Cu¨¢les son tus derechos si registran tu domicilio o tu empresa por orden judicial
Varias empresas fueron registradas ayer en el marco de la Operaci¨®n Lezo
D¨ªa s¨ª, d¨ªa no presenciamos c¨®mo se detiene a alg¨²n pol¨ªtico o famoso y se registran sus pertenencias, su domicilio, su lugar de trabajo, etc. El ¨²ltimo claro ejemplo es el de Ignacio Gonz¨¢lez, expresidente de la Comunidad de Madrid, investigado por la supuesta corrupci¨®n en la empresa p¨²blica de aguas Canal de Isabel II. Pero, ?qu¨¦ se puede registrar y de qu¨¦ forma?
Normalmente, el registro comienza por el domicilio, as¨ª que habr¨¢ que delimitar qu¨¦ se entiende como tal. La jurisprudencia considera morada protegida todo lugar en el que vive una persona, de manera estable o transitoria, incluidas no solo las habitaciones de los hoteles y pensiones, sino tambi¨¦n las tiendas de campa?a y las 'roulottes'. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo, de 10 de marzo de 2017, reconoce, incluso, que el jard¨ªn es domicilio a efectos de registro.
Hay que partir de que la inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental reconocido por nuestra Constituci¨®n en el art¨ªculo 18. Pero no es un derecho absoluto, sino que la propia Carta Magna prev¨¦ tambi¨¦n que sea posible su entrada y registro, sin el consentimiento del particular, eso s¨ª, con autorizaci¨®n judicial. Ser¨¢ la polic¨ªa la que solicite al juez dicha diligencia, dentro de la fase de instrucci¨®n de un proceso penal, y como una m¨¢s de las medidas que recoge la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) en sus art¨ªculos 545 y siguientes, encaminadas al esclarecimiento de los hechos. La polic¨ªa deber¨¢ motivar las razones por las que sospeche que en el domicilio sobre el que gira la petici¨®n encontrar¨¢n pruebas de la posible comisi¨®n de un hecho delictivo. Es decir, no valen meras conjeturas.
La Ley procesal penal exige que la autorizaci¨®n judicial se plasme en auto motivado, conocido como orden judicial, y que se funde en la existencia de indicios de que en el domicilio se halle el responsable del delito, o efectos o instrumentos de ¨¦ste, o libros, papeles u otros objetos que puedan servir para su descubrimiento o comprobaci¨®n.
Se trata de una medida excepcional, es decir, no se adoptar¨¢ si existen otras alternativas menos graves para la garant¨ªa de los derechos constitucionales del inculpado. La propia ley procesal dice que deben evitarse las inspecciones in¨²tiles.
La entrada y el registro deben hacerse en presencia del interesado y, si no est¨¢, de la persona que se encuentra en el domicilio y que le represente.
Registro sin orden judicial
No ser¨¢ necesaria la autorizaci¨®n judicial en caso de delito flagrante, es decir el que se est¨¢ cometiendo o se acaba de cometer cuando el delincuente es sorprendido. Se considera tambi¨¦n delincuente in fraganti a quien es sorprendido inmediatamente despu¨¦s de la comisi¨®n del delito, con efectos o instrumentos que hagan sospechar su participaci¨®n en ¨¦l.
La Ley de Seguridad Ciudadana prev¨¦ tambi¨¦n que ser¨¢ causa leg¨ªtima suficiente para la entrada en domicilio la necesidad de evitar da?os inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de cat¨¢strofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema y urgente necesidad.
En cuanto al veh¨ªculo de un sospechoso, se considera cuerpo del delito, es decir, instrumento o efecto utilizado para cometer el delito y se puede proceder a su incautaci¨®n y registro sin necesidad de autorizaci¨®n judicial.
Tampoco se precisa autorizaci¨®n judicial para registrar establecimientos p¨²blicos, ya que entran dentro de la definici¨®n extensiva de lugares p¨²blicos del art¨ªculo 547.3 de la LECrim.
Registro de empresas
Y, ?qu¨¦ ocurre con la entrada y registro de las empresas? Es el caso, por ejemplo, de los que se est¨¢n produciendo actualmente en OHL, Indra y PwC, en el marco de la Operaci¨®n Lezo, de la mano del juez Velasco, en busca de pruebas de la financiaci¨®n ilegal del PP de Madrid. Para ellas, la ¨²nica especialidad que se prev¨¦ es la delimitaci¨®n de cu¨¢l se considera su domicilio, entendiendo que lo es el espacio f¨ªsico que constituya el centro de direcci¨®n de las mismas, ya se trate de su domicilio social o de un establecimiento dependiente, o aquellos otros lugares en que se custodien documentos u otros soportes de su vida diaria que quedan reservados al conocimiento de terceros (art¨ªculo 554 de la LECrim).
?Qu¨¦ ocurre con los bienes incautados durante el registro?
Los efectos del delito, libros, papeles o cualesquiera otras cosas que se encuentren durante el registro y fuesen necesarios para el resultado de la instrucci¨®n ser¨¢n recogidos por orden del juez. Todos est¨¢n obligados a exhibir los objetos y papeles que se sospeche puedan tener relaci¨®n con la causa. De lo contrario se incurre en delito de desobediencia a la autoridad. Para el registro de los libros de contabilidad hay una especialidad, y es que es preciso que haya indicios graves de que de esta diligencia resultar¨¢ el descubrimiento o la comprobaci¨®n de alg¨²n hecho o circunstancia importante de la causa.
Hay que resaltar que si durante un registro se encuentran ordenadores, discos duros, m¨®viles, o cualquier otro dispositivo de almacenamiento masivo de informaci¨®n digital, no se puede proceder sin m¨¢s a su registro e intervenci¨®n, sino que har¨¢ falta una nueva autorizaci¨®n judicial que la habilite y proceder por los cauces y con los requisitos que prev¨¦ la Ley de Enjuiciamiento Criminal expresamente para ellos (art¨ªculo 588 sexies de la LECrim).
Por ¨²ltimo, es importante saber que los resultados de la entrada y registro que se hayan efectuado no respetando las exigencias legales no podr¨¢n servir como medio de prueba.
Para saber m¨¢s sobre la entrada y registro consulta este concepto en las gu¨ªas jur¨ªdicas de Wolters Kluwer.
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