Competencia se enfrenta a otras dos autonom¨ªas por limitar los pisos tur¨ªsticos
La CNMC recurre los decretos de Galicia y de Castilla y Le¨®n porque entorpecen la competencia. Ya tumb¨® los de Madrid y Canarias
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra los decretos de Galicia y de Castilla y Le¨®n que regulan los apartamentos y viviendas tur¨ªsticas al considerar que la legislaci¨®n aprobada en dichas autonom¨ªas es contraria a la competencia y a los principios de regulaci¨®n econ¨®mica eficiente. Dichas regulaciones imponen obligaciones, por ejemplo, que se ofrezcan servicios m¨ªnimos o que solo se pueda arrendar viviendas completas y no habitaciones.
Los pisos tur¨ªsticos se han convertido, por su proliferaci¨®n, en un reto para muchas poblaciones. Regularlos no es f¨¢cil: las competencias en materia tur¨ªstica est¨¢n en manos de las autonom¨ªas. Y muchas regulaciones urban¨ªsticas son potestad de los ayuntamientos. Esto ha generado una mara?a legal que genera que lo que est¨¢ permitido en un territorio, unos kil¨®metros m¨¢s lejos sea ilegal. Los gobiernos auton¨®micos tratan de poner orden, pero sus normativas se encuentran muchas veces con los tribunales, y sobre todo, con Competencia.
La CNMC ha actuado ya cuatro veces contra las normativas auton¨®micas. Antes de los rechazos a al decreto gallegos y al castellanoleon¨¦s, ya present¨® un recurso contra la normativa de la Comunidad de Madrid, que fue estimado completamente por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad. Adem¨¢s, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias tambi¨¦n elimin¨® las principales restricciones a la competencia que conten¨ªa el decreto de canarias, contra el que tambi¨¦n hab¨ªa actuado la CNMC.
La postura de las autoridades de la competencia es siempre la misma, y la reflej¨® de manera muy clara en su blog cuando reclam¨® contra la norma canaria en 2016: "En los ¨²ltimos a?os, algunas normativas auton¨®micas de viviendas tur¨ªsticas han venido imponiendo una serie de requisitos y condiciones espec¨ªficas que limitan la entrada y la capacidad de competir de esta tipolog¨ªa de operador. Estas restricciones a la competencia privilegian a los operadores ya instalados y reducen el bienestar general", justific¨®.
Competencia en todos los mercados
La CNMC afirma estar legitimada para impugnar ante los tribunales las disposiciones generales de rango inferior a la ley de los que se deriven obst¨¢culos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados. "Con objeto de mejorar la norma evitando la impugnaci¨®n", el organismo encargado de velar por la competencia remiti¨® el pasado 7 de abril sendos requerimientos previos a la Xunta de Galicia y a la Junta de Castilla y Le¨®n.
En dichos requerimientos se argumentaban los diversos art¨ªculos contrarios a la competencia y a la regulaci¨®n econ¨®mica eficiente tanto en el Decreto 12/2017, de 26 de enero por el que se establece la ordenaci¨®n de viviendas de uso tur¨ªstico en Galicia, como del Decreto 3/2017, de 16 de febrero, por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso tur¨ªstico en Castilla y Le¨®n. Pero ninguna comunidad ha corregido esos art¨ªculos.
Entre los obst¨¢culos "injustificados" impuestos por la norma de Galicia, competencia destaca la obligatoriedad de ceder la vivienda en su totalidad, la limitaci¨®n del alquiler a tres meses, la exigencia de un cat¨¢logo de requisitos t¨¦cnicos y servicios m¨ªnimos a incluir en el alquiler (apartamentos y viviendas tur¨ªsticas). Tambi¨¦n el que los ayuntamientos puedan limitar el n¨²mero de viviendas, la prohibici¨®n de cesi¨®n de habitaciones, la imposici¨®n de cargas a la declaraci¨®n responsable y la obligatoriedad de contar con unos requisitos y servicios m¨ªnimos (viviendas de uso tur¨ªstico).
"Todas estas medidas elevan injustificadamente los costes de entrada en el mercado, desalientan a algunos operadores que ya estaban participando en el mercado con nuevos modelos de prestaci¨®n de servicio y a otros potenciales oferentes. Se reduce as¨ª el n¨²mero de competidores y los incentivos a que haya precios m¨¢s eficientes y competitivos para los usuarios", valor¨® la CNMC.
En el caso de Castilla y Le¨®n, se solicita al tribunal que elimine por injustificados y perjudiciales a la competencia la inclusi¨®n de los precios en cat¨¢logos, directorios, gu¨ªas o sistemas inform¨¢ticos; la posible intervenci¨®n de la Administraci¨®n para realizar recomendaciones de precios que pueden ser empleados como precios de referencia, adem¨¢s de la existencia de un cat¨¢logo exhaustivo de requisitos t¨¦cnicos y servicios m¨ªnimos, la exigencia de un distintivo en el inmueble, la obligatoriedad de asistencia telef¨®nica 24 horas (sin permitir v¨ªas alternativas de atenci¨®n a los usuarios), la prohibici¨®n de cesi¨®n por habitaciones y la fijaci¨®n de criterios temporales para limitar la estancia.
Sin correcci¨®n a la norma
Con los requerimientos de abril, se?ala la CNMC, se pretend¨ªa argumentar la necesidad de mejorar las normas y evitar la v¨ªa contencioso-administrativa. En el tiempo transcurrido entre los requerimientos y la interposici¨®n efectiva del recurso judicial, los gobiernos de Galicia y de Castilla y Le¨®n "pudieron mejorar o anular las restricciones injustificadas puestas de relieve" por la CNMC, en beneficio de los consumidores y usuarios. Al no haberse realizado, el organismo presidido por Jos¨¦ Mar¨ªa Mar¨ªn Quemada se?ala que ha procedido a interponer los recursos contencioso-administrativos dentro del plazo se?alado por la ley, en julio 2017.
En el caso de la norma Canaria, que la CNMC ya recurri¨® en 2016 y que los tribunales tambi¨¦n han rechazado, el organismo criticaba que se obligara a alquilar casas enteras (y no habitaciones), que se excluyera del mercado las viviendas ubicadas en zonas tur¨ªsticas (el coraz¨®n de todo el decreto, que dejaba en esas zonas en manos de los hoteles) y la larga lista de requisitos obligatorios para los propietarios, como tener una placa distintiva, menaje, ropa de cama, perchas, cafetera, vajilla y una larga lista de objetos.?
En cuanto a Madrid, la clave de su norma era impedir que los pisos se pudieran alquilar menos de cinco d¨ªas. De ese modo, el mercado de las estancias cortas quedaba acotado a los hoteles. La CNMC lleg¨® a la conclusi¨®n de que la medida no est¨¢ justificada en t¨¦rminos de necesidad y proporcionalidad y producir¨ªa una restricci¨®n grave para la competencia en este mercado, adem¨¢s de perjuicios a los consumidores. La justicia le dio la raz¨®n y la comunidad de Madrid ya trabaja en una nueva normativa.
La Xunta defiende su normativa
La Xunta de Galicia esperar¨¢ a recibir la demanda anunciada por la Comisi¨®n Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) al decreto de viviendas de uso tur¨ªstico. Adem¨¢s, ha destacado que esta regulaci¨®n "continuar¨¢ adelante" avalada por las cifras de solicitudes registradas y con el consenso del sector. La Xunta ha recordado que "respondi¨® en su momento" a los requerimientos de la CNMC, que "justific¨® de forma pormenorizada cada una de sus consideraciones" y "que solicit¨® su desestimaci¨®n" al considerar que "este decreto contribuye a ordenar un nuevo tipo de alojamiento tur¨ªstico, dando mayor seguridad tanto a los consumidores como a los particulares y a las empresas ofertantes".
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