Las empresas apuran el plazo para prejubilar antes de la reforma
Las empresas tienen hasta el 15 de abril para registrar sus expedientes bajo la ley antigua
Varias empresas que tienen previsto recortar sus plantillas mediante expedientes de regulaci¨®n de empleo (ERE) han acelerado las negociaciones en los ¨²ltimos d¨ªas para sortear la aplicaci¨®n de la ¨²ltima reforma de las jubilaciones anticipada y parcial, que endurece el retiro antes de tiempo y conduce a pensiones m¨¢s bajas.
Fuentes sindicales confirmaron ayer que Gamesa y FCC han pactado prejubilaciones en las que se aplicar¨¢ la normativa anterior, m¨¢s beneficioso para los trabajadores (e indirectamente para las empresas, que tienen que pagar indemnizaciones m¨¢s bajas). La semana pasada fueron filiales espa?olas de multinacionales como ArcelorMittal o Gerdau, o entidades financieras, como Caixabank o Ibercaja las que anunciaron pactos en el mismo sentido. Tampoco se ver¨¢n afectados por la reforma los prejubilados del Santander, Bankia o Iberia.
El real decreto que desarrolla la reforma de las prejubilaciones entr¨® en vigor ayer, con lo que los acuerdos entre empresas y sindicatos firmados antes del 1 de abril sortean su aplicaci¨®n. Para que esto ocurra, esos acuerdos deben registrarse antes del 15 de abril, por lo que el goteo de anuncios de pacto puede continuar en los pr¨®ximos d¨ªas. Adem¨¢s, en los pactos se puede prever que las prejubilaciones que se aprueben hasta 2019 eviten tambi¨¦n la reforma.
Condiciones m¨¢s duras
En el caso de las pensiones anticipadas, la reforma que entra ahora en vigor, y sortean estas empresas, eleva la edad m¨ªnima de acceso de forma gradual de los 61 a los 63 a?os, salvo que se haya cotizado al menos 38 a?os y medio, en cuyo caso se mantiene la opci¨®n de retiro a los 61 a?os. Adem¨¢s, se eleva de 30 a 33 a?os el periodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n para poder jubilarse de forma anticipada. Y se endurecen los coeficientes reductores de la pensi¨®n por cada trimestre que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilaci¨®n.
En la jubilaci¨®n parcial, se eleva tambi¨¦n la edad de acceso hasta llegar a los 63 a?os (con un m¨ªnimo de 36 a?os y medio cotizados), que se retrasa a los 65 a?os si se cuenta con 33 a?os cotizados. La jornada de trabajo del jubilado tendr¨¢ que ser mayor que antes (entre el 50% y el 75%), tambi¨¦n en el caso de que haya un contrato de relevo (el 25%, frente al 15% anterior).
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