El tribunal superior de Madrid admite la querella contra el juez del ¡®caso Blesa¡¯
El Ministerio P¨²blico acusa a Silva de prevaricaci¨®n y retardo malicioso de la Administraci¨®n El poder judicial suspende al magistrado 4 meses por no motivar sus resoluciones
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha admitido a tr¨¢mite la querella de la de la fiscal¨ªa contra el juez del caso Blesa, Jos¨¦ Elpidio Silva, por presunta prevaricaci¨®n. Seg¨²n los magistrados Francisco Javier Vieira, Jes¨²s Gavil¨¢n y Susana Polo que firman el auto de admisi¨®n, esta conducta por parte del titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 9 de Madrid, "no es ab initio descartable, al menos como hip¨®tesis que no se advierte sea ni absurda ni irracional".
Adem¨¢s de presuntos delitos de prevaricaci¨®n, se le ha denunciado por un presunto retardo malicioso en la Administraci¨®n de Justicia y dos delitos contra la propiedad individual en relaci¨®n con sus actuaciones contra el expresidente de Caja de Madrid y que llevaron a Miguel Blesa a la c¨¢rcel de forma temporal.
El auto, del que ha sido ponente la magistrada Polo, reproduce la descripci¨®n de hechos realizada por la Fiscal¨ªa y concluye que "sin prejuzgar lo sucedido", se dan las condiciones para decretar la admisi¨®n a tr¨¢mite de la querella. El instructor del caso ser¨¢ el magistrado Jes¨²s Gavil¨¢n. Adem¨¢s, se acuerda por este tribunal remitir testimonio de esta decisi¨®n al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) "a los efectos oportunos".
Precisamente este jueves, el ¨®rgano de gobierno de los jueces ha sancionado al juez Silva con 4 meses y 7 d¨ªas de suspensi¨®n por no motivar sus resoluciones y una falta de consideraci¨®n al fiscal, aunque estos hechos no tienen nada que ver con el caso Blesa.
La querella se present¨® la semana pasada al encontrar la Fiscal¨ªa presuntamente irregulares varias de las decisiones adoptadas por el juez Silva en el marco de la investigaci¨®n a Miguel Blesa por la presunta concesi¨®n irregular de un cr¨¦dito a Gerardo D¨ªaz Ferr¨¢n y la compra del City National Bank de Florida, entre ellas la de enviarle a prisi¨®n incondicional el pasado 5 de junio.
Instrucci¨®n anulada
La Audiencia Provincial de Madrid anul¨® el pasado 19 de junio la instrucci¨®n realizada por el juez Silva por el tema del cr¨¦dito al considerar que el magistrado hab¨ªa convertido indebidamente el proceso contra Miguel Blesa en una "causa general en busca de los responsables de la crisis econ¨®mica que atravesamos y su castigo". Dej¨® abierta sin embargo la puerta a que se sigan investigando los hechos relacionados con el City National.
En su querella , la Fiscal¨ªa argumenta que Elpidio Silva cometi¨® un delito de prevaricaci¨®n porque adopt¨® diversas resoluciones "que no pueden ser explicadas mediante ninguna interpretaci¨®n razonable efectuada con los m¨¦todos usualmente admitidos en Derecho", imponiendo de esta forma "su propia voluntad y criterio sobre la interpretaci¨®n racional de la ley".
En este sentido, la Fiscal¨ªa repasa las decisiones del juez para la reapertura de las actuaciones contra Blesa por la concesi¨®n del cr¨¦dito a D¨ªaz Ferr¨¢n, dos a?os despu¨¦s de haber acordado su sobreseimiento y sin que durante ese periodo hubiera aparecido "nada nuevo que lo justificase". "El magistrado-juez denunciado ¨²nicamente procedi¨® a la reapertura de las actuaciones como consecuencia del conocimiento que obtuvo ¡ªaunque se ignora c¨®mo¡ª de la existencia de un procedimiento contra la entidad Bankia que se segu¨ªa en un Juzgado que no era su propio Juzgado", explica.
La Fiscal¨ªa considera as¨ª "il¨®gico e improcedente" el modo por el que Elpidio Silva reabri¨® el caso, justificando su "arbitraria decisi¨®n" en raz¨®n a criterios como la alarma social derivada de la crisis econ¨®mica mundial y la implicaci¨®n en la misma de las entidades financieras. El recurso sostiene que estos "no constituyen argumentos jur¨ªdicos, sino que se revelan como razones totalmente ajenas a Derecho".
Pero adem¨¢s, se querella contra el magistrado por retardo malicioso por no dar tr¨¢mite hasta dos meses despu¨¦s a los recursos interpuestos contra el secreto de las actuaciones acordado "con el fin de impedir a las defensas acceder al procedimiento", sin que a su juicio existiera "motivo legal alguno" para adoptar la medida.
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