La Audiencia Nacional mantiene la vigencia del convenio de las ETT
El tribunal respalda la pr¨®rroga de un acuerdo que afecta a 400.000 trabajadores
El convenio de los empleados de las empresas de trabajo temporal (ETT) sigue vigente. Seg¨²n una sentencia de la Audiencia Nacional, tanto el personal propio de la estructura de las ETT como aquellos contratados temporales todav¨ªa est¨¢n amparados por el pacto que los sindicatos y las patronales del sector firmaron en 2008, expir¨® en 2010 y todav¨ªa no han renovado.
La sentencia da la raz¨®n a las federaciones de servicios de UGT y de CC OO que hab¨ªan demando que la Audiencia se pronunciara ante la decisi¨®n de las patronales del sector (Asempleo y Fedett) dejar caer el convenio, siguiendo la aplicaci¨®n estricta de la reforma laboral, que limita a un a?o la pr¨®rroga autom¨¢tica de los convenios no renovados una vez finalizados. No obstante, como reconoce la propia sentencia ¡°la generalidad del sector¡± contin¨²a aplicando el convenio.
No es la primera vez que la Audiencia Nacional se pronuncia a favor de la vigencia de un convenio m¨¢s all¨¢ de la pr¨®rroga legal. Pero s¨ª que es la sentencia que afecta a un mayor n¨²mero de trabajadores. El convenio del sector afecta a los empleados que trabajan directamente para las ETT, unos 8.000, y a los que contratan para poner a disposici¨®n de otras empresas, poco m¨¢s de 400.000.
No obstante, el controvertido convenio no afecta por igual a unos que a otros. La principal diferencia est¨¢ en los sueldos. En el caso de los primeros, el pacto colectivo recoge hasta las tablas salariales; mientras que en el de los segundos, la retribuci¨®n viene determinada por el convenio de la empresa en la que vaya a prestar sus servicios. En cambio, no hay diferencia en el r¨¦gimen disciplinario, que s¨ª que es de aplicaci¨®n para los dos colectivos.
La primera vez que la Audiencia fall¨® en este sentido fue en julio. Lo hizo sobre el convenio colectivo de los trabajadores de Air Nostrum. La ¨²ltima vez que se pronunci¨® en la misma l¨ªnea fue hace un par de semanas, en esa ocasi¨®n lo hizo sobre la vigencia del convenio de los servicios de prevenci¨®n ajenos. En todos estos casos, este tribunal viene a aplicar una sentencia que viene a decir que cuando el convenio contempla una pr¨®rroga que no se sujeta estrictamente a lo que marcaba la ley antes de la reforma, trabajadores y empresarios ten¨ªan la intenci¨®n expresa de que hubiera una pr¨®rroga e iban m¨¢s all¨¢ de la norma. En estos casos, la reforma laboral no les afecta.
En el convenio colectivo de las ETT, la Audiencia interpreta que hay una cl¨¢usula en este sentido: ¡°Comprobamos que las partes pactaron, [...] que una vez denunciado el convenio, perder¨ªa su contenido obligacional, manteniendo vigente, por consiguiente, su contenido normativo¡±. La patronal Asempleo, la que agrupa a las firmas m¨¢s grandes, advierte de que no se conforma y que recurrir¨¢ la sentencia ante el Supremo.
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