condenado al Gobierno a pagar 26,4 millones de euros a Canal Sat¨¦lite Digital en concepto de indemnizaci¨®n por los perjuicios causados a la empresa con el real decreto ley 1/97 de 3 de enero de 1997, un d¨ªa despu¨¦s de que CSD comenzara sus emisiones, que regul¨® los descodificadores de la se?al digital. El Supremo entiende que dicha norma perjudic¨® a la empresa al retrasar sus emisiones y afectar a la captaci¨®n de abonados.
Seg¨²n la sentencia, que estima en parte el recurso de Canal Sat¨¦lite Digital, el acuerdo por el cual el Gobierno obligaba a la empresa a utilizar un determinado descodificador para captar sus emisiones provoc¨® una situaci¨®n de incertidumbre en el mercado que perjudic¨® la captaci¨®n de abonados por parte de la plataforma, dado que ocasion¨® "una incertidumbre que influy¨® en la actitud de los grandes centros comerciales para no vender" los aparatos de CSD.
Justo un d¨ªa despu¨¦s de que comenzaran las emisiones de Canal Sat¨¦lite Digital, el Gobierno aprob¨® dos textos que afectaban a la televisi¨®n digital, que entonces comenzaba su andadura. Uno de esos textos fue un decreto ley que pretend¨ªa recoger la normativa europea de televisi¨®n digital. En lo tocante a los descodificadores, el texto elaborado por el Ministerio de Fomento, en aquella ¨¦poca dirigido por Rafael Arias-Salgado, reconoc¨ªa que el Gobierno no ten¨ªa potestad para homologar los descodificadores que se utilizar¨ªan para captar las emisiones. Era la UE la que deb¨ªa hacerlo. El modelo de descodificador utilizado por CSD estaba homologado por el organismo europeo correspondiente y era el mismo que ya funcionaba en Francia, Italia y Alemania.
No obstante, el Gobierno entendi¨® que "los descodificadores instalados antes de la entrada en vigor de esta normativa se han beneficiado de una situaci¨®n de alegalidad", por lo que se daba un plazo de dos meses para la adaptaci¨®n de los descodificadores ya instalados.
Canal Sat¨¦lite interpuso recurso contra el real decreto ley 1/97, recurso que fue desestimado por el Gobierno por un acuerdo del consejo de Ministros de 18 de diciembre de 1998, que, a su vez, fue recurrido por CSD mediante un recurso contencioso administrativo.
Perjuicio para CSD
La sentencia explica que dicho acuerdo, en el que se regul¨® el uso de los decodificadores para las emisiones de televisi¨®n digital, influy¨® "en la menor actividad comercial en relaci¨®n con el producto de Canal Sat¨¦lite Digital", retras¨® la captaci¨®n de abonados y provoc¨® la p¨¦rdida definitiva de los mismos. Para la sala, Canal Sat¨¦lite perdi¨® 26.193 abonados por esta decisi¨®n gubernamental y ahora el Gobierno ha de correr con la correspondiente indemnizaci¨®n.
El tribunal ha calculado que la plataforma perdi¨® exactamente 387 millones de pesetas por el retraso sufrido en la captaci¨®n de abonados y 4.012 millones por socios perdidos definitivamente, lo que da un resultado de 4.400 millones de pesetas (26.445.289 euros).
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