Ceiss devolver¨¢ 185.000 euros de preferentes a una anciana de Segovia
La sentencia del tribunal se basa en que la mujer no tuvo toda la informaci¨®n necesaria
El Juzgado de Cu¨¦llar (Segovia), del que es titular Justo Criado, ha condenado en primera instancia al Banco de Caja Espa?a de Inversiones, Salamanca y Soria (Ceiss) a devolver 185.000 euros de preferentes a una anciana de 91 a?os que, seg¨²n la sentencia, tanto ella como su difunto esposo no tuvieron toda la informaci¨®n necesaria para suscribir con plenitud de entendimiento la adquisici¨®n de participaciones de ¡°un producto financiero complejo¡±.
La sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Segovia, es la primera que sale a la luz de m¨¢s de una treintena de demandas que se encuentran en tr¨¢mite en el mismo juzgado dirigidas contra Bankia, como entidad sucesora de Caja Segovia, y contra el Banco Ceiss, por sucesi¨®n de Caja Espa?a, seg¨²n ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n.
En 2004, junto con su esposo, la demandante, A.H.M., que actualmente cuenta con 91 a?os, compr¨® 50 t¨ªtulos por importe de 50.000 euros. Posteriormente, una vez fallecido su marido, entre 2009 y 2010, compr¨® otras 135 participaciones con una inversi¨®n por importe de otros 135.000, por lo que reclamaba un total de 185.000 euros. Aparte de la condena a la entidad bancaria, la sentencia tambi¨¦n ordena la devoluci¨®n por los preferentistas ¨Cla mujer y el hijo del matrimonio- de las remuneraciones percibidas por la suscripci¨®n, con los intereses legales desde la fecha en que fueron percibidos.
El juez Justo Criado declara nula la orden de compra de los valores e insiste en que las participaciones preferentes requieren para su comprensi¨®n y correcta valoraci¨®n una formaci¨®n financiera adecuada que no ten¨ªa la anciana. Asimismo subraya que no consta que los demandantes hubieran recibido del Ceiss ¡°la debida informaci¨®n, veraz y transparente, acerca de la naturaleza, repercusiones econ¨®mico-financieras en su patrimonio particular y r¨¦gimen de riesgos sobre los productos suscritos, con la consecuencia de caer en error sustancial en el consentimiento prestado acerca de la naturaleza del producto de inversi¨®n contratado y de sus consecuencias jur¨ªdico-econ¨®micas¡±.
En la sentencia se recoge que, como producto bancario de inversi¨®n, complejo, ¡°la entidad bancaria debe ser extremadamente diligente en la obtenci¨®n de la informaci¨®n sobre los datos esenciales de los clientes para conocer qu¨¦ producto financiero puede ser ofrecido¡±. A?ade que tambi¨¦n debe facilitarse la informaci¨®n precisa para que el cliente sea plenamente consciente del objeto del contrato y de las consecuencias del mismo.
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