Los Albertos deber¨¢n pagar 10,8 millones por el ¡®caso Urbanor¡¯
El Tribunal Supremo confirma de nuevo la indemnizaci¨®n por las Torres KIO
Los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer deber¨¢n hacer frente al pago de 10,8 millones de euros a quienes fueron sus socios en Urbanor, la mercantil propietaria del suelo sobre el que se levantaron las Torres KIO de Madrid. El Tribunal Supremo ha rechazado el incidente de nulidad presentado por los Albertos para evitar ese pago, que ya intentaron retrasar el pasado marzo al pedir una aclaraci¨®n de la sentencia que confirm¨® la indemnizaci¨®n. El alto tribunal les record¨® entonces que los intereses deb¨ªan ser contabilizados desde la fecha de celebraci¨®n del contrato a principios de 1998.
A mediados de enero de este a?o, el Supremo rechaz¨® los recursos de los empresarios contra la sentencia que les declar¨® responsables civiles frente a sus socios minoritarios. Los Albertos hab¨ªan sido condenados inicialmente por estafa y falsedad en Urbanor, si bien el Tribunal Constitucional los absolvi¨® en 2008 al considerar que los hechos hab¨ªan prescritos.
No obstante, tras cerrarse la acci¨®n penal se abri¨® la puerta a que los accionistas perjudicados exigieran indemnizaciones por la v¨ªa civil. El Supremo dio finalmente v¨ªa libre al pago de 10,8 millones de euros reclamados por los socios de los Albertos, que presentaron varios recursos contra el abono de esa cantidad.
Los socios de los Albertos en los a?os noventa -el empresario Jos¨¦ Luis San Mart¨ªn Abad y medio centenar de demandantes m¨¢s, vinculados al grupo San Mart¨ªn y herederos de esta familia- vendieron a 900 euros (150.000 pesetas de entonces) el metro cuadrado de los terrenos que les correspond¨ªan de Urbanor. Mientras, los Albertos, principales accionistas de la sociedad, pactaron la venta de su participaci¨®n a un precio de 1.388 euros (232.000 pesetas), que no se abon¨® en efectivo, sino en acciones de una entidad financiera. Los socios minoritarios se consideraron perjudicados en la venta del suelo de las Torres KIO y llevaron a Cortina y Alcocer a los tribunales.
La Sala Primera de lo Civil del Supremo confirm¨® el pasado enero que los empresarios vulneraron el principio de la buena fe contractual en la operaci¨®n porque a los socios se ¡°les priv¨® de obtener un mayor precio de compra por ocultarles las verdaderas condiciones de la venta e inducirles con ello a error al contratar¡±.
Ahora, el Supremo rechaza que su decisi¨®n sea incongruente y se reafirma en que lo que dictamin¨® en su d¨ªa "responde a la esencia de lo pedido y discutido en el pleito". El tribunal niega tambi¨¦n que Alcocer y Cortina hayan sufrido indefensi¨®n durante el procedimiento.
Tras notificarse esta resoluci¨®n, a los Albertos ya no les quedan m¨¢s recursos y deber¨¢n cumplir con la resoluci¨®n que da la raz¨®n a los demandantes.
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