El Supremo avala el recorte de 1.700 millones de Rajoy a las renovables
El tribunal considera que la nueva regulaci¨®n es constitucional y se ajusta al derecho comunitario
El Tribunal Supremo ha certificado un nuevo golpe a los productores de energ¨ªa renovable. La sala de lo Contencioso-Administrativo ha avalado el real decreto de 2014 que regul¨® el nuevo r¨¦gimen retributivo de estas instalaciones y por el que el Gobierno de Mariano Rajoy aplic¨® un recorte de casi 1.700 millones de euros a este sector. El tribunal considera que la nueva regulaci¨®n es constitucional y se ajusta al derecho comunitario.
El Tribunal Supremo ha dictado las primeras tres sentencias sobre el real decreto de 2014 y la orden ministerial posterior que regulan la actividad de producci¨®n de energ¨ªa el¨¦ctrica a partir de fuentes de energ¨ªa renovables y las retribuciones de las empresas fotovoltaicas. Los jueces dan la raz¨®n al Gobierno y rechazan los recursos presentados por tres productores: Ingenier¨ªa Civil, Alternativa y Medioambiental (Incam), Renovables Samca y Llerena Solar, Temcli y Powersol 2007.
Son solo una muestra de los cientos de recursos que llegaron sobre este asunto al alto tribunal. La sala decidi¨® agruparlos, por lo que en los pr¨®ximos meses habr¨¢ nuevos fallos que, previsiblemente, mantendr¨¢n la misma l¨ªnea que los dictados esta semana, aunque puede haber variaciones.
Supremo considera que el decreto y la orden del Gobierno son constitucionales y se ajustan al derecho comunitario. El Tribunal Constitucional ya aval¨® el pasado enero la nueva regulaci¨®n y en su sentencia basan los jueces del Supremo buena parte de sus argumentos. Los magistrados entienden que estas normas no definen, como denuncian las empresas, un nuevo r¨¦gimen jur¨ªdico que no estuviese ya establecido en el real decreto ley 9/2013, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema el¨¦ctrico. Este real decreto, que fue convalidado por el Congreso, fue el que aval¨® este a?o por el Tribunal Constitucional.
Sin retroactividad
Sobre la retroactividad de la norma, uno de los puntos que impugnaron los productores, el Supremo reconoce que para calcular las nuevas retribuciones se tienen en cuenta las percibidas anteriormente, pero entiende que esta pr¨¢ctica se realiza para retribuir conforme a "toda la vida ¨²til regulatoria", y no obliga a devolver las cantidades percibidas en el pasado.
La decisi¨®n se ha tomado por la mayor¨ªa, pero no de forma un¨¢nime, ya que dos de los siete magistrados que participaron en la deliberaci¨®n, Eduardo Calvo e Isabel Perell¨®, han firmado un voto particular en el que advierten que tanto el real decreto como la orden que lo desarroll¨® deber¨ªan haber sido declarados nulos por incurrir en "retroactividad il¨ªcita" y vulnerar los principios de seguridad jur¨ªdica y de confianza leg¨ªtima. Estos dos jueces censuran que la nueva regulaci¨®n se proyecta "retroactivamente" sobre la actividad que las instalaciones ya existentes hab¨ªan desarrollado con anterioridad a la entrada en vigor de la actual normativa.
A la espera del Ciadi
Aunque el Supremo y el constitucional han avalado los recortes de los dos ¨²ltimos Gobiernos a las primas a las renovables, todav¨ªa quedan flecos judiciales abiertos por los cambios de regulaci¨®n a nivel internacional. Decenas de empresas y fondos de inversi¨®n acudieron al arbitraje internacional del Ciadi para reclamar compensaciones a Espa?a, porque las rentabilidades de sus inversiones estaban atadas a unos incentivos que se derogaron. Las decisiones siguen pendientes.
Una de esas batallas s¨ª la ha ganado ya Espa?a. En enero el Gobierno anunci¨® que en un caso concreto, que se dirim¨ªa en otra corte de arbitraje (el Tribunal Arbitral de la C¨¢mara de Comercio de Estocolmo), Espa?a obtuvo el respaldo a los cambios legislativos. En concreto, qued¨® desestimada la demanda que dos grandes inversores presentaron por las reformas llevadas a cabo en el a?o 2010 en el sector de la fotovoltaica.
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