Competencia expedienta a Telef¨®nica por restringir la portabilidad a las pymes
Exig¨ªa condiciones de permanencia para impedir que se cambiaran de operador
La Comisi¨®n Nacional de la Competencia (CNC) ha incoado un expediente sancionador contra Telef¨®nica M¨®viles Espa?a por una posible conducta anticompetitiva al restringir a clientes empresariales la posibilidad de cambiar a otro operador mediante el procedimiento de la portabilidad.
En concreto, la direcci¨®n de investigaci¨®n de la CNC entiende que la filial Telef¨®nica aplica determinadas condiciones de permanencia en la prestaci¨®n de servicios de telefon¨ªa m¨®vil a clientes empresariales, especialmente aut¨®nomos y pymes, que ¡°restringir¨ªan de forma injustificada las posibilidades de cambio de proveedor de servicios de telefon¨ªa m¨®vil¡±.
La investigaci¨®n de esta conducta se ha iniciado de oficio tras tener conocimiento de condiciones de permanencia en determinados contratos de prestaci¨®n de servicios de telefon¨ªa m¨®vil a clientes empresariales.
Del an¨¢lisis de la informaci¨®n recabada puede afirmarse que existen indicios racionales de la comisi¨®n por parte de Telef¨®nica de una infracci¨®n del art¨ªculo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. La incoaci¨®n de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigaci¨®n. Se abre ahora un periodo m¨¢ximo de 18 meses para la instrucci¨®n del expediente y para su resoluci¨®n por la CNC.
Fuentes de Telef¨®nica han mostrado su sorpresa ante la incoaci¨®n de este expediente, ya que no viene precedido de denuncia alguna y adem¨¢s es la primera vez que la CNC abre un expediente relativo a acuerdos directos entre un operador y sus clientes. El tipo de acuerdos comerciales que se firman con las pymes son estandarizados y muy similares a los que alcanzan otras compa?¨ªas del sector, que sin embargo no figuran en este expediente. En todo caso, Telef¨®nica presentar¨¢ las oportunas alegaciones.
A finales de 2012, el Tribunal Supremo estim¨® los recursos interpuestos por Telef¨®nica contra una multa impuesta por el Tribunal de Defensa de la Competencia en 1999 por abuso de posici¨®n dominante, por un importe de 3,66 millones de euros, dejando sin efecto la sanci¨®n.
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