Hacienda suspende las devoluciones del IRPF a los mutualistas y cambia el tr¨¢mite para solicitarlas en 2025
Los afectados con derecho a reembolso ya no podr¨¢n recibir la compensaci¨®n de golpe y deber¨¢n pedirla a?o por a?o durante la campa?a de la renta
La Agencia Tributaria ha cerrado temporalmente la puerta a las devoluciones del IRPF en favor de los mutualistas que tienen este derecho y ha modificado el tr¨¢mite para solicitarlas. En concreto, ha suspendido todas las peticiones de compensaci¨®n que no hubieran recibido luz verde antes del 22 de diciembre, inhabilitado el formulario que hab¨ªa puesto a disposici¨®n en primavera para exigir lo pagado de m¨¢s y eliminado la posibilidad de que se reciba, de golpe, el reembolso de todos los ejercicios no prescritos como ven¨ªa ocurriendo hasta el momento. A partir de ahora, los afectados deber¨¢n reclamar lo tributado en exceso de a?o en a?o, en los plazos previstos para presentar la declaraci¨®n de la renta.
As¨ª lo deja negro sobre blanco el organismo tributario en su p¨¢gina web. ¡°Quedar¨¢n sin efecto las solicitudes de devoluci¨®n del IRPF presentadas para la aplicaci¨®n de la DT 2? de la LIRPF [disposici¨®n transitoria segunda de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas] de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devoluci¨®n no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, y ello con independencia de la v¨ªa que se haya utilizado para presentar la solicitud de devoluci¨®n¡±. Fuentes del Ministerio de Hacienda subrayan que el cambio de procedimiento ¡°no lo paraliza¡±, sino ordena el tr¨¢mite. ¡°La calendarizaci¨®n de las devoluciones ofrece certidumbre sobre la imputaci¨®n en la contabilidad nacional de las devoluciones e implica establecer un proceso m¨¢s reglado y ordenado¡±.
Hasta ahora, los afectados pod¨ªan solicitar el reembolso a trav¨¦s de un formulario o con una rectificaci¨®n de autoliquidaci¨®n o devoluci¨®n, y la Agencia Tributaria devolv¨ªa de golpe el IRPF pagado dem¨¢s de todos los ejercicios no prescritos ¡ªhabitualmente, los ¨²ltimos cuatro¡ª. Esta posibilidad, de repente, se ha eliminado. ¡°A partir de 2025 se empieza de nuevo otro procedimiento distinto¡±, ha explicado este viernes Rub¨¦n Gimeno, director del Servicio de Estudios del Registro de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas (REAF-CGE), en una rueda de prensa sobre las novedades tributarias de cara al a?o que viene.
¡°Ya no se van a pagar de golpe las cuant¨ªas como hasta ahora ha hecho la Administraci¨®n¡±, ha aclarado. ¡°A partir del a?o que viene, el 2025, en el periodo voluntario de presentaci¨®n del IRPF se pondr¨¢ a disposici¨®n de estos contribuyentes un formulario para que pidan la devoluci¨®n del a?o 2019 y anteriores si no estuviesen prescritos. Al a?o siguiente, 2026, a trav¨¦s de ese formulario se podr¨¢ solicitar la del a?o 2020¡å. Y as¨ª en adelante. Un cambio imprevisto, seg¨²n el presidente del REAF, Agust¨ªn Fern¨¢ndez, que ¡°est¨¢ generando una especie de desasosiego en la gente afectada¡±.
Este derecho a la devoluci¨®n en el IRPF es fruto de varias carambolas judiciales que se cerraron con una sentencia del Tribunal Supremo en 2023. Esta establece que determinados contribuyentes, que cotizaban a las antiguas mutualidades, hab¨ªan pagado de m¨¢s a la Administraci¨®n y ten¨ªan que ser compensados por esas cuotas. Para entender mejor el asunto hay que volver al siglo pasado, a los a?os en los que la Seguridad Social a¨²n no exist¨ªa ¡ªse cre¨® en la d¨¦cada de los sesenta¡ª, y los trabajadores cotizaban a mutualidades que pod¨ªan ser sectoriales o de las mismas empresas para las que trabajaban.
Con la creaci¨®n de la Seguridad Social, que empez¨® a integrar paulatinamente las mutualidades, se estableci¨® que las cotizaciones pagadas fueran deducibles en el IRPF, pero no se aplic¨® el mismo beneficio a las cuotas abonadas a las antiguas mutuas, a las cuales segu¨ªan acogidos miles de trabajadores. Para subsanar este agravio comparativo, el legislador modific¨® la ley del IRPF, introduciendo una disposici¨®n transitoria que permit¨ªa tambi¨¦n a los mutualistas deducirse las aportaciones que hab¨ªan pagado ¨ªntegras. Pero ese privilegi¨® nunca se aplic¨® y un grupo de afectados del sector bancario decidi¨® llevar el asunto a los tribunales.
Finalmente, en 2023, el Supremo reconoci¨® que la disposici¨®n transitoria de la ley del IRPF se aplica a las aportaciones que los jubilados hicieron a la mutualidad. La sentencia se refer¨ªa a los afectados del sector bancario que hab¨ªan judicializado el caso, pero la decisi¨®n es ampliable a los dem¨¢s jubilados en la misma situaci¨®n. Con el reconocimiento de este derecho, parte de su pensi¨®n deja de tributar en el IRPF.
Devoluciones fraccionadas
Tras el rev¨¦s judicial, Hacienda empez¨® a cruzar datos con la Seguridad Social y puso a disposici¨®n, en marzo de este a?o, un formulario para que los contribuyentes con derecho pudiesen solicitar las cuotas de impuesto pagadas de m¨¢s. Con este tr¨¢mite pod¨ªan solicitar todas las devoluciones correspondientes al per¨ªodo 2019-2023, que se reintegraban de una sola vez.
Ahora, la Agencia Tributaria da un giro y fija un nuevo calendario y procedimiento que fraccionan las devoluciones. ¡°Se podr¨¢n solicitar a?o a a?o, a partir de 2025, mediante la presentaci¨®n de los correspondientes formularios de solicitud de devoluci¨®n¡± a disposici¨®n en la p¨¢gina web del organismo ¡°durante el plazo voluntario de presentaci¨®n de la declaraci¨®n del IRPF¡±. El a?o que viene se podr¨¢ solicitar el reembolso del IRPF del ejercicio 2019 y los anteriores no prescritos, en 2026 el de 2020, en 2027 el de 2021, y en 2028 el de 2022. Los formularios de solicitud de devoluci¨®n se pondr¨¢n a disposici¨®n de los mutualistas a trav¨¦s de la aplicaci¨®n de Renta Web durante el plazo de declaraci¨®n del IRPF, ¡°de forma que resulte sencilla su presentaci¨®n¡±, aclaran en Hacienda. Eso vale para quienes no hayan empezado a¨²n el proceso y tambi¨¦n para aquellos que, ya presentada su solicitud de devoluci¨®n, no la hayan ingresado a¨²n. ¡°Deber¨¢n acogerse a este nuevo procedimiento¡±.
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