La CNMV suaviza el impacto del cambio en el impuesto de sociedades
El supervisor permite contabilizar en cinco a?os, en el pasivo del balance, las p¨¦rdidas fiscales afloradas en lugar de hacerlo de una sola vez
La Comisi¨®n Nacional de Mercados de Valores (CNMV) ha suavizado el impacto contable del decreto que endurece el impuesto de sociedades, aprobado el pasado diciembre. El supervisor burs¨¢til interpreta que las sociedades podr¨¢n contabilizar en el pasivo de su balance las p¨¦rdidas fiscales afloradas a ra¨ªz de los cambios tributarios conforme se vayan liquidando con la Agencia Tributaria durante los pr¨®ximos cinco a?os y no de una sola vez. Es decir, no tendr¨¢n que reflejar de golpe toda la p¨¦rdida por la reversi¨®n de las depreciaciones en cartera, lo que ser¨ªa un duro varapalo para sus cuentas, sino que podr¨¢n hacerlo en partes proporcionales hasta 2020. Hacienda recuerda que esta interpretaci¨®n es solo a efectos contables.
El decreto aprobado por el Gobierno del PP el pasado 3 de diciembre introduc¨ªa varios cambios en el impuesto de sociedades para obligar a las empresas a pagar m¨¢s mediante tres v¨ªas: limita la aplicaci¨®n de los cr¨¦ditos fiscales ¡ªlas p¨¦rdidas fiscales registradas en a?os anteriores¡ª, endurece la reversi¨®n de las deducciones por p¨¦rdidas en filiales y restringe las exenciones sobre las plusval¨ªas o dividendos de filiales extranjeras.
Estos cambios en sociedades afectan a las grandes empresas que tendr¨¢n que pagar unos 2.000 millones de euros adicionales al fisco. Las empresas y las patronales se quejan de que la nueva situaci¨®n tributaria afecta a la seguridad jur¨ªdica porque suponen un giro radical del marco legal. Adem¨¢s, las nuevas normas generaban dudas por su aplicaci¨®n contable. Por eso, acudieron a la CNMV y al Instituto de Contabilidad y Auditor¨ªa de Cuentas (ICAC), para pedir aclaraciones sobre su tratamiento contable. Sobre todo de la que obliga a las empresas a devolver todas las provisiones que se dedujeron por el deterioro de valores en cartera ¡ªp¨¦rdidas de sus filiales¡ª con independencia de que recuperasen una parte del valor o no.
P¨¦rdidas de valor de las participaciones
Precisamente este cambio ha sido uno de los m¨¢s controvertidos. Hasta 2013, Hacienda permit¨ªa que las compa?¨ªas se dedujesen las p¨¦rdidas de su participaci¨®n en otra empresa o valores. A partir de ese a?o se prohibi¨® esa pr¨¢ctica y se oblig¨® a las empresas a devolver las cantidades que se hab¨ªan deducido fiscalmente por la p¨¦rdida de valor de sus participaciones cuando estas recuperaran su valor. Es decir, deb¨ªan revertir las deducciones cuando sus inversiones en filiales recuperasen la p¨¦rdida que se hab¨ªan apuntado fiscalmente. Pero con el decreto del pasado diciembre se produce un nuevo giro de tuerca. Hacienda exige ahora a las compa?¨ªas que devuelvan todas las provisiones por deterioro de cartera ¡ªlas p¨¦rdidas de sus filiales¡ª con independencia de que haya recuperado el valor. Las empresas deber¨¢n devolver todas estas deducciones al fisco en un plazo de cinco a?os a partir de 2016.
Esta medida generaba muchas preocupaciones a las grandes empresas. El futuro de muchas empresas depend¨ªa de la forma de contabilizar estas nuevas p¨¦rdidas fiscales. Si se atend¨ªa ¡°al principio de prudencia¡± ¡ªuna de las grandes reglas contables, por el cual los gastos se contabilizan en cuanto se producen¡ª, las sociedades deb¨ªan reflejar contablemente en el pasivo de su balance las p¨¦rdidas afloradas por la devoluci¨®n al fisco de las deducciones aplicadas en a?os anteriores aunque pudieran abonarlas a la Agencia Tributaria en los pr¨®ximos cinco a?os. En este caso, la norma pod¨ªa condenar a una empresa a una situaci¨®n de suspensi¨®n de pagos por el grave deterioro de su balance.
Consulta con expertos
Pero la CNMV y el ICAC han optado por la interpretaci¨®n m¨¢s suave para las empresas y han concluido que la norma fiscal y la contable deben ir de la mano. ¡°La CNMV ha respaldado que el impacto contable de la reversi¨®n del deterioro de cartera debe seguir el mismo ritmo que la norma fiscal establece¡±, explican fuentes del sector. Y a?aden: ¡°Siempre que las participaciones sean transmisibles, las p¨¦rdidas por la devoluci¨®n de las provisiones se podr¨¢n hacer en cinco a?os¡±, explican otras fuentes del sector.
La CNMV ha publicado su interpretaci¨®n de forma muy discreta. Ha aprovechado el Informe sobre la supervisi¨®n por la CNMV de los informes financieros anuales difundido esta semana para explicar la nueva situaci¨®n. ¡°La CNMV ha mantenido contactos con emisores y sus auditores. El debate se ha centrado en si resulta aplicable el reconocimiento de un pasivo por el importe total o parcial de los deterioros de valores representativos de la participaci¨®n en el capital o en los fondos propios (valores) dotados antes del 1 de enero de 2013, a integrar en la base imponible de los pr¨®ximos a?os por quintas partes¡±, explica en el citado informe.
¡°En este sentido¡±, a?ade el supervisor burs¨¢til, ¡°en opini¨®n de la CNMV, en la medida que el importe m¨ªnimo por el que se debe efectuar la reversi¨®n anual no va a ser ya recuperable, ni siquiera en el momento de la transmisi¨®n de la participaci¨®n en el capital, se debe considerar una diferencia permanente, y por ello, con car¨¢cter general el tratamiento contable que procede es el reconocimiento lineal a raz¨®n de un quinto anual del gasto del impuesto, con abono a un pasivo contra la Hacienda P¨²blica acreedora¡±.
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