Hacienda rechaza las cuentas de 2013 del Fondo de Garant¨ªa Salarial
La Intervenci¨®n General alega que falta normativa sobre el pago de prestaciones del ¨®rgano que abona indemnizaciones por despido y sueldos atrasados
La Intervenci¨®n General del Estado se ha negado dar su opini¨®n sobre las cuentas de 2013 del Fondo de Garant¨ªa Salarial (Fogasa). Sostiene que en este organismo no hay una normativa reguladora del pago de prestaciones, ¡°a excepci¨®n de las derivadas de despido improcedente¡±, y que eso afecta al 96,36% del dinero desembolsado en 2013, 1.346 millones de 1.396. Los auditores p¨²blicos tambi¨¦n apuntan el incumplimiento de principios del plan general de contabilidad p¨²blica y de sus instrucciones por la no existencia de normas internas que regulen la gesti¨®n contable del Fogasa.
¡°No hemos podido obtener evidencia de auditor¨ªa que proporcione base suficiente y adecuada para expresar una opini¨®n auditada¡±, concluyen en el informe, emitido el 3 de octubre y publicado en el BOE el 24 de diciembre.
El Fogasa es un organismo p¨²blico cuya finalidad b¨¢sica es pagar a los trabajadores que pierden su empleo las indemnizaciones por despido y los salarios atrasados que las empresas con problemas no han podido afrontar por ser insolventes o estar en concurso de acreedores. Su financiaci¨®n llega a trav¨¦s de cuotas sociales que pagan los empresarios: el 0,2% de la base de cotizaci¨®n. Sus cuentas se emiten cada a?o y son auditadas por la Intervenci¨®n General del Estado, que debe opinar sobre su veracidad.
El Ministerio de Empleo, al que est¨¢ adscrito el organismo aut¨®nomo, se ha mostrado sorprendido por la decisi¨®n. Responde que s¨ª que tienen normativa aprobada y que en los ejercicios anteriores la Intervenci¨®n emiti¨® opini¨®n y fue favorable sin reservas. Y subraya que esa opini¨®n fue ratificada por el Tribunal de Cuentas. Entre las normas que cita Empleo para apoyar su afirmaci¨®n est¨¢ el Estatuto de los Trabajadores y el decreto de 1985 que regula el funcionamiento del Fogasa.
El informe preliminar emit¨ªa una opini¨®n ¡°favorable con salvedades¡±
Preguntado por este punto, Hacienda, el departamento del que depende la Intervenci¨®n, no aclara por qu¨¦ en 2013 se niega a emitir una opini¨®n sobre las cuentas ahora y s¨ª lo hizo y de forma favorable en ejercicios anteriores.
Tambi¨¦n fue ¡°favorable con salvedades¡± la primera opini¨®n de la auditora, la misma que certific¨® la fiabilidad de las cuentas de 2012, seg¨²n el informe provisional del balance de 2013 al que ha tenido acceso este diario. A este, el Fogasa present¨® alegaciones el 2 de octubre. En el informe definitivo, emitido al d¨ªa siguiente, el criterio de la Intervenci¨®n cambi¨® y rechaz¨® firmar las cuentas. Los argumentos empleados son los mismos, excepto un matiz: en la primera versi¨®n la intervenci¨®n afirma que ¡°no consta la existencia de normas de funcionamiento interno¡± para regular ¡°la gesti¨®n contable del organismo¡±; en la segunda, dice directamente que ¡°no existen normas¡±.
Empleo aduce que el auditor pidi¨® unificar criterios sobre la retribuci¨®n y se hizo
En el an¨¢lisis definitivo donde no avala las cuentas, la Intervenci¨®n encuentra dos problemas. El primero habla de la ¡°la inexistencia de normativa reguladora del pago de las mismas, a excepci¨®n de las derivadas de despido improcedente, lo que se traduce en la imposibilidad para pronunciarse sobre el incumplimiento de la legalidad de las resoluciones de pago de prestaciones. La limitaci¨®n al alcance se elevaba al 96,39% del importe abonado¡±.
¡°Limitaci¨®n al alcance¡± es una expresi¨®n de auditor¨ªa, que significa que hay obst¨¢culos que impiden saber si las cuentas analizadas representan el estado financiero real de la entidad auditada.
Se?ala Empleo que esta ¡°limitaci¨®n¡± llega porque en junio de 2013 hubo una ¡°recomendaci¨®n del auditor¡± que explica lo sucedido. ¡°No hab¨ªa un criterio unificado para el c¨¢lculo de las prestaciones que fuera ¨²nico en todas las unidades del Fogasa¡±, apunta, ¡°de junio a septiembre de 2013 se introduce¡±. ¡°Hasta ahora se hac¨ªa seg¨²n un criterio de c¨¢lculo razonable¡±, apostilla, pero no aclara qu¨¦ provoc¨® la nueva ¡°recomendaci¨®n¡± de la Intervenci¨®n.
?En el cap¨ªtulo de ¡°los incumplimientos de principios y normas contables presupuestarias¡±, est¨¢ la citada falta de ¡°normas de funcionamiento interno que regulen los procedimientos a trav¨¦s de los cuales se desarrolla la gesti¨®n contable¡±. Adem¨¢s, el documento explica que el procedimiento contable del Fogasa ¡°incumple¡± en uno de los apartados del plan general de contabilidad p¨²blica. Con estos dos incumplimientos se desvirt¨²a ¡°el significado del debe y del haber de las cuentas¡±.
A este punto, Empleo insiste en que hasta ahora ¡°hab¨ªa considerado que era suficiente la regulaci¨®n¡± que contiene la instrucci¨®n de contabilidad para la Administraci¨®n. ¡°No obstante, el Fogasa est¨¢ elaborando manuales de procedimiento interno de gesti¨®n [...] por lo que est¨¢ circunstancia ya ha sido subsanada a lo largo del ejercicio de 2014¡±. Sobre la falta de una norma interna ata?e a los criterios de registro. En este punto, admite el Fogasa que ¡°muchos de esos errores de registro contable, al tratarse de cuentas del ejercicio 2013, ya han sido corregidos en 2014¡±.
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