Aerocas deber¨¢ pagar 120 millones por las obras del aeropuerto de Castell¨®n
La sociedad p¨²blica Aerocas, participada mayoritariamente por la Generalitat valenciana, deber¨¢ abonar 120 millones a la empresa Concesiones Aeroportuarias por la obra ya ejecutada en el aeropuerto de Castell¨®n, seg¨²n una sentencia hecha p¨²blica hoy por el Tribunal Superior de Justicia valenciano.
El juez estima adem¨¢s la demanda reconvencional de Aerocas contra Concesiones Aeroportuarias y declara resuelto el contrato para la creaci¨®n del aeropuerto, mientras que desestima la demanda de la concesionaria contra Aerocas por incumplimiento de contrato para la construcci¨®n del aer¨®dromo castellonense, inaugurado hace dos a?os y medio y a¨²n sin tr¨¢fico a¨¦reo.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 1 de Castell¨®n, que llega tras la celebraci¨®n el pasado 18 de junio del juicio por esa demanda, explica que Aerocas suscribi¨® con Concesiones Aeroportuarias (Conaer) el contrato para la construcci¨®n y explotaci¨®n del aeropuerto de Castell¨®n en diciembre de 2003.
Conaer se comprometi¨® entonces a ejecutar la obra a cambio de la explotaci¨®n de las instalaciones aeroportuarias durante 47 a?os.
El proyecto era, como asegura la sentencia, "sumamente complejo", lo que, "junto al desembolso que deb¨ªa realizar la Generalitat", hizo que se retrasara de forma considerable.
Sin embargo, estos retrasos fueron "asumidos por ambas partes" y Conaer continu¨® realizando trabajos despu¨¦s de una primera recepci¨®n provisional de las obras.
Fue entonces cuando Conaer decidi¨® que el proyecto no era "interesante econ¨®micamente" y debido a la situaci¨®n econ¨®mica de crisis y a la dificultad para acceder a la financiaci¨®n, ambas partes decidieron "reequilibrar" el contrato y firmar una novaci¨®n el 23 de marzo de 2011, dos d¨ªas antes de la inauguraci¨®n oficial del aeropuerto a cargo de los entonces presidentes de la Generalitat, Francisco Camps, y de la Diputaci¨®n, Carlos Fabra.
Sin embargo, Conaer, a juicio del juez, pretend¨ªa que la Generalitat "asumiera unos compromisos econ¨®micos excesivos alejados de lo indicado en la novaci¨®n, m¨¢xime considerando la situaci¨®n econ¨®mica de la Administraci¨®n".
Conaer afirm¨® entonces no estar dispuesta a asumir la explotaci¨®n y Aerocas "hab¨ªa perdido toda confianza en la adjudicataria"; esto supon¨ªa para el juez que Aerocas estuviera legitimada "para resolver el contrato".
El juez asegura que ambas partes estuvieron entonces "conformes con la resoluci¨®n del contrato", aunque discrepaban en las consecuencias de la misma.
Por ello, el juez estima la demanda de Aerocas y da definitivamente por resuelto el contrato, y esto conlleva que, una vez liquidada la relaci¨®n contractual entre ambos, la Generalitat deba asumir el coste de las obras finalizadas.
En el auto se considera que la resoluci¨®n del contrato por parte de Aerocas en diciembre de 2011 ha de tener "efectos liquidatorios", por lo que la empresa p¨²blica de la Generalitat deber¨¢ "abonar la obra efectivamente ejecutada".
Para el juez, no se puede pretender la resoluci¨®n del contrato y que, al mismo tiempo, durante 47 a?os, una de las partes deba cumplir obligaciones mediante un pago "en diferido" de los costes de la obra, tal y como pretend¨ªa Aerocas.
Por ello condena a esta a abonar a Concesiones Aeroportuarias un total de 120,87 millones de euros m¨¢s el IVA que se abonar¨¢ en el momento de la liquidaci¨®n de las cantidades, que se corresponden con los costes de la obra (111 millones) m¨¢s cantidades correspondientes por sobrecostes y obras adicionales realizadas por Conaer con posterioridad a la ruptura del contrato.
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