Soplos que ponen en jaque a las empresas
Crecen los canales que permiten sacar a la luz pr¨¢cticas il¨ªcitas en el seno de las organizaciones
Cometer una irregularidad y mantenerlo en secreto es cada vez m¨¢s dif¨ªcil. La regulaci¨®n, tanto la espa?ola como la europea, est¨¢ fomentando que aumenten los soplos que pueden poner en jaque a una compa?¨ªa. Cuestiones como fraudes a Hacienda, contratos sospechosos con la Administraci¨®n, acuerdos con empresas competidoras para la fijaci¨®n de precios o delitos cometidos en la gesti¨®n del d¨ªa a d¨ªa de la compa?¨ªa salen a la luz gracias a una simple denuncia.
La normativa ha ido abriendo el paso para que este tipo de actuaciones sean descubiertas, contando para ello con la colaboraci¨®n de ciudadanos, trabajadores o incluso competidores que pueden dar la voz de alerta y causar un gran problema a la empresa que no cumple las reglas. Los canales de denuncia proliferan en muchos ¨¢mbitos y, en algunos casos, con enorme ¨¦xito. As¨ª sucede, por ejemplo, con Hacienda, que ha facilitado mucho la presentaci¨®n de denuncias a trav¨¦s de su p¨¢gina web de forma r¨¢pida y discreta, y ha recibido una oleada de soplos en los ¨²ltimos a?os. S¨®lo en 2016 fueron 12.555 las denuncias realizadas por contribuyentes sobre actuaciones irregulares con el fisco, un 26,8% m¨¢s que un a?o antes. Estas denuncias, que afectan tanto a ciudadanos particulares como a empresas, han permitido a la Agencia Tributaria incoar actas de inspecci¨®n por m¨¢s de 116 millones de euros. Los soplos pueden ser an¨®nimos, excepto cuando se trata de denuncias de pagos en efectivo superiores al l¨ªmite legal.
La Inspecci¨®n de Trabajo tambi¨¦n tiene a disposici¨®n de los ciudadanos un buz¨®n de lucha contra el fraude laboral donde todo aquel conocedor de alg¨²n incumplimiento de la normativa, ya sea laboral, de la Seguridad Social o de prevenci¨®n de riesgos, puede denunciarlo. En sus dos primeros a?os de puesta en funcionamiento, este canal ha permitido a la inspecci¨®n imponer multas por valor de 12,7 millones de euros, consiguiendo aflorar m¨¢s de 4.000 empleos sumergidos.
En el ¨¢mbito del derecho de la competencia, los soplos entre empresas est¨¢n a la orden del d¨ªa e implican autodelatarse, pero a cambio de una recompensa. En 2007 se introdujo en Espa?a el programa de clemencia, una medida que ven¨ªa funcionando con ¨¦xito en la UE y EE UU y que premia a la primera empresa que delate a las dem¨¢s dentro de un c¨¢rtel de fijaci¨®n de precios. El primero que denuncia y colabora en la investigaci¨®n con la autoridad de Competencia (en el caso de Espa?a, la CNMC), aportando elementos de prueba, puede quedar exento del pago de una multa, o al menos beneficiarse de una reducci¨®n de su cuant¨ªa, en caso de que ya se tuviera conocimiento del caso. Las empresas que se acogen al programa de clemencia en segundo lugar y sucesivos acceden a reducciones cada vez menores de la sanci¨®n. En tres de los c¨¢rteles desarticulados a lo largo de 2016, alguna de las empresas implicadas present¨® una solicitud de clemencia y obtuvo una reducci¨®n de la multa o su exenci¨®n.
Recompensas millonarias
En EE UU existe una cultura consolidada respecto a los canales de denuncias, llegando a ofrecer recompensas millonarias a quienes colaboren con ¨®rganos reguladores como la SEC (Securities and Exchange Commission, en sus siglas en ingl¨¦s), el equivalente a la CNMV en Espa?a. La entidad ha premiado con m¨¢s de 140 millones de euros a 44 denunciantes que voluntariamente proporcionaron informaci¨®n que permiti¨® sacar a la luz y resolver casos con ¨¦xito. La SEC, por ley, protege la identidad de los denunciantes, y las recompensas que estos reciben pueden oscilar entre el 10% y el 30% del dinero recaudado cuando las sanciones monetarias superan el mill¨®n de d¨®lares. M¨¢s del 50% de los soplos sobre fraudes empresariales en el mundo se canaliza a trav¨¦s de los empleados, seg¨²n un estudio de Acfe (Association of Certified Fraud Examiners).
Programas de clemencia
Los programas de clemencia de este tipo se han extendido ahora a otros ¨¢mbitos, como el del sector p¨²blico. El pasado mes de octubre entr¨® en vigor la Ley de Procedimiento Administrativo, que incluye entre sus novedades la posibilidad de eximir del pago de una multa a quien colabore a la hora de detectar una infracci¨®n administrativa, lo que puede incluir delatar a una empresa que est¨¦ involucrada en irregularidades con la Administraci¨®n causando un perjuicio patrimonial a esta ¨²ltima.
Tambi¨¦n dentro de las empresas se est¨¢ extendiendo la posibilidad de sacar a la luz actuaciones il¨ªcitas a trav¨¦s de canales de denuncias internos. La ¨²ltima reforma del C¨®digo Penal, en vigor desde julio de 2015, exige a las compa?¨ªas tomar medidas en la prevenci¨®n de delitos y las anima a poner en marcha buzones de denuncias a los que puedan acceder los empleados para alertar sobre pr¨¢cticas indebidas. De hecho, es una de las medidas que se deben incluir dentro de los planes de cumplimiento normativo penal que la ley exige para evitar que la empresa pueda ser condenada por responsabilidad penal de la persona jur¨ªdica.
En este sentido, la Fiscal¨ªa General del Estado public¨® una circu?lar en enero de 2016 en la que se?alaba que "la existencia de canales de denuncia de incumplimientos internos o de actividades il¨ªcitas de la empresa es uno de los elementos clave de los modelos de prevenci¨®n". Eso s¨ª, subrayaba la necesidad de que "la entidad cuente con una regulaci¨®n protectora espec¨ªfica del denunciante, que permita informar sobre incumplimientos varios, facilitando la confidencialidad mediante sistemas que la garanticen en las comunicaciones (llamadas telef¨®nicas, correos electr¨®nicos, etc¨¦tera) sin riesgo a sufrir represalias".
Estas precauciones que apunta la Fiscal¨ªa tienen tambi¨¦n mucho que ver con el hecho de si los soplos que se producen a trav¨¦s de canales de denuncias deben ser o no an¨®nimos. En principio, cuando se producen en el marco de la relaci¨®n laboral (un empleado dentro de la compa?¨ªa), lo recomendable, por protecci¨®n de datos, es que las denuncias sean confidenciales, pero no an¨®nimas. La Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos elabor¨® una gu¨ªa en 2009 en la que se?alaba que se deber¨ªan "establecer mecanismos que aceptasen ¨²nicamente las denuncias con denunciante conocido". A?ad¨ªa que la identidad del denunciante debe quedar a salvo y no es necesario, como regla general, comunicarla al denunciado, si bien convendr¨ªa que conociera la existencia de la informaci¨®n en el menor tiempo posible para poder defender sus intereses. Adem¨¢s, deben establecerse medidas que garanticen la seguridad y confidencialidad de la informaci¨®n para evitar posibles represalias.
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