Sigamos a la Reserva Federal
Roger B. Myerson, premio Nobel de Econom¨ªa de 2007, iniciaba as¨ª una rese?a del libro de Admati y Hellwig, traducido con el t¨ªtulo El nuevo traje del banquero: qu¨¦ ocurre con la banca y qu¨¦ hacer con ella: ¡°Esper¨¢bamos que la Gran Recesi¨®n de 2007 produjera escritos dignos de una atenci¨®n global similar a la que recibi¨® la Teor¨ªa General de Keynes en 1936. Admati y Hellwig lo han hecho¡ Utilizan su dominio de la teor¨ªa econ¨®mica para identificar un problema crucial que los ciudadanos informados necesitan entender: que los bancos deber¨ªan estar obligados a tener mucho m¨¢s capital¡±.
No hay mucho que a?adir al escrito de Myerson, pero s¨ª merece la pena reflexionar sobre algunas cuestiones, precisamente ahora que la Reserva Federal de Estados Unidos acaba de requerir m¨¢s capital a determinados bancos.
La regulaci¨®n de requerimientos de capital de Basilea III descansa en dos reglas b¨¢sicas: un capital en funci¨®n del riesgo de los activos del banco y un l¨ªmite total al endeudamiento. Para el c¨¢lculo del capital se aplican unos coeficientes a los distintos tipos de activo, coeficientes que van desde el valor cero para los t¨ªtulos de deuda p¨²blica de casi todos los pa¨ªses de la OCDE hasta un valor de 100 para los cr¨¦ditos sin garant¨ªas a empresas industriales. Por ejemplo, un banco que solo tuviera en su activo 100.000 millones de euros en bonos garantizados con hipotecas y calificados como triple A necesitar¨ªa por la primera regla 1.600 millones de capital, lo que significa un 1,6 % del total de sus activos. En efecto, la regulaci¨®n establece que el porcentaje de requerimientos de capital del 8%, se aplique no a la totalidad de los bonos, sino al 20% del valor de los mismos (estos requerimientos ser¨¢n del 10,5% en 2019). La segunda regla ¡ªel l¨ªmite de endeudamiento¡ª exige que la ratio entre recursos propios y activos sea igual o superior a tres. Es decir, en el ejemplo, el banco deber¨ªa tener 3.000 millones de capital. No obstante, la banca europea ha conseguido renegociar que en el c¨¢lculo del 3% se descuenten las operaciones de cobertura. Ning¨²n conocedor de la gestaci¨®n y desarrollo de la crisis de 2007 dir¨ªa que estas operaciones est¨¢n exentas de riesgos.
Los requerimientos de la regulaci¨®n de Basilea III est¨¢n muy lejos de lo que ocurr¨ªa en la banca a principios del siglo XX y de lo que ocurre en cualquier empresa no financiera en el siglo XXI. Entonces, los bancos ten¨ªan habitualmente un volumen de fondos propios equivalente al 25% de sus activos totales, y en la actualidad, la mayor¨ªa de las empresas industriales asumen unas ratios de capital superiores al 30%. A este respecto, cabe destacar el paso dado por los dos grandes bancos suizos que van a disponer del 19% de capital sobre los activos ponderados por riesgo. Da la impresi¨®n de que la regulaci¨®n bancaria sobre el capital de los bancos redujera, en lugar de aumentar, los requerimientos de los mercados. Este resultado no es extra?o cuando se toma en consideraci¨®n el subsidio impl¨ªcito que los bancos reciben debido a la creencia justificada de los mercados de que los bancos regulados continuar¨¢n pagando sus deudas aunque pierdan todo su capital y disminuya el valor de sus activos.
Subir los requerimientos de capital es necesario, pero debe plantearse a medio y largo plazo
Algunos afirman que la exigencia de mayores requerimientos de capital aumenta los costes de la financiaci¨®n bancaria. Esta afirmaci¨®n es poco exacta. La estructura financiera de un banco, es decir, la relaci¨®n entre fondos propios y ajenos, determina c¨®mo se dividen los riesgos y las retribuciones entre los accionistas de un lado y los tenedores de deuda y depositantes por otro, pero no afecta por s¨ª mismo a los costes de financiaci¨®n, como demuestra el teorema de Modigliani-Miller. Obviamente, la garant¨ªa expl¨ªcita que tienen los dep¨®sitos bancarios y la impl¨ªcita del resto de la financiaci¨®n de los bancos modifican de forma perversa las conclusiones del anterior teorema.
Otros argumentan que un aumento de los requerimientos de capital supondr¨ªa restringir los pr¨¦stamos e impedir el crecimiento econ¨®mico; esto no es as¨ª, m¨¢s bien al contrario. Quiz¨¢, como sugieren Anat Admati y Martin Hellwig, est¨¢n queriendo decir algo muy diferente: como los bancos no quieren aumentar sus niveles de capital ni reducir su nivel de rentabilidad, no se puede aumentar la ratio entre capital y volumen de activos.
Sin embargo, debe quedar claro que mientras mejor capitalizados est¨¦n los bancos, mayor ser¨¢ su capacidad de obtener fondos para financiar una expansi¨®n del cr¨¦dito y mayor ser¨¢ el incentivo para dar nuevos pr¨¦stamos con una combinaci¨®n apropiada de rentabilidad y riesgo. Otra cosa es cuando se pasa al sector p¨²blico parte de los costes de la financiaci¨®n a trav¨¦s de las garant¨ªas impl¨ªcitas a los bancos.
La idea que subyace tras las f¨®rmulas utilizadas para calcular las exigencias adecuadas de capital ponderadas por riesgo es alentar a los bancos a realizar inversiones m¨¢s seguras. Sin embargo, en la pr¨¢ctica se han convertido en un sistema para reducir las necesidades de capital de los bancos. De hecho, la ponderaci¨®n bajaba tanto las ratios de capital que, como se ha mencionado anteriormente, los reguladores de Basilea III tuvieron que exigir una ratio m¨ªnima de capital sobre activo del 3%. Las regulaciones que utilizan las ponderaciones de riesgo para el c¨¢lculo del requerimiento de capital, adem¨¢s de reducir de forma solapada las necesidades de capital, traen complicaciones adicionales. Primera, la clasificaci¨®n de ciertos activos como seguros puede crear un riesgo sist¨¦mico grave cuando alguna clase de esos activos se haya clasificado incorrectamente como ¡°seguro¡±. Pensemos lo que ocurri¨® con las titulizaciones respaldadas por las denominadas hipotecas basura que los reguladores hab¨ªan clasificado como seguras y, por tanto, con unas exigencias de capital m¨ªnimas. Segunda, en el sistema actual de ponderaci¨®n del riesgo, la eliminaci¨®n de las ponderaciones, que favorecen la inversi¨®n bancaria en valores negociables, aumentar¨ªa los incentivos de los bancos para financiar los pr¨¦stamos tradicionales a las empresas. Tercera, la libertad que se ha dado a los bancos para que, a trav¨¦s de modelos internos, definan sus propios requerimientos de capital hace la supervisi¨®n dif¨ªcil y poco transparente.
La cuesti¨®n, como sugiere Myerson, es promover un cambio radical de enfoque de la regulaci¨®n bancaria que exija mucho m¨¢s capital a los bancos y abandone paulatinamente las regulaciones intervencionistas que ser¨ªan superfluas e ineficientes con un buen colch¨®n de capital. Esto no significa exigir un aumento inmediato del capital, pues hacerlo a corto plazo y de forma no programada tendr¨ªa un coste prohibitivo.
Un nuevo enfoque regulatorio, que exija a los bancos una estructura de capital suficiente para evitar crisis bancarias, requiere un proceso continuado en el que los aumentos de capital se hagan a lo largo del ciclo econ¨®mico, acelerando durante los periodos de crecimiento m¨¢s r¨¢pido y frenando en los de crecimiento m¨¢s lento. Caminar en la direcci¨®n de exigir m¨¢s capital bancario requerir¨ªa, seguramente, revisar las normas fiscales que desincentivan el empleo de financiaci¨®n propia, al hacerla mucho m¨¢s cara que la financiaci¨®n ajena. Resulta parad¨®jico e incomprensible que se apliquen regulaciones para limitar la deuda de los bancos y, a la vez, la deuda reciba un trato fiscal m¨¢s favorable que al capital.
Una regulaci¨®n basada en estructura de capital s¨®lida no necesitar¨ªa hacer clasificaciones de los activos en funci¨®n de su riesgo para determinar las necesidades de capital, ni necesitar¨ªa los modelos ad hoc de los bancos para el c¨¢lculo del capital regulatorio. No precisar¨ªa el establecimiento de impuestos finalistas a los bancos para dotar un fondo para hacer frente a posibles problemas bancarios. Ni tendr¨ªa sentido obligar a los bancos a disponer de la denominada deuda contingente; es decir, la deuda que se convertir¨ªa en capital en situaciones de quiebra bancaria. Estas regulaciones que ahora aparecen como necesarias, precisamente por la escasez de capital, reducen significativamente el incentivo para realizar una gesti¨®n adecuada de los riesgos, encarecen el coste de la financiaci¨®n y son de aplicaci¨®n compleja y conflictiva.
Paulina Beato es catedr¨¢tica de An¨¢lisis Econ¨®mico y t¨¦cnico comercial y economista del Estado.
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