El Constitucional suspende el impuesto a la banca de Asturias temporalmente
La Comunidad Aut¨®noma esperaba recaudar unos 30 millones gracias a la medida
El Tribunal Constitucional ha acordado suspender temporalmente la vigencia y aplicaci¨®n del impuesto sobre los dep¨®sitos bancarios que decidi¨® aplicar el Gobierno asturiano en los presupuestos de este a?o. El Principado ten¨ªa previsto recaudar unos 30 millones de euros por este concepto.
El Consejo de Gobierno del Principado prev¨¦ llevar el asunto al Consejo Consultivo auton¨®mico para interponer un recurso de Constitucionalidad contra la decisi¨®n del alto tribunal. El Gobierno regional pretende recurrir el art¨ªculo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2013 referente al impuesto sobre la banca. El Ministerio de Hacienda estableci¨® un tipo cero para este impuesto con lo que anula el que pretend¨ªa establecer el Ejecutivo asturiano.
La suspensi¨®n de la vigencia y aplicaci¨®n de los preceptos impugnados se producir¨¢ desde la fecha de interposici¨®n del recurso, el 1 de febrero de 2013, para las partes del proceso, y desde el d¨ªa en que parezca publicada la suspensi¨®n en el Bolet¨ªn Oficial del Estado para los terceros.
El impuesto asturiano sobre la banca no es el ¨²nico que ha sufrido tal suerte. Tambi¨¦n el Tribunal Constitucional decidi¨® suspender un impuesto similar aprobado en Catalu?a por decreto. El Gobierno central tambi¨¦n lo hab¨ªa recurrido al entender que las autonom¨ªas no tienen capacidad para fijar un impuesto a los dep¨®sitos bancarios.
Mientras Asturias tramitaba la Ley de Presupuestos regionales para 2013, que recog¨ªa este impuesto sobre los dep¨®sitos bancarios que ya ten¨ªan Andaluc¨ªa, Extremadura y Canarias, el Ministerio de Hacienda decidi¨® bloquear este impuesto para evitar que lo implantasen otras comunidades. Para ello estableci¨® un impuesto con tipo cero. Como la Ley estatal prevalece sobre la auton¨®mica todos los impuestos quedar¨ªan anulados. El Gobierno central advirti¨® que recurrir¨ªa al Constitucional si Asturias y Catalu?a insist¨ªan en aprobarlo.
El Ejecutivo de Rajoy tiene que compensar por la anulaci¨®n del tributos sobre los dep¨®sitos bancarios a Extremadura, Andaluc¨ªa y Canarias, porque ya lo ten¨ªan en vigor cuando Hacienda decidi¨® crear el impuesto con tipo cero. No ocurre lo mismo con Asturias y Catalu?a. No obstante, el Gobierno asturiano reclama que tramitaban su impuesto cuando Hacienda plante¨® el tributo con tipo cero. Catalu?a, por su parte, comenz¨® su tramitaci¨®n cuando ya conoc¨ªa la intenci¨®n del Ejecutivo estatal de bloquearlo.
A pesar de todo, el Gobierno del Principado decidi¨® seguir adelante con su tributo y no lo retir¨® del articulado. Sin embargo, s¨ª realiz¨® una modificaci¨®n en relaci¨®n a la entrada en vigor del impuesto. En principio, se establec¨ªa como fecha de inicio el 1 de enero de 2013.
No obstante, el PSOE decidi¨® cambiar esa fecha por medio de una enmienda que finalmente sali¨® adelante. Todo el proyecto fue aprobado con el apoyo de IU y UPyD. De esta forma, se establec¨ªa como fecha para la entrada en vigor del impuesto el 30 de diciembre de 2012. Es decir, antes de que entrase en vigor el impuesto estatal.
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