La Audiencia Nacional investigar¨¢ a las c¨²pulas de Caja Espa?a y Caja Duero
Revocado el archivo de una denuncia contra los directivos por las preferentes
La Audiencia Nacional ha ordenado que se investigue a la c¨²pula de Caja Espa?a y Caja Duero por "idear" la emisi¨®n de preferentes y deuda subordinada como un instrumento para capitalizar las entidades "a costa y en perjuicio de los clientes".
En un auto, la secci¨®n tercera de la Sala de lo Penal revoca el archivo que dict¨® el juez Eloy Velasco de una querella de la Unidad de Consumidores de Castilla y Leon (UCE) contra Santos Llamas y Julio Hermoso, expresidentes de Caja Espa?a y Caja Duero, respectivamente.
La querella iba dirigida, adem¨¢s, contra los exdirectores generales Javier Ajenjo y Lucas Hern¨¢ndez; los exdirectores financieros Antonio Fern¨¢ndez y Arturo Jim¨¦nez; y el exdirector comercial de Caja Espa?a ?scar Fern¨¢ndez, as¨ª como su hom¨®nimo en Caja Duero, al que no identificaban.
A todos ellos les acusaban de supuestos delitos de estafa, publicidad enga?osa, administraci¨®n fraudulenta o desleal y maquinaci¨®n por alterar el precio de las cosas.
Caja Espa?a y Caja Duero se fusionaron en 2010 para formar el banco Ceiss. La entidad resultante se integr¨® posteriormente en el grupo Unicaja.?
Se trata de la misma Sala que oblig¨® al instructor del caso Bankia, Fernando Andreu, a investigar al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa y a la c¨²pula directiva de esta entidad y de Bancaja por planificar la emisi¨®n de estos productos.
De hecho, se reproducen los argumentos que ya se esgrimieron entonces para acotar el objeto de la investigaci¨®n a "la emisi¨®n y comercializaci¨®n primaria de preferentes y deuda subordinada" en 2009 y 2010 y a las personas que "idearon" su comercializaci¨®n.
Excluyen as¨ª tanto su venta como el case interno de operaciones -¨®rdenes de venta de los clientes con las de compra por parte de los inversores-, al considerar que no existe "un plan preconcebido" para beneficiar de forma individual a unos en perjuicio de otros, por lo que anima a los perjudicados por ello a acudir a la v¨ªa civil.
Los magistrados recuerdan que la CNMV calific¨® en 2011 de "malas pr¨¢cticas" la forma en que las entidades casaron la oferta y la demanda de las preferentes, pero instaurando este sistema, lo que buscaron y "efectivamente consiguieron" fue "la creaci¨®n de un instrumento r¨¢pido y sencillo para dar liquidez" a estos productos.
Por tanto, "el error y hasta el incumplimiento normativo de las entidades estriba en no haber cambiado el procedimiento cuando, a resultas b¨¢sicamente de la crisis financiera", el valor razonable se alej¨® del nominal, convirtiendo un "procedimiento correcto" en una mala pr¨¢ctica.
Adem¨¢s, la utilizaci¨®n de este sistema interno de case -programa inform¨¢tico- sin acudir al mercado secundario organizado "era una pr¨¢ctica muy difundida, habitual si no generalizada, entre todas las entidades". Hasta el punto, prosiguen, de que "no hab¨ªa un mercado en el que se fijaron los precios de esta operaciones", sino que ya ven¨ªan establecidos por las entidades.
"Es dif¨ªcil construir una conducta enga?osa, como pretende la querella, cuando el supuesto plan concebido no es sino el sistema bajo el que opera el sector financiero", subrayan.
Por todo ello, los jueces precisan que la cuesti¨®n radica en si la comercializaci¨®n se ide¨® para "poder retrasar y/o ocultar el deterioro econ¨®mico/financiero de las entidades" y "enmascarar una situaci¨®n dif¨ªcil financieramente a costa y en perjuicio de los clientes".
"Los empleados de las sucursales bancarias se limitaban a vender el producto siguiendo las instrucciones de los ¨®rganos directivos de las cajas, y si omitieron informaci¨®n o de alguna manera el inversor cree que fue enga?ado, parece l¨®gico pensar que hab¨ªa unas directrices determinadas al respecto"; de ah¨ª que sea a las c¨²pulas a las que haya que investigar, concluyen.
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