El edificio accesible tiene un plazo
Las viviendas en r¨¦gimen de propiedad horizontal deben hacer obras antes del 4 de diciembre de 2017 para que las personas con discapacidad puedan usar los espacios comunes
Los edificios de viviendas existentes est¨¢n obligados a realizar ajustes razonables de accesibilidad antes del 4 de diciembre de 2017 para garantizar que las personas con discapacidad puedan hacer uso de los elementos comunes en las mismas condiciones que los dem¨¢s vecinos. As¨ª lo recoge el Real Decreto Legislativo 1/2013 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusi¨®n Social.
A los propietarios les quedan algo m¨¢s de dos a?os para ir llenando la hucha y pensar en instalar rampas, salvaescaleras, ascensores u otros dispositivos mec¨¢nicos y electr¨®nicos que faciliten la entrada y salida del inmueble.
Los principales escollos est¨¢n en los accesos a los portales o dentro de los mismos. ¡°Suelen ser pocos pelda?os pero restan autonom¨ªa a una persona en silla de ruedas o con movilidad reducida¡±, dice Bel¨¦n Gal¨¢n, responsable de marketing y comunicaci¨®n de ThyssenKrupp Encasa, empresa especializada en soluciones salvaescaleras. La otra gran barrera est¨¢ en las escaleras que suben al piso. ¡°Miles de edificios, sobre todos en los barrios perif¨¦ricos de las ciudades, que tienen tres o cuatro plantas no tienen ascensor o elevador¡±, apunta Gal¨¢n.
M¨¢s del 75% de las fincas necesitan mejorar la accesibilidad, asegura Salvador D¨ªez, presidente del Consejo General de Colegios y Administradores de Fincas de Espa?a (CGCAFE). Algunos expertos ven dificultades, sobre todo econ¨®micas, para cumplir con el objetivo de adaptar un parque antiguo de viviendas no preparado para dar respuesta a las personas con discapacidad.
El coste de las obras no debe superar 12 mensualidades de gastos comunes
Las obras para quitar obst¨¢culos no son baratas, aunque la ley acota los futuros desembolsos. Las medidas de adecuaci¨®n de un edificio para facilitar la accesibilidad universal no deben suponer una ¡°carga desproporcionada o indebida¡±.?¡°La carga es desproporcionada cuando el coste de las obras repercutido anualmente, descontando las subvenciones y ayudas p¨²blicas a las que se pueda tener derecho, exceda de 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes¡±, seg¨²n recoge la Ley 8/2013 de Rehabilitaci¨®n, Regeneraci¨®n y Renovaci¨®n Urbanas, que modifica los art¨ªculos 10 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
Mientras no superen esas 12 mensualidades anuales, los gastos de las obras deben ser abonados por todos los propietarios. Si se sobrepasa ese presupuesto, entonces los vecinos tienen que convocar una junta y el acuerdo ha de ser adoptado con el voto favorable de la mayor¨ªa de los propietarios que, a su vez, representen la mayor¨ªa de las cuotas de participaci¨®n. Ahora bien, en el caso de que los vecinos que hayan solicitado las obras abonen el resto del coste por su cuenta, todos los dem¨¢s estar¨¢n tambi¨¦n obligados a pagar sus 12 mensualidades.
¡°Puede solicitar que se adapten las instalaciones la persona propietaria de la vivienda si en ella viven, trabajan o prestan servicios voluntarios personas con discapacidad o que sean mayores de 70 a?os¡±, se?ala D¨ªez. Y prosigue: ¡°Una novedad importante que introduce la nueva normativa es el concepto de accesibilidad universal, de manera que se debe procurar adaptar los edificios para que todos los usuarios puedan acceder no solos a sus viviendas, sino a todas las zonas comunes (a los garajes, jardines¡)¡±.
Seg¨²n el presidente del CGCAFE, ¡°es un avance muy importante que contribuye a seguir reduciendo la discriminaci¨®n con respecto a los vecinos que necesitan tener adaptados los elementos comunes¡±.
Las plataformas para salvar las escaleras
Al margen de los ascensores -la obra m¨¢s costosa-, el mercado ofrece soluciones que pueden encajar dentro de lo que exige la normativa. ¡°Las plataformas salvaescaleras son un elemento que minimiza o elimina las obras y estar¨ªamos hablando de inversiones a partir de 7.000 euros¡±, se?ala la portavoz de ThyssenKrupp Encasa. En una finca donde la cuota de la comunidad sea 50 euros mensuales, cada vecino tendr¨ªa una derrama no superior a 600 euros. Si son 12 vecinos, acumular¨ªan 7.200 euros.
Las sillas salvaescaleras tienen un asiento que circula a trav¨¦s de un ra¨ªl instalado en la escalera, de modo que el usuario puede acceder a las distintas plantas de una vivienda sin necesidad de hacerlo andando. Hay distintas familias de sillas seg¨²n el tipo de escalera ( curva, recta, sin descansillos...). El coste parte de 3.500 y 4.000 euros. Al tratarse de una soluci¨®n a medida, el precio depende de las necesidades de configuraci¨®n y recorrido.
Las plataformas salvaescaleras, para usuarios que utilicen sillas de ruedas, son elevadores dotados de una peana que circulan por un ra¨ªl instalado en la escalera y que permiten la comunicaci¨®n entre las distintas plantas del edificio. El presupuesto parte de unos 7.000 euros.
Los elevadores verticales, que no ascensores, no necesitan cuadro de m¨¢quinas, ni foso, por lo que se pueden instalar en espacios reducidos. Esta soluci¨®n es muy socorrida en la rehabilitaci¨®n de viviendas y est¨¢ dise?ada para la elevaci¨®n vertical de los usuarios (independientemente de que utilicen silla de ruedas o no). El coste medio es de unos 10.000 euros.
El ascensor, palabras mayores
Colocar un ascensor es otro cantar. ¡°Podemos tomar como ejemplo un edificio de cinco plantas con seis paradas. El presupuesto puede estar entre los 25.000 y 30.000 euros. Pero a esto hay que a?adir todas las obras necesarias para su instalaci¨®n, adem¨¢s de abonar los honorarios de un arquitecto o aparejador que realice el proyecto. Con todo eso, el presupuesto final puede rondar los 75.000 o 80.000 euros. Si en cada planta hay tres viviendas esto supone que cada propietario deber¨ªa hacer un desembolso de entre 5.000 y 6.000 euros¡±, explica Salvador D¨ªez, presidente del del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de Espa?a.
Se puede dar el caso de que, por las caracter¨ªsticas del propio edificio, no se pueda instalar un ascensor en el interior del portal y se deba colocar por fuera, adosado a la fachada. En este caso el precio rondar¨ªa los 100.000 o 120.000 euros. ¡°Es necesario analizar cada caso, pero la instalaci¨®n de un ascensor supone un desembolso econ¨®mico para los propietarios de varios miles de euros¡±, cuenta D¨ªez.
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