Empleo podr¨¢ suspender el cobro del paro con ¡°indicios de fraude¡±
Para los sindicatos este cambio abre la puerta a ¡°la arbitrariedad y criminaliza al parado¡±
El Gobierno hab¨ªa anunciado un recorte en el seguro de desempleo y que iba a endurecer el cobro de la renta activa de inserci¨®n. Lo que no hab¨ªa contado es que bastar¨¢ que el Ministerio de Empleo ¡°podr¨¢ suspender el abono de las prestaciones por desempleo cuando se aprecien indicios suficientes de fraude¡±. Sin m¨¢s, sin que se haya comprobado definitivamente si el fraude existe o no. Tampoco hab¨ªa informado el Ejecutivo de que iba a elevar los umbrales de la edad m¨ªnima necesaria, hasta los 55 a?os, para tener acceso al subsidio que cobran los parados que han agotado la prestaci¨®n contributiva. Ni hab¨ªa dicho que iba a rebajar las indemnizaciones que paga el Fogasa.
La suspensi¨®n del cobro del seguro no implica la retirada definitiva de la paga, pero supone un cambio muy sustantivo sobre la situaci¨®n que exist¨ªa hasta hoy mismo. Hasta la publicaci¨®n del real decreto del ajuste, se pod¨ªa sancionar a un parado que estuviera defraudando (b¨¢sicamente que trabajara al mismo tiempo que cobra la prestaci¨®n), pero era necesario que se comprobara el fraude. No bastaban los meros ¡°indicios suficientes¡± de que esto era as¨ª para sancionar con la p¨¦rdida, definitiva o temporal, del derecho.
Con este r¨¦gimen en 2011, el Servicio P¨²blico de Empleo Estatal impuso 294.211 sanciones, seg¨²n los datos del propio ministerio, que no distingue entre los que perdieron la prestaci¨®n por un tiempo limitado y los que lo perdieron definitivamente.
El Ministerio de Empleo justifica el cambio diciendo que as¨ª dispone de m¨¢s instrumentos en la lucha contra el fraude. Para los sindicatos, en cambio, este cambio abre la puerta a ¡°la arbitrariedad y criminaliza al parado¡±, explican varios portavoces de UGT y CC OO.
En los d¨ªas previos a la aprobaci¨®n del ajuste, varios portavoces del PP advirtieron de que Empleo barajaba un endurecimiento de las sanciones a los parados. No ha sido as¨ª. El castigo por rechazar un empleo que se considera adecuado para el desempleado o un curso de formaci¨®n sigue siendo el mismo: tres meses de suspensi¨®n en el cobro de la prestaci¨®n la primera vez; seis meses, la segunda; y la p¨¦rdida definitiva en la tercera ocasi¨®n.
Pero la vuelta de tuerca a la protecci¨®n por desempleo no se queda aqu¨ª, tambi¨¦n llega al subsido por desempleo. Esta es una paga de 426 euros mensuales que los parados de m¨¢s edad cobran cuando han agotado la prestaci¨®n contributiva por desempleo y que, por tanto, es mucho m¨¢s baja. Hasta hoy hab¨ªa dos tipos de subsidio: uno ordinario para mayores 52 a?os, que el parado cobra hasta que se jubilara; y otro especial para mayores de 45 a?os que se percibe durante seis meses.
A partir de hoy, este ¨²ltimo subsidio desaparece. Mientras que los requisitos para acceder se endurecen. Ahora es necesario ser mayor de 55 a?os. Este cambio va dirigido especialmente a uno de los colectivos m¨¢s castigados durante la crisis: los parados de larga duraci¨®n de m¨¢s edad, un colectivo que tiene grandes dificultades para encontrar trabajo cuando lo pierde. No obstante, este cambio no afecta a los casi 1,2 millones de beneficiarios actuales, sino a los nuevos parados.
Tambi¨¦n se endurecen considerablemente los requisitos de la renta activa de inserci¨®n. Hasta ahora para acceder esta paga de 426 euros al mes durante un m¨¢ximo de 11 meses, bastaba con estar inscrito durante un a?o como demandante de empleo y no tener unos ingresos superiores al 75% de salario m¨ªnimo interprofesional. Ahora es necesario que se haya agotado previamente el cobro de la prestaci¨®n y el subsidio, y adem¨¢s se impide a quienes puedan percibirlo que viajen al extranjero.
La desaparici¨®n de las bonificaciones llega hasta la que reciben los parados en la cuota que tienen que abonar a la Seguridad Social. Los servicios p¨²blicos de empleo pagaban la cuota parte empresarial de los desempleados de acuerdo con la ¨²ltima base de cotizaci¨®n y se hac¨ªan cargo de un 35% de la parte correspondiente al parado. Desde hoy, este porcentaje correr¨¢ a cargo del parado, por lo que su n¨®mina se reducir¨¢.
Pese a toda esta retah¨ªla de cambios, el que, con total probabilidad, notar¨¢n antes muchos nuevos parados es la reducci¨®n decretada en las indemnizaciones que paga el Fogasa: pasan de un m¨¢ximo de 150 d¨ªas por a?o y un sueldo de tres veces el salario m¨ªnimo interprofesional a un tope de 120 d¨ªas y dos veces el SMI (1.282 euros al mes).
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