El juez archiva las ¡°sospechas sin sustento¡± de que Rato blanque¨® dinero con las empresas privatizadas
El instructor niega que tuviera potestad exclusiva para nombrar a amigos en empresas privatizadas
El juez de Madrid Antonio Serrano-Arnal ha archivado provisionalmente un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en el que se acusa a Rodrigo Rato, exvicepresidente econ¨®mico del Gobierno, de delitos de blanqueo, malversaci¨®n y cohecho por los 71,9 millones de euros que sus sociedades facturaron a empresas p¨²blicas privatizadas durante su mandato.
El magistrado instructor afirma que la denuncia de la UCO, en la que se sosten¨ªa que Rato situ¨® al frente de las empresas privatizadas a personas de su confianza para que otorgaran contratos de publicidad a precios muy elevados a su sociedad Cor Comunicaci¨®n y que us¨® un entramado societario para blanquear los fondos obtenidos, ¡°carece de sustento f¨¢ctico alguno¡±. La decisi¨®n del juez se conoce justo un mes despu¨¦s de que la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n solicitase la comparecencia de Rato para que se le notificara los presuntos nuevos delitos.
El informe policial hac¨ªa hincapi¨¦ en que las empresas de Rato, entre ellas Cor Comunicaci¨®n, fundada en 1997, cuando era ya vicepresidente con Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, recibieron fondos de Endesa (61 millones de euros), Repsol (cuatro millones), Telef¨®nica (755.000 euros), Altadis (4,1 millones), Aldeasa (3,3 millones), Azucarera Ebro (4,6 millones) tras los procesos de privatizaci¨®n. De los 71,9 millones, un total de 21,1 fueron traspasados por Rato al resto de sociedades de su entramado.
El juez Serrano-Arnal considera que no se puede investigar a Rato por blanqueo porque la legislaci¨®n vigente en aquel momento obligaba a investigar el delito antecedente del que provienen los fondos, en este caso el cohecho. Este supuesto delito ya est¨¢ ¡°notoriamente prescrito¡±, se?ala el magistrado. La UCO se?alaba que el cohecho consist¨ªa en el nombramiento de gente de la confianza de Rato al frente de las privatizadas a cambio de que luego le dieran contratos a ¨¦l.
Adem¨¢s de la prescripci¨®n del cohecho, cumplida en 2014, diez a?os despu¨¦s de que Rato abandonara el Gobierno, el juez se?ala que ¡°no est¨¢ acreditado¡± que los nombramientos de los presidentes de las empresas privatizadas ¡°fuesen de la exclusiva potestad¡± de Rato. ¡°Los mismos estaban, en muchos casos, sujetos a una aprobaci¨®n colegiada, examinada y razonada tanto en las correspondientes empresas como en el Consejo de Ministros¡±, recuerda el magistrado. Tampoco ve el juez ¡°ni un solo indicio¡± de una relaci¨®n de causa y efecto entre los nombramientos y el hecho de que, a posteriori, en algunas de las empresas privatizadas se contratase la publicidad con empresas del Grupo Rato.
Pone de ejemplo la elecci¨®n al frente de Repsol de Alfonso Cortina, en la que tambi¨¦n intervino el entonces presidente del Gobierno, Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, as¨ª como el nombramiento de Rodolfo Mart¨ªn Villa para dirigir Endesa, que seg¨²n un testigo habr¨ªa sido designado desde la cartera de Industria.
El instructor considera que el atestado de la UCO valid¨® una "coincidencia con diferentes lecturas" sin que estas "vayan m¨¢s all¨¢ de una mera hip¨®tesis sin sustento f¨¢ctico" pues, en su opini¨®n, se trata de sospechas, suposiciones y conclusiones que no van m¨¢s all¨¢ de ofrecer una perspectiva global". El magistrado afea en el auto que el informe recurre a expresiones en condicional como "podr¨ªa se?alarse", "habr¨ªa que preguntarse", "pareciera razonable" o "habr¨ªa que cuestionarse" en "innumerables p¨¢rrafos".
Las actividades de Rato ¡°bien pudieran considerase abusivas en inmorales, impropias de la condici¨®n pol¨ªtica del investigado¡±, aunque con los datos del informe de la UCO no pueden considerarse delictivas. Tambi¨¦n pudieron suponer un ¡°quebrantamiento de las normas sobre incompatibilidades¡±, afirma el juez Serrano-Arnal.
Asimismo refuta la existencia de un posible delito de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos en torno a Paradores, creada en 1991, con anterioridad al periodo que se investiga, al no haberse detectado ninguna irregularidad en sus cuentas y gozar de un r¨¦gimen mercantil, independiente, por tanto, de la Administraci¨®n.
En relaci¨®n con los delitos fiscales en los que el exministro habr¨ªa incurrido para blanquear dinero, el magistrado insiste en que un juez investiga hechos concretos, no especulaciones o la b¨²squeda de indicios basados en sospechas. Por eso se?ala la necesidad de que la Agencia Tributaria determine las cantidades presuntamente evadidas por el exministro al ser "esencial" de cara a imponer una eventual condena.
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