Las ayudas del Plan de Vivienda llegan a Madrid
Pocas comunidades de propietarios acometer¨¢n obras de gran envergadura en 2016
El pasado 19 de mayo se publicaba en el Bolet¨ªn Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) la orden con las bases para la concesi¨®n de las ayudas a la rehabilitaci¨®n previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitaci¨®n 2013-2016. Una esperada disposici¨®n que, por fin y despu¨¦s de casi tres a?os, ha visto la luz.
Desde que en octubre de 2015 el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid rubricaran el convenio para la aplicaci¨®n de este plan, han transcurrido seis meses de incertidumbre y falta de confianza por parte de las comunidades de propietarios en la solicitud de unas ayudas que no acababan de salir. Un tiempo, no obstante, durante el cual el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) ha trabajo en presentar alegaciones al Proyecto de Orden en beneficio de los ciudadanos y usuarios de viviendas.
Y es que, inicialmente este proyecto expon¨ªa que el plazo m¨¢ximo para solicitar las subvenciones era de un mes a contar desde el d¨ªa siguiente de la publicaci¨®n en forma de extracto en el BOCM. Un plazo inviable para que las comunidades puedan presentar, a trav¨¦s de sus administradores de fincas, la documentaci¨®n requerida. Finalmente, la Comunidad de Madrid ha tenido en consideraci¨®n parte de nuestras alegaciones ampliando este plazo a dos meses. Tambi¨¦n ha ampliado, una vez notificada la subvenci¨®n, el plazo de entrega de documentaci¨®n de 15 d¨ªas h¨¢biles a un mes.
No olvidemos que este Plan Estatal 2013-2016 tiene como finalidad impulsar las actuaciones de intervenci¨®n en edificios e instalaciones para mejorar su estado de conservaci¨®n, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energ¨¦tica. Por ello, desde el CAFMadrid consideramos positivo que la Comunidad de Madrid se sume, aunque tarde, al mismo. Ahora bien, conviene aclarar que s¨®lo ser¨¢n subvencionables las obras realizadas con posterioridad al 4 de diciembre de 2014 y que est¨¦n terminadas antes del 31 de marzo de 2017.
Esto nos lleva a corroborar que ser¨¢n pocas las comunidades de propietarios que decidan acometer obras de gran envergadura a cuenta de las subvenciones en lo que queda de 2016. S¨ª aconsejamos, no obstante, a que opten a las ayudas existentes en materia de accesibilidad, ya que de manera excepcional la cuant¨ªa m¨¢xima subvencionable podr¨¢ llegar al 50 % en cada inmueble. Adem¨¢s, el Real Decreto 1/2013 obliga a que los edificios susceptibles de ajustes razonables sean accesibles antes del 4 de diciembre de 2017.
Otro punto a aclarar es el destino ¨²ltimo de la financiaci¨®n destinada a este programa y que sobrepasa los 14 millones para una ¨²nica anualidad, la de 2016. Recordemos que este a?o concluye el Plan de Vivienda y Rehabilitaci¨®n, y que el dinero que no se ha utilizado en 2014 y 2015 se ha perdido por el camino. ?Se agotar¨¢ este presupuesto teniendo en cuenta que las obras de rehabilitaci¨®n objeto de subvenci¨®n deber¨¢n estar finalizadas antes del 31 de marzo de 2017? Pensemos que s¨ª.
Manuela J. Mart¨ªnez Torres, presidenta del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid)
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