El castigo a los pisos vac¨ªos, una intervenci¨®n ilegal de la Administraci¨®n P¨²blica
Cualquier ciudadano, pagando los impuestos correspondientes, tiene el derecho a comprar y decidir que hace con una vivienda
Hace ya un tiempo escrib¨ª un duro trabajo en contra de los Ayuntamientos que impon¨ªan sanciones o incrementos de impuestos a los "pisos vac¨ªos", sin tener en cuenta la legalidad y libertad de la propiedad privada y el derecho de cada ciudadano que ha comprado o heredado una vivienda para vacaciones, jubilaci¨®n, reserva para hijos, etc¨¦tera; es decir, capacidad de decisi¨®n sobre su patrimonio personal, terminando la citada exposici¨®n de la siguiente manera:
"Quiero llamar la atenci¨®n desde estas p¨¢ginas a los responsables auton¨®micos y municipales (con pocas esperanzas de ¨¦xito) de que retiren estas sanciones, de hacer pagar m¨¢s impuestos al que tenga un piso vac¨ªo y sobre todo si les obligan a alquilar a un precio irrisorio. Est¨¢n fuera de la Ley y pueden y deben recurrir por la v¨ªa correspondiente, con el convencimiento (relativo) de que los Tribunales le dar¨¢n la raz¨®n.
La llamada a recurrir no es para defender el trabajo de mis compa?eros abogados; es algo mucho m¨¢s importante y es hacer ver a la Administraci¨®n P¨²blica, sobre todo a los Ayuntamientos, que la Ley hay que cumplirla y que los ciudadanos se merecen un respeto para su propiedad y esto lo hago constar tambi¨¦n a favor de entidades de cualquier tipo, pues, como antes he dicho, cada uno puede destinar su dinero a lo que considere m¨¢s conveniente -siempre dentro de la legalidad y pagando los impuestos que correspondan- pero nunca deben ser sancionados por ser libres en la toma de sus decisiones."
Pues bien, aunque ya ha habido resoluciones varias de algunos Tribunales Superiores de Justicia Auton¨®micos, merece hoy destacar la muy reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que declara la falta de competencia para determinar qu¨¦ es "la desocupaci¨®n" por un Ayuntamiento y creemos que tampoco las Autonom¨ªas, salvo que tengan transferidas las competencias, pues la norma tiene que ser dictada por un Reglamento del Estado en desarrollo del Texto Refundido Ley Haciendas Locales (TRLHL).
As¨ª lo dice la Sentencia del citado Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en la reciente resoluci¨®n de 16 de febrero 2015, que todos los profesionales debemos tener en cuenta.
En definitiva, dicho Tribunal va por el buen camino, que espero sigan otros ¨®rganos jurisdiccionales, aunque para eso es necesario que los propietarios, juntos o en asociaciones, impugnen estas ordenanzas que son injustas, carentes de base jur¨ªdica, por lo menos seg¨²n mi criterio, pero sobre todo por el escaso contenido moral y social del hecho de que, como se ha dicho al principio, a una persona se le "castigue" por tener una vivienda a la que acudir temporalmente a un pueblo o ciudad, que quiere y ama, o simplemente, como tambi¨¦n hemos apuntado, porque est¨¦ haciendo un sacrificio en bien de sus hijos o de su propia jubilaci¨®n, o simplemente porque invierte unos ahorros en un piso, dado que otros lo hacen en fondos de muy variada especie y nadie les pone una multa anual, simplemente pagan los impuestos correspondientes y no todos.
Solo faltar¨ªa que tambi¨¦n se imponga el precio de alquiler por debajo del normal de mercado, incluso a aquellos que tienen el piso a la venta y no lo consiguen. El fall¨® est¨¢ en el planteamiento de que cualquier persona que tenga una vivienda es un peque?o o gran capitalista. ?Gran error de apreciaci¨®n y de concepto!
En fin, querida Administraci¨®n Local, la m¨¢s cercana al ciudadano, es mejor que se preocupe del bienestar de los vecinos y no de sacar a toda costa impuestos que no tienen justificaci¨®n alguna, haya o no elecciones municipales.
Daniel Loscertales es abogado y presidente de la Editorial SEPIN.
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