La Audiencia Nacional anula una multa de 22,6 millones de la CNMC a Repsol
Los jueces rechazan la sanci¨®n por imponerse a la sociedad matriz y no a la filial, autora de la supuesta infracci¨®n
La Audiencia Nacional ha anulado la multa de 22,6 millones que la CNMC impuso a Repsol en 2015. El fallo, del pasado 28 de julio, se basa en que Competencia impuso esa sanci¨®n a la matriz del grupo, Repsol SA, y no a la sociedad que cometi¨® la infracci¨®n, Repsol Comercial de Productos Petrol¨ªferos, seg¨²n puede leerse en la sentencia.
Hace dos a?os el ¨®rgano que preside Jos¨¦ Mar¨ªa Mar¨ªn Quemada mult¨® a Repsol al considerar que incurr¨ªa en infraciones a la hora de fijar precios o aplicar descuentos en sus estaciones de servicio abanderadas.?
La petrolera recurri¨® la multa argumentando que se le atribu¨ªa la responsabilidad exclusiva al influir en las decisiones de su filial, de la que posee el 99,78%. El recurso de Repsol apuntaba que el razonamiento de la CNMC chocaba con el principio comunitario de la responsabilidad personal y de culpabilidad.
De esta manera, a?ad¨ªa que Repsol S.A. no realiza actividades en el mercado de distribuci¨®n de combustibles de carburantes a trav¨¦s de estaciones de servicio, actividad que corresponde a Repsol Comercial de Productos Petrol¨ªferos.
Para la multinacional, la sociedad matriz podr¨ªa haber sido declarada responsable solidaria junto a la sociedad filial a la que previamente se le hab¨ªa declarado autora de la acci¨®n, pero no fue esto lo que hizo la CNMC, que declar¨® a Repsol SA autora y responsable de los actos de la filial.
"El ¨²nico motivo de su imputaci¨®n es que la CNMC presume que la actuaci¨®n realizada por la filial se debi¨® a la influencia decisiva derivada del control efectuado por la matriz que se deduce del hecho exclusivo de que la matriz dispone la casi totalidad del capital social de la filial (99,78%)", expone la sentencia, de la que es ponente Berta Santill¨¢n Pedrosa.
Pero eso para los jueces de la Audiencia no es motivo, ya que "se le ha sancionado aplicando la responsabilidad objetiva y se ha vulnerado el principio de personalidad de la pena cuando como sociedad matriz la CNMC [...] le ha declarado autora y responsable de los acuerdos colusorios que se han realizado materialmente por la filial [...]. En el ¨¢mbito del derecho de la competencia es clara la distinci¨®n entre autor material y entre responsable de la actuaci¨®n realizada por la filial. La extensi¨®n de la responsabilidad de solidaridad presupone que la matriz no es el sujeto infractor de la conducta.
Adem¨¢s de Repsol, otras cuatro empresas fueron sancionadas en la resoluci¨®n de 2015 Competencia: Lence Torres, Complejo San Crist¨®bal, Estado de Servicio Lorqu¨ª y Cerro de la Caba?a. Las multas iban desde los 28.000 euros hasta los 145.000 euros. Estos ¨²ltimos castigos est¨¢n muy lejos de la impuesta a Repsol, 22,6 millones.
En la sentencia, en la que no se entra a valorar si las conductas sancionadas eran o no anticompetitivas, se subraya que en el ¨¢mbito del derecho de la competencia "es clara" la distinci¨®n entre autor material y entre responsable de la actuaci¨®n realizada por la filial.
La resoluci¨®n culminaba un expediente incoado en el a?o 2013, que se abri¨® en el marco de las actuaciones dirigidas contra los principales operadores petrol¨ªferos de pa¨ªs. Tres consejeros de la CNMC, incluido su presidente, Jos¨¦ Mar¨ªa Mar¨ªn Quemada, aprobaron la resoluci¨®n, que cont¨® con los votos en contra de los otros dos consejeros de la Sala.
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