Ratifican la condena al Santander a devolver 200.000 euros por preferentes de Cu¨¦tara
La Audiencia de Pontevedra ha desestimado el recurso del Banco Santander contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 3 de Tui (Pontevedra) de agosto de 2012 que le condena a devolver 200.000 euros a cuatro clientes de la oficina de A Guarda a los que vendi¨® participaciones preferentes de SOS Cu¨¦tara.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, desestima la alegaci¨®n de la entidad financiera, a la que no aludi¨® en primera instancia, de que su participaci¨®n se limit¨® a la mera comercializaci¨®n de las participaciones emitidas por un tercero y que no se trataba de una venta asesorada por el Banco Santander.
El fallo del Juzgado de Tui, ratificado ahora por la Audiencia de Pontevedra, declar¨® nulos por vicio de consentimiento los contratos firmados entre 2006 y 2009 al trasladar a los clientes informaci¨®n de que recibir¨ªan liquidez inmediata y que result¨® incompleta respecto a las caracter¨ªsticas del producto y sus riesgos asociados.
El Banco Santander argumentaba en su recurso que las preferentes de SOS Cu¨¦tara son un producto "sencillo" y de "f¨¢cil entendimiento" para cualquier persona habituada al comercio de productos bancarios, como cree que era el caso de los demandantes.
Asimismo, alegaba que cumpli¨® con su deber de comercializaci¨®n y que no exist¨ªa prueba de que estos clientes en cuesti¨®n pudieran confundir el producto con una imposici¨®n a plazo fijo o similar.
En este sentido, indicaba que mediante la aportaci¨®n de los contratos debidamente firmados acreditaba la facilitaci¨®n de la informaci¨®n de los demandantes, y que no se le pod¨ªa exigir mayor ni diferente prueba, pues se tratar¨ªa de "una prueba diab¨®lica".
Sin embargo, la Audiencia de Pontevedra resalta en su fallo que estos clientes son personas de avanzada edad y sin estudios "relevantes"; que obedecen al perfil de peque?os ahorradores en productos sin riesgo y que colocaron sus ahorros confiados en la informaci¨®n que les proporcionaron los empleados del banco.
El tribunal se apoya en el testimonio de quienes fueron director y subdirector de la sucursal del Santander en A Guarda.
La sentencia tambi¨¦n ratifica la devoluci¨®n a la entidad financiera, por parte de los demandantes, de los intereses derivados de los contratos de compra de preferentes de SOS Cu¨¦tara que llegaron a percibir.
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