Una tributaci¨®n m¨ªnima para el impuesto de Sucesiones y Donaciones
Los tipos propuestos deber¨ªan situarse entre el 4% y el 10%, seg¨²n los expertos La Comisi¨®n propone suprimir el impuesto sobre transmisiones patrimoniales
La Comisi¨®n de expertos para la reforma fiscal propone mantener el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones "para mejorar la igualdad de oportunidades y favorecer la equidad del sistema". En concreto, se propone la creaci¨®n de una tributaci¨®n m¨ªnima por sucesiones en todo el territorio nacional.
La Comisi¨®n considera que esa imposici¨®n m¨ªnima deber¨ªa contar con una tarifa impositiva (tanto en herencias como en donaciones) que discrimine exclusivamente en funci¨®n del grado de parentesco. As¨ª, habr¨ªa un tipo reducido del 4%-5% para el c¨®nyuge, ascendientes y descendientes por l¨ªnea directa, adoptados y adoptantes; un tipo medio del 7%-8% para parientes colaterales de segundo grado (hermanos) y tercer grado (t¨ªos, sobrinos) y parientes por afinidad hasta el tercer grado, y un tercer tipo m¨¢s elevado del 10%-11% para cualquier otra persona.
Adem¨¢s, los expertos se?alan que para mantener la progresividad del impuesto se deber¨ªa establecer tambi¨¦n un m¨ªnimo exento espec¨ªfico sobre la base fijado por el Gobierno para todo el territorio de r¨¦gimen com¨²n y cuya cuant¨ªa debiera situarse en el entorno de unos 20.000 o 25.000 euros.
En paralelo, y en l¨ªnea con la filosof¨ªa del resto de la reforma, la Comisi¨®n propone limpiar el impuesto de las reducciones existentes en la actualidad. Propone que se supriman las reducciones en la base por parentesco,la? reducci¨®n por cantidades percibidas por contratos de seguro de vida, la reducci¨®n por adquisici¨®n de la vivienda habitual de la persona fallecida salvo para en el caso de que se convierta en vivienda habitual del c¨®nyuge sup¨¦rstite, reducci¨®n por adquisici¨®n de bienes del patrimonio hist¨®rico art¨ªstico y otras similares. Tambi¨¦n propone un ajuste dr¨¢stico de las cuant¨ªas de las reducciones por adquisici¨®n de empresa individual, de un negocio profesional o de participaciones en entidades que sean calificadas de ¡°empresa familiar¡±, para garantizar la continuidad del negocio. En ese sentido, se entender¨¢ como empresa familiar aquella en la que m¨¢s del 50% de la propiedad est¨¦ en manos de familiares de primer y segundo grado y el valor de esa reducci¨®n no deber¨ªa superar entre el 50% y el 70% de la base liquidable, calculada previo descuento del m¨ªnimo exento.
En cuanto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur¨ªdicos Documentados, la Comisi¨®n opina que este impuesto grava la transmisi¨®n de un bien ya gravado por el IVA, por lo que no lo considera eficiente al desincentivar la realizaci¨®n de transacciones. La Comisi¨®n, por tanto, propone una reducci¨®n de este impuesto hasta su desaparici¨®n al introducirse el nuevo IBI.
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