El Supremo permite los vuelos sobre la urbanizaci¨®n madrile?a Santo Domingo
El alto tribunal rechaza que AENA deba eliminar todos los sobrevuelos pese al ruido y tampoco acepta la decisi¨®n del TSJM de reducirlos un 30%
El conflicto entre AENA y la urbanizaci¨®n Santo Domingo ya tiene respuesta, pero el Supremo esperar¨¢ a publicar su sentencia para desvelar los detalles. El alto tribunal ha deliberado sobre el pulso que mantienen desde 2004 el grupo de casas cercano a Algete (Madrid) con el aeropuerto de Madrid-Barajas, que gestiona AENA, por el ruido que generan los sobrevuelos de una de las pistas de aterrizaje. Pero, por el momento, el Supremo se ha limitado a comunicar que no prohibir¨¢ todos los sobrevuelos, como ped¨ªan los vecinos, y que tampoco admite la resoluci¨®n que hab¨ªa fijado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que obligaba a reducirlos en un 30%.
La Sala de lo Contencioso Administrativo argumenta que esa reducci¨®n en el n¨²mero de vuelos no supone ejecutar de manera correcta la sentencia en la que el propio Supremo declar¨® que el ruido sobre la urbanizaci¨®n vulneraba el derecho al descanso de los vecinos. Los detalles de la resoluci¨®n se conocer¨¢n cuando se publique la sentencia completa en unos d¨ªas, con la que el Supremo asegura que se clarificar¨¢ qu¨¦ debe hacer exactamente la administraci¨®n "para la exacta ejecuci¨®n de la mencionada sentencia".
"Ayer ha concluido la deliberaci¨®n, iniciada el pasado 14 de marzo, de varios recursos de casaci¨®n interpuestos en el incidente de ejecuci¨®n de la sentencia relativa a los ruidos ocasionados por la cuarta pista del Aeropuerto de Barajas. La Secci¨®n 4? de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido, tal como sosten¨ªan tanto los afectados como AENA y el Abogado del Estado, que el auto impugnado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid no se ajusta a lo dispuesto por la sentencia que se trata de ejecutar. En concreto, tras rechazar que dicha sentencia exija una prohibici¨®n absoluta de sobrevuelo en la zona controvertida, el Tribunal Supremo considera que una reducci¨®n de los vuelos al 30% ¡ªseg¨²n hab¨ªa establecido el TSJ de Madrid¡ª tampoco constituye fiel ejecuci¨®n de lo ordenado en su d¨ªa", indic¨® el Supremo en su comunicaci¨®n.
El conflicto entre AENA y la urbanizaci¨®n Ciudad Santo Domingo de Madrid dura ya 13 a?os. Los vecinos de estas casas construidas en los a?os setenta empezaron su batalla en 2004 porque los vuelos de la pista m¨¢s larga del aeropuerto de Madrid-Barajas, la 18R/36L, construida en 1998 ¡ªdespu¨¦s de las casas de los demandantes¡ª, ocasionaban mucho ruido sobre sus viviendas. Inicialmente 346 vecinos hab¨ªan presentado como denunciantes. El largo litigio dej¨® solo a cinco de ellos al frente de la pelea judicial, aunque el resto siguen en la causa personados para la ejecuci¨®n de la sentencia.
Y el Supremo, en 2008 conden¨® a la gestora de aeropuertos a adoptar las medidas precisas para que cesara el ruido producido por el sobrevuelo de aviones sobre la urbanizaci¨®n y a que indemnizara a los cinco vecinos con 6.000 euros a cada uno por vulnerar su derecho fundamental a la intimidad por el ruido producido durante las maniobras de aterrizaje.
Pendencia en el TSJM
Los vecinos cobraron la indemnizaci¨®n. Sin embargo, aseguraron que AENA no estaba acatando la sentencia y el ruido segu¨ªa. En 2013, el mismo tribunal acept¨® el recurso de varios afectados y orden¨® al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que obligara al aeropuerto de Barajas a reducir el ruido. En cumplimiento de aquella sentencia, en diciembre de 2014 el alto tribunal madrile?o dict¨® un auto en el que acordaba como medida de ejecuci¨®n del fallo del Supremo "una reducci¨®n del n¨²mero de sobrevuelos de la urbanizaci¨®n Ciudad Santo Domingo del 30%, calculado sobre el numero de sobrevuelos existente en 2004, que ascendi¨® a 20.730".
Es decir: habr¨ªa que reubicar 6.219 operaciones, seg¨²n este c¨¢lculo. No se trataba de cambiar el 30% de todos los vuelos de Madrid-Barajas (que en 2016 fueron 378.150 en total), sino de reducir el n¨²mero de aeronaves que aterrizan desde el Norte en Barajas hacia pista 18R.
El Supremo ha decidido, sin embargo, que esa soluci¨®n dictada por el TSJM no sirve. Tampoco el cese total de vuelos. Pero no ha especificado si considera, simplemente, que todos los vuelos pueden seguir operando. Habr¨¢ que esperar a la sentencia completa para conocer los detalles.
Postura de Aena
Desde Aena, se ha recibido con cautela la noticia a la espera de conocer la sentencia definitiva. "Es una buena noticia que el Tribunal Supremo vaya a fijar ya, en los pr¨®ximos d¨ªas, la aplicaci¨®n exacta de la sentencia", ha se?alado una portavoz.
No obstante, el hecho de que el Supremo vaya a dejar claro el procedimiento a seguir supone un alivio para la empresa, participada en un 51% por el Estado, ya que ahora est¨¢ atada de manos para plantear cualquier acuerdo con los vecinos puesto que por la normativa vigente no est¨¢n en zonas que se consideran afectadas por la huella sonora de los aviones.
En su d¨ªa, AENA se defendi¨® asegurando que la posibilidad de reducir vuelos o incluso el cierre total de todos los sobrevuelos (como ped¨ªan los vecinos, aunque no era lo que hab¨ªa sentenciado el TSJM, que hablaba de un 30% de reducci¨®n) podr¨ªa provocar una disminuci¨®n acumulada de 70 millones de pasajeros hasta 2030 y la p¨¦rdida de 14.000 empleos en la regi¨®n y 42.000 puestos de trabajo en todo el pa¨ªs.
Adem¨¢s, defend¨ªa, se podr¨ªa ver mermada la condici¨®n de hub del aeropuerto -recepci¨®n y distribuci¨®n de vuelos- que se operan bajo alianzas con aerol¨ªneas y que la operativa de vuelos en las conexiones con Latinoam¨¦rica -el 25% del total de la operativa de Barajas- tambi¨¦n se ver¨ªa "muy afectada".
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